RESOLUCIÓN 596 2020 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
Síntesis:
SE AUTORIZAN DESIGNACIONES - PERSONAL DE LA PLANTA TRANSITORIA DE DOCENTES Y ASISTENTES - ATENCION PROGRAMAS DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN - CORONAVIRUS - COVID-19 - EMERGENCIA SANITARIA - PANDEMIA
Publicación:
24/07/2020
Sanción:
21/07/2020
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
VISTO: El Decreto de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo Nacional N° 260-
PEN/20, la Ley N° 6.301, los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 1/20 y 8/20, el
Decreto N° 210/20, las Resoluciones de Firma Conjunta Nros. 38-GCABA-MHFGC-20
y N° 7-GCABA-MJGCC-20 y modificatoria, el Expediente Electrónico N° 16.638.401-
GCABA-DGPLYCO/20, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260-PEN/20 el Poder Ejecutivo
Nacional amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley N°
27.541, en virtud de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud en
relación con el virus COVID-19 (Coronavirus), por el plazo de un (1) año a partir de la
entrada en vigencia de dicho decreto
Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20 se declaró la emergencia sanitaria
en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el 15 de junio de 2020, a
los fines de atender y adoptar las medidas necesarias para prevenir y reducir el riesgo
de propagación del contagio en la población del virus COVID-19 (Coronavirus);
Que dicha emergencia sanitaria fue prorrogada hasta el 31 de agosto de 2020 por
Decreto de Necesidad y Urgencia N° 8/20;
Que asimismo por la Ley N° 6.301, se declaró en emergencia la situación económica y
financiera de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el 31 de diciembre de 2020;
Que el artículo 15 de la citada Ley establece la prohibición de efectuar nuevas
designaciones de cualquier naturaleza o fuente de financiamiento durante la
emergencia referida, debiendo por vía reglamentaria establecerse las excepciones a
las mismas, las que deberán estar enmarcadas exclusivamente en la necesidad de
garantizar el funcionamiento de los servicios esenciales;
Que en tal sentido, mediante el Anexo I del Decreto N° 210/20 se aprobó la
reglamentación de la Ley N° 6.301, estableciendo en su artículo 15 las excepciones
enmarcadas en la necesidad de garantizar el funcionamiento de servicios esenciales, y
facultando al Jefe de Gabinete de Ministros y al Ministro de Hacienda y Finanzas a
autorizar otras excepciones , siempre que estén enmarcadas en garantizar el
funcionamiento de servicios esenciales;
Que es dable señalar que mediante la Resolución de Firma Conjunta N° 38-GCABA-
MHFGC/20, se aprobó la Planta Transitoria de Docentes y Asistentes destinada a
atender los programas a cargo del Ministerio de Educación, para el año 2020;
Que por lo expuesto y habida cuenta que el Ministerio de Educación es un área cuyo
servicio es considerado esencial para la comunidad y el funcionamiento de la
administración pública durante la subsistencia de la situación epidemiológica vigente,
conforme lo establecido en la Resolución N° 7-MJGCC-20 y modificatoria, resulta
necesario autorizar como excepción al artículo 15 de la Ley N° 6301, a las
designaciones de personal involucrado en la precitada Planta Transitoria, de
conformidad con el artículo 15 del Anexo I del Decreto N° 210/20;
Que conforme lo expresado, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, y en uso de las facultades que les fueran conferidas por el artículo 15 del
Anexo I del Decreto N° 210/20,
Artículo 1°.- Autorízase como excepción enmarcada en el artículo 15 del Anexo I del
Decreto N° 210/20, las designaciones del personal de la Planta Transitoria de
Docentes y Asistentes para atender los programas a cargo del Ministerio de
Educación, aprobada por la Resolución de Firma Conjunta N° 38-GCABA-MHFGC/20,
a efectos de garantizar el funcionamiento de servicios esenciales.
Artículo 2°.- Exclúyase de la excepción autorizada por el artículo 1° de la presente
Resolución, las designaciones relativas al Plan de Natación, aprobado por el Anexo XI
(IF-2020-01988203-GCABA-DGPDYND) de la Resolución de Firma Conjunta N° 38-
GCABA-MHFGC/20.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección
General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda y Finanzas y pase
a sus efectos al Ministerio de Educación. Cumplido, archívese. Miguel - Miguel p/p