RESOLUCIÓN 344 2018 MINISTERIO DE EDUCACION E INNOVACION

Síntesis:

DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN 521-89 - IMPLEMENTACIÓN PRÁCTICA DE NATACIÓN CON CARÁCTER OBLIGATORIO - ESCUELAS DE NIVEL PRIMARIO Y DE MODALIDAD ESPECIAL DE GESTIÓN ESTATAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - LINEAMIENTOS - LINEAMIENTOS - EDUCACIÓN FÍSICA EN EL MEDIO ACUÁTICO - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - ALUMNOS DE ESCUELAS PRIMARIAS - ESCUELAS ESPECIALES - OBLIGATORIEDAD - CALIFICACIÓN

Publicación:

15/06/2018

Sanción:

04/06/2018

Organismo:

MINISTERIO DE EDUCACION E INNOVACION


VISTO:

La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Ley N° 5.460 (texto

consolidado por Ley 5.666) y modificatoria Ley 5.960, la Ordenanza N° 40.426, las

Resoluciones N° 521/89 y N° 4138/SED/04, el Expediente Electrónico N°

15357305/MGEYA-DGEGE/2018, y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires reconoce y garantiza un

sistema educativo inspirado en los principios de la libertad, la ética y la solidaridad,

tendiente a un desarrollo integral de la persona en una sociedad justa y democrática,

asegurando la igualdad de oportunidades y posibilidades para el acceso, permanencia,

reinserción y egreso del sistema educativo;

Que la Ley de Ministerios N° 5.460 (texto consolidado por Ley 5.666) y su modificatoria

Ley 5.960 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, establecen que el Jefe de

gobierno es asistido en sus funciones por los Ministerios, de conformidad con las

facultades y responsabilidades que les confiere dicha Ley;

Que en el marco de la precitada norma, le corresponde al Ministerio de Educación e

Innovación diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas

educativos que conformen un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al

desarrollo individual y social;

Que oportunamente por la Ordenanza N° 40.426 se incorporó al diseño curricular de

las escuelas de nivel primario dependientes de la entonces Municipalidad de la Ciudad

de Buenos Aires a partir de 1985, en el área de Educación Física, la enseñanza y

ejercitación de la natación;

Que atento ello, por la Resolución N° 521/89 se aprobó la implementación de la

práctica de natación durante el período escolar dentro del horario de Educación Física

de las escuelas de Nivel Primario y Especial de gestión estatal de la Ciudad de

Buenos Aires, estableciéndose los lineamientos a tal fin;

Que posteriormente, por la Resolución N° 4138/SED/04 se aprobó el nuevo Diseño

Curricular para la Escuela Primaria para el Segundo Ciclo que se encuentra

actualmente vigente, a partir del Ciclo Lectivo 2005;

Que a través del mencionado Diseño Curricular, en consonancia con lo establecido por

la Ordenanza N° 40.426, se insertó en el sistema educativo, la Educación Física en el

medio acuático;

Que de esta manera, la Educación Física como disciplina abarca contenidos de

enseñanza en tres ámbitos diferentes, el escolar, el medio natural y el medio acuático;

Que conforme surge del citado Diseño Curricular, los/as alumnos/as de Segundo Ciclo

que concurren a las escuelas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, tienen la

posibilidad de acceder a los saberes corporales, lúdicos y motores en el medio

acuático a través de la organización institucionalizada del "Plan de Natación";

Que a través del mencionado Plan, se busca generar un primer acercamiento y

experiencia de los/as niños/as con un natatorio y con la actividad acuática;

Que todos los/as niños/as, previo a la culminación de sus trayectos educativos en el

Nivel Primario y durante el transcurso del Segundo Ciclo, deberán haber

experimentado la práctica de la natación en el marco del mencionado Plan;

Que la Educación Física en el medio acuático permite a los/as niño/as conocer y

registrar su cuerpo en un medio diferente, a la vez que se plantean situaciones y

desafíos que sólo se pueden enfrentar en el agua, adquiriendo saberes corporales,

lúdicos y motrices;

Que a los efectos del desarrollo de las actividades relacionadas a la Educación Física

en el medio acuático, y de conformidad con el Diseño Curricular del Nivel Primario

para el Segundo Ciclo, resulta necesario establecer la organización interna del Plan de

Natación;

Que en virtud de lo expuesto y atento a las variaciones que se suscitaron desde la

suscripción de la Resolución N° 521/89 y el perfeccionamiento que tuvo lugar en la

práctica de la natación, tanto en su implementación como en la disciplina, deviene

necesario y oportuno establecer los lineamientos para su implementación, de

conformidad con lo detallado en el Anexo (IF-2018- 15357985-DGEGE), atendiendo

así a las necesidades actuales de la comunidad educativa;

Que de esta manera deviene necesario y oportuno dejar sin efecto la Resolución N°

521/89 y proceder al dictado del acto administrativo correspondiente, en el sentido

precedentemente expuesto;

Que ha tomado debida intervención la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y

Equidad Educativa;

Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la

intervención que le compete.

Por ello y en uso de las facultades que le son propias,

LA MINISITRA DE EDUCACIÓN E INNOVACIÓN

RESUELVE

Artículo 1.- Déjese sin efecto la Resolución N° 521/89.

Artículo 2.- Establézcase la implementación de la práctica de natación con carácter

obligatorio para todas las escuelas de Nivel Primario y de modalidad Especial de

gestión estatal de la Ciudad de Buenos Aires de conformidad con los lineamientos

detallados en el Anexo (IF-2018-15357985-DGEGE), el que a todos los efectos forma

parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 3.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Comuníquese a la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa, a

la Dirección de Educación Primaria y de Educación Especial y a las Direcciones

Generales de Educación de Gestión Estatal y de Educación Superior. Cumplido,

archívese. Acuña


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5395

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
<p>Art. 1 Resolución 38 -MHGC-20 aprueba la Planta Transitoria en el marco del Programa Plan de Natación , aprobado por Resolución 344-MEIGC-18.</p>
INTEGRA
<p>Art. 2 Resolución 344-MEIGC-18 establece  implementación de la práctica de natación con carácter obligatorio para todas las escuelas de Nivel Primario y de modalidad Especial de gestión estatal de la Ciudad de Buenos Aires, en el marco de la Ordenanza 40.426.</p>
DEROGA
<p>Art. 1 de la Resolución 344-MEI-18 deja sin efecto la Resolución 521-SED-89.</p>