RESOLUCIÓN 38 2020 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS

Síntesis:

SE APRUEBA - PLANTA TRANSITORIA DE DOCENTES Y ASISTENTES - PROGRAMAS A CARGO DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN - AÑO 2020 - PROGRAMAS Y PROYECTO EDUCATIVOS - MÓDULOS INSTITUCIONALES - CARGOS DE MONTO FIJO - AUXILIARES Y ASISTENTES - JORNADA EXTENDIDA - PLAN DE NATACIÓN - CAI - CAJ -  DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN DE GESTIÓN ESTATAL - SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA Y EQUIDAD EDUCATIVA - MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Publicación:

20/01/2020

Sanción:

15/01/2020

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS


VISTO: La Ley N° 6.292, la Ordenanza N° 40.593 (texto consolidado por Ley N°

6.017), los Decretos Nros. 613/16, 73/19 y 463/19, las Resoluciones Nros. 1658-

MEGC/16 y su modificatoria, 1739-MEGC/16, y 344-MEIGC/18, el Expediente

Electrónico N° 01882044-GCABA-MEDGC/20, y

CONSIDERANDO:

Que por Ley N° 6.292 se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, contemplándose al Ministerio de Educación;

Que por Decreto N° 463/19, se aprobó la estructura organizativa del Poder Ejecutivo

del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, entre las que se encuentran las

Subsecretarías Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa, de Carrera Docente,

así como de la Unidad de Evaluación Integral de la Calidad y Equidad Educativa,

dependientes todas ellas del citado Ministerio;

Que es objetivo de las mencionadas Subsecretarías implementar programas

educativos a fin de contribuir al desarrollo social de la comunidad y el desarrollo

individual de sus miembros;

Que en tal sentido, resulta indispensable dar continuidad a las políticas de expansión

de las acciones educativas y de formación docente, con recursos de planta transitoria

docente y de asistentes, dependientes del Ministerio de Educación, a efectos de llevar

a cabo los distintos Programas y Proyectos Educativos;

Que en este sentido por Resolución N° 344-MEIGC/18 se estableció la

implementación de la práctica de natación con carácter obligatorio para todas las

escuelas de Nivel Primario y de modalidad Especial de gestión estatal de la Ciudad de

Buenos Aires;

Que mediante Resolución N° 1739-MEGC/16, se creó la Coordinación de Educación

Física del Ministerio de Educación;

Que actualmente las actividades desarrolladas en el marco del Plan de Natación, son

implementadas por la Coordinación de Educación Física y la Dirección General de

Educación de Gestión Estatal, dependiente de la Subsecretaría de Coordinación

Pedagógica y Equidad Educativa, del Ministerio de Educación;

Que en ese sentido, la Dirección General de Educación de Gestión Estatal comunicó

la continuidad de la implementación del Plan de Natación, por lo que resultó necesario

crear los cargos que compondrán la Planta Transitoria de Docentes y No Docentes

para atender las actividades relativas al mismo durante el periodo del 01 de marzo al

31 de diciembre de 2020;

Qué asimismo, la Resolución N° 1658-MEGC/16 y su modificatoria, aprobó el Proyecto

de Jornada Extendida, en el ámbito de la Dirección General de Escuela Abierta y de la

Dirección General de Educación de Gestión Estatal, ambos pertenecientes a la

Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa, del Ministerio de

Educación, destinado a instituciones de Nivel Primario de Jornada Simple y de Nivel

Secundario diurnas y vespertinas de gestión estatal, con el propósito de reforzar las

trayectorias educativas de los niños/as y jóvenes participantes del mismo;

Que de acuerdo a lo establecido en el Decreto N° 613/16 y su modificatorio, a fin de

agilizar el circuito administrativo que conlleva la aprobación, modificación y

convalidación de las Plantas Transitorias de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se

encomendó dicha tarea en forma conjunta a los entonces señores Ministros de

Educación y de Hacienda;

Que dicha norma se fundamentó, entre otras razones, en que el artículo 17 de la Ley

N° 5.460 establecía que al entonces denominado Ministerio de Hacienda le

correspondía diseñar e implementar las políticas de gestión y administración del

régimen especial establecido en la Ley N° 471 de Relaciones Laborales en la

Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y; al Ministerio de

Educación planificar y administrar los recursos del sistema educativo del Gobierno de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad a lo establecido en el artículo

20 de dicha Ley;

Que la Ley N° 6.292, derogatoria de la anterior mencionada, le confiere al actual

Ministerio de Hacienda y Finanzas y al Ministerio de Educación las mismas facultades,

en lo que concierne a la presente norma, que las señaladas en la Ley sustituida;

Que resulta de tal manera que las atribuciones encomendadas por el Decreto N°

613/16 no se han modificado, con la mera salvedad de la adecuación formal de la

denominación de la Jurisdicción bajo cuya responsabilidad se han asignado;

Que en tal sentido se propicia la aprobación de la Planta Transitoria de Docentes y

Asistentes, para el año 2020;

Que la Dirección General Planificación y Control Operativo dependiente de la

Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y

Finanzas, y la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional del Ministerio

de Educación han tomado la intervención de su competencia.

