DECRETO 1753 1992

Síntesis:

NORMA DEROGADA-AUTORIZA EL ESTACIONAMIENTO NOCTURNO EN AVENIDAS Y CALLES

Publicación:

23/07/1992

Sanción:

20/07/1992

Organismo:

MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

Estado:

No vigente


Visto el dictado el Decreto del P.E.N. N° 692/92 y sus Anexos, artículos 1°, 2°, 3°, 47 y concordantes, y

CONSIDERANDO:

Que teniendo en cuenta el interés general y la necesidad de dar urgente respuesta a los usuarios, en lo que hace al estacionamiento, su relación con la circulación y el normal desarrollo de las actividades de ciertos sectores de la Ciudad; velando por la seguridad en el tránsito y la disminución de daños a personas y bienes y una mejor fluidez y aprovechamiento de las vías de circulación;

Que atento a la actual situación, se impone dictar de inmediato disposiciones que tiendan a un reordenamiento de las existentes con sustento en la doctrina de los reglamentos de necesidad y urgencia,

Por ello,

El Intendente Municipal

DECRETA:

Artículo 1° - Autorízase el estacionamiento junto al cordón de ambas aceras los días hábiles desde las 21 horas hasta las 7 del día siguiente y los días sábados de 00 a 8 y de 13 a 24, domingos y feriados durante las veinticuatro (24) horas en aquellas avenidas en las que actualmente se encuentra prohibido durante las veinticuatro (24) horas, con excepción de:

a) Avenida 9 de Julio, General Paz, Leopoldo Lugones, Intendente Cantilo, Perito Moreno y Teniente General Luis J. Dellepiane.

b) Dicha autorización será unicamente para la avenida Corrientes entre Madero y Riobamba de 19 a 7 horas.

Art. 2° - Autorízase el estacionamiento libre junto al cordón de la acera derecha en las arterias donde exista el estacionamiento medido o donde esté prohibido, los días hábiles en el horario de 21 a 8 del día siguiente, los días sábados a partir de las 13 y domingos y feriados durante las veinticuatro (24) horas.

Art. 3° - El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Producción y Servicios y de Gobierno.

Art. 4° - Dése al Registro Municipal, publíquese en el Boletín Municipal y para su conocimiento y correspondiente implementación gírese a la Subsecretaría de Transporte y Tránsito.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Art. 15 de la Ley 634, deroga el Decreto 1753-92.</p>