RESOLUCIÓN 38 2020 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
Síntesis:
SE APRUEBA - PLANTA TRANSITORIA DE DOCENTES Y ASISTENTES - PROGRAMAS A CARGO DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN - AÑO 2020 - PROGRAMAS Y PROYECTO EDUCATIVOS - MÓDULOS INSTITUCIONALES - CARGOS DE MONTO FIJO - AUXILIARES Y ASISTENTES - JORNADA EXTENDIDA - PLAN DE NATACIÓN - CAI - CAJ - DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN DE GESTIÓN ESTATAL - SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA Y EQUIDAD EDUCATIVA - MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Publicación:
20/01/2020
Sanción:
15/01/2020
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
VISTO: La Ley N° 6.292, la Ordenanza N° 40.593 (texto consolidado por Ley N°
6.017), los Decretos Nros. 613/16, 73/19 y 463/19, las Resoluciones Nros. 1658-
MEGC/16 y su modificatoria, 1739-MEGC/16, y 344-MEIGC/18, el Expediente
Electrónico N° 01882044-GCABA-MEDGC/20, y
CONSIDERANDO:
Que por Ley N° 6.292 se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, contemplándose al Ministerio de Educación;
Que por Decreto N° 463/19, se aprobó la estructura organizativa del Poder Ejecutivo
del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, entre las que se encuentran las
Subsecretarías Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa, de Carrera Docente,
así como de la Unidad de Evaluación Integral de la Calidad y Equidad Educativa,
dependientes todas ellas del citado Ministerio;
Que es objetivo de las mencionadas Subsecretarías implementar programas
educativos a fin de contribuir al desarrollo social de la comunidad y el desarrollo
individual de sus miembros;
Que en tal sentido, resulta indispensable dar continuidad a las políticas de expansión
de las acciones educativas y de formación docente, con recursos de planta transitoria
docente y de asistentes, dependientes del Ministerio de Educación, a efectos de llevar
a cabo los distintos Programas y Proyectos Educativos;
Que en este sentido por Resolución N° 344-MEIGC/18 se estableció la
implementación de la práctica de natación con carácter obligatorio para todas las
escuelas de Nivel Primario y de modalidad Especial de gestión estatal de la Ciudad de
Buenos Aires;
Que mediante Resolución N° 1739-MEGC/16, se creó la Coordinación de Educación
Física del Ministerio de Educación;
Que actualmente las actividades desarrolladas en el marco del Plan de Natación, son
implementadas por la Coordinación de Educación Física y la Dirección General de
Educación de Gestión Estatal, dependiente de la Subsecretaría de Coordinación
Pedagógica y Equidad Educativa, del Ministerio de Educación;
Que en ese sentido, la Dirección General de Educación de Gestión Estatal comunicó
la continuidad de la implementación del Plan de Natación, por lo que resultó necesario
crear los cargos que compondrán la Planta Transitoria de Docentes y No Docentes
para atender las actividades relativas al mismo durante el periodo del 01 de marzo al
31 de diciembre de 2020;
Qué asimismo, la Resolución N° 1658-MEGC/16 y su modificatoria, aprobó el Proyecto
de Jornada Extendida, en el ámbito de la Dirección General de Escuela Abierta y de la
Dirección General de Educación de Gestión Estatal, ambos pertenecientes a la
Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa, del Ministerio de
Educación, destinado a instituciones de Nivel Primario de Jornada Simple y de Nivel
Secundario diurnas y vespertinas de gestión estatal, con el propósito de reforzar las
trayectorias educativas de los niños/as y jóvenes participantes del mismo;
Que de acuerdo a lo establecido en el Decreto N° 613/16 y su modificatorio, a fin de
agilizar el circuito administrativo que conlleva la aprobación, modificación y
convalidación de las Plantas Transitorias de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se
encomendó dicha tarea en forma conjunta a los entonces señores Ministros de
Educación y de Hacienda;
Que dicha norma se fundamentó, entre otras razones, en que el artículo 17 de la Ley
N° 5.460 establecía que al entonces denominado Ministerio de Hacienda le
correspondía diseñar e implementar las políticas de gestión y administración del
régimen especial establecido en la Ley N° 471 de Relaciones Laborales en la
Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y; al Ministerio de
Educación planificar y administrar los recursos del sistema educativo del Gobierno de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad a lo establecido en el artículo
20 de dicha Ley;
Que la Ley N° 6.292, derogatoria de la anterior mencionada, le confiere al actual
Ministerio de Hacienda y Finanzas y al Ministerio de Educación las mismas facultades,
en lo que concierne a la presente norma, que las señaladas en la Ley sustituida;
Que resulta de tal manera que las atribuciones encomendadas por el Decreto N°
613/16 no se han modificado, con la mera salvedad de la adecuación formal de la
denominación de la Jurisdicción bajo cuya responsabilidad se han asignado;
Que en tal sentido se propicia la aprobación de la Planta Transitoria de Docentes y
Asistentes, para el año 2020;
Que la Dirección General Planificación y Control Operativo dependiente de la
Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y
Finanzas, y la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional del Ministerio
de Educación han tomado la intervención de su competencia.