Por ello, y en uso de las facultades delegadas por Decreto N° 613/16 y Ley N° 6.292,

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN

Y EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVEN:

Artículo 1°.- Apruébase la Planta Transitoria de Docentes y Asistentes para atender los

programas a cargo del Ministerio de Educación, para el año 2020, conforme se detalla

en Anexo I (IF-2020-02032329-GCABA-DGPDYND), Anexo II (IF-2020-02032008-

GCABA-DGPDYND), Anexo III (IF-2020-01986688-GCABA-DGPDYND), Anexo IV (IF-

2020-01986742-GCABA-DGPDYND), Anexo V (IF-2020-01986765-GCABA-

DGPDYND), Anexo VI (IF-2020-01986804-GCABA-DGPDYND), Anexo VII (IF-2020-

01986894-GCABA-DGPDYND), Anexo VIII (IF-2020-01986965-GCABA-DGPDYND),

Anexo IX (IF-2020-01987921-GCABA-DGPDYND), Anexo X (IF-2020-01988081-

GCABA-DGPDYND), Anexo XI (IF-2020-01988203-GCABA-DGPDYND), Anexo XII

(IF-2020-01988323-GCABA-DGPDYND), Anexo XIII (IF-2020-01988520-GCABA-

DGPDYND) y Anexo XIV (IF-2020-01988774-GCABA-DGPDYND) que a todos sus

efectos forman parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Establézcase que el personal comprendido en la presente Resolución,

será designado con carácter transitorio, carecerá de estabilidad y su cese podrá

disponerse sin expresión de causa.

Artículo 3°.- Establézcase que la titular del Ministerio de Educación y/o el titular de la

Subsecretaría de Carrera Docente procederán indistintamente a designar, cesar,

proceder al reconocimiento de servicios del personal que se desempeñará en la planta

transitoria detallada en el artículo 1° de la presente Resolución.

Artículo 4°.- Determínase que para las designaciones en los cargos del personal

docente incluidas en la presente Resolución se deberá contar con la obtención del

certificado de aptitud psicofísica extendido por el servicio médico del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la acreditación, por los organismos competentes,

de las condiciones exigidas en el artículo 6, inciso c) de la Ordenanza N° 40.593 y su

reglamentación aprobada por Decreto N° 611/86 y modificatorios.

Artículo 5°- Establézcase que los deberes y derechos que corresponden al personal

designado en los cargos descriptos en los Anexos son los allí previstos, y se

encuentran supeditados al plazo de vigencia de la Planta Transitoria creada por el

artículo 1 de la presente Resolución.

Artículo 6°.- Determínase que el gasto que demande el cumplimiento de lo aquí

dispuesto será afectado a la Jurisdicción 55 - Inciso 1 - Partida Principal 2.

Artículo 7°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a las Direcciones Generales de Oficina de Gestión Pública y

Presupuesto, y de Administración y Liquidación de Haberes y a la Subsecretaría

Gestión de Recursos Humanos dependientes del Ministerio de Hacienda y Finanzas, y

para su conocimiento y demás fines remítase a las Subsecretarías de Coordinación

Pedagógica y Equidad Educativa, de Gestión Económico Financiera y Administración

de Recursos y de Carrera Docente, del Ministerio de Educación. Cumplido, archívese.

Acuña - Mura


ANEXOS

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTADA POR
<p>Art.1 de la Resolución 853-MHFGC/MEDGC-20, otorga una asignación estímulo, por única vez, de carácter no remunerativo y no bonificable a liquidarse con los haberes del mes de septiembre 2020 a todos los docentes de los distintos niveles y diversas modalidades de contratación, aprobados mediante la Resolución 38-GCABA-MHFGC/MEDGC-2020. </p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 2 de la Resolución 596-MHF-MJG/20 excluye de la excepción autorizada por su Art. 1, las designaciones relativas al Plan de Natación, aprobado por el Anexo XI (IF-2020-01988203-GCABA-DGPDYND) de la Resolución de Firma Conjunta N° 38-MHFGC/20.</p>
INTEGRA
<p>Art. 1 Resolución 38-MHGC-20 aprueba la Planta Transitoria en el marco del Programa Jornada Extendida, aprobado por Resolución 1658-MEGC-16.</p>
INTEGRA
<p>Art. 1 Resolución 38 -MHGC-20 aprueba la Planta Transitoria en el marco del Programa Plan de Natación , aprobado por Resolución 344-MEIGC-18.</p>