Por ello, y en uso de las facultades delegadas por Decreto N° 613/16 y Ley N° 6.292,
Artículo 1°.- Apruébase la Planta Transitoria de Docentes y Asistentes para atender los
programas a cargo del Ministerio de Educación, para el año 2020, conforme se detalla
en Anexo I (IF-2020-02032329-GCABA-DGPDYND), Anexo II (IF-2020-02032008-
GCABA-DGPDYND), Anexo III (IF-2020-01986688-GCABA-DGPDYND), Anexo IV (IF-
2020-01986742-GCABA-DGPDYND), Anexo V (IF-2020-01986765-GCABA-
DGPDYND), Anexo VI (IF-2020-01986804-GCABA-DGPDYND), Anexo VII (IF-2020-
01986894-GCABA-DGPDYND), Anexo VIII (IF-2020-01986965-GCABA-DGPDYND),
Anexo IX (IF-2020-01987921-GCABA-DGPDYND), Anexo X (IF-2020-01988081-
GCABA-DGPDYND), Anexo XI (IF-2020-01988203-GCABA-DGPDYND), Anexo XII
(IF-2020-01988323-GCABA-DGPDYND), Anexo XIII (IF-2020-01988520-GCABA-
DGPDYND) y Anexo XIV (IF-2020-01988774-GCABA-DGPDYND) que a todos sus
efectos forman parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Establézcase que el personal comprendido en la presente Resolución,
será designado con carácter transitorio, carecerá de estabilidad y su cese podrá
disponerse sin expresión de causa.
Artículo 3°.- Establézcase que la titular del Ministerio de Educación y/o el titular de la
Subsecretaría de Carrera Docente procederán indistintamente a designar, cesar,
proceder al reconocimiento de servicios del personal que se desempeñará en la planta
transitoria detallada en el artículo 1° de la presente Resolución.
Artículo 4°.- Determínase que para las designaciones en los cargos del personal
docente incluidas en la presente Resolución se deberá contar con la obtención del
certificado de aptitud psicofísica extendido por el servicio médico del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la acreditación, por los organismos competentes,
de las condiciones exigidas en el artículo 6, inciso c) de la Ordenanza N° 40.593 y su
reglamentación aprobada por Decreto N° 611/86 y modificatorios.
Artículo 5°- Establézcase que los deberes y derechos que corresponden al personal
designado en los cargos descriptos en los Anexos son los allí previstos, y se
encuentran supeditados al plazo de vigencia de la Planta Transitoria creada por el
artículo 1 de la presente Resolución.
Artículo 6°.- Determínase que el gasto que demande el cumplimiento de lo aquí
dispuesto será afectado a la Jurisdicción 55 - Inciso 1 - Partida Principal 2.
Artículo 7°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a las Direcciones Generales de Oficina de Gestión Pública y
Presupuesto, y de Administración y Liquidación de Haberes y a la Subsecretaría
Gestión de Recursos Humanos dependientes del Ministerio de Hacienda y Finanzas, y
para su conocimiento y demás fines remítase a las Subsecretarías de Coordinación
Pedagógica y Equidad Educativa, de Gestión Económico Financiera y Administración
de Recursos y de Carrera Docente, del Ministerio de Educación. Cumplido, archívese.
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