RESOLUCIÓN 3794 2018 MINISTERIO DE CULTURA

Síntesis:

SE APRUEBA REGLAMENTO GENERAL - RÉGIMEN DE PROMOCIÓN CULTURAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES MECENAZGO - MINISTERIO DE CULTURA - RÉGIMEN DE PROMOCIÓN CULTURAL - PARTICIPACIÓN PRIVADA EN EL FINANCIAMIENTO DE PROYECTOS CULTURALES - FORMULARIOS - MODELOS - INCLUSIÓN - BENEFICIARIOS - PROCEDIMIENTO - PROYECTOS - SUBSIDIOS - ARTES AUDIOVISUALES Y ARTE DIGITAL - ARTES VISUALES - ARTESANÍAS Y ARTE POPULAR - CIRCO - MURGA - MÍMICA Y AFINES - DANZA -DISEÑO - LITERATURA - MÚSICA ACADÉMICA - MÚSICA POPULAR - PATRIMONIO CULTURAL - PUBLICACIONES -  RADIO - TELEVISIÓN Y SITIOS DE INTERNET CON CONTENIDO ARTÍSTICO Y CULTURAL -TEATRO

Publicación:

11/07/2018

Sanción:

04/07/2018

Organismo:

MINISTERIO DE CULTURA


VISTO:

La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley N° 5.460 (texto

consolidado por Ley N° 5.666), modificada por Ley N° 5960, la Ley N° 2.264 (texto

consolidado Ley N° 5.666), el Decreto N° 363-GCABA-2015 y su modificatorio el N°

119-GCABA-2018, el Decreto N° 886/GCABA/07 y su

modificatorio N°

1135/GCBA/2009, las Resoluciones N° 648/GCABA/2010 y el Expediente Electrónico

N° EX-2018-17557962- -MGEYA-DGTALMC, y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establece en su artículo

32 que "La Ciudad distingue y promueve todas las actividades creadoras...facilita el

acceso a los bienes culturales; fomenta el desarrollo de las industrias culturales del

país;...impulsa la formación artística y artesanal; promueve la capacitación profesional

de los agentes culturales; procura la calidad y jerarquía de las producciones artísticas

e incentiva la actividad de los artistas nacionales; protege y difunde las

manifestaciones de la cultura popular; contempla la participación de los creadores y

trabajadores y sus entidades, en el diseño y la evaluación de las políticas; protege y

difunde su identidad pluralista y multiétnica y sus tradiciones..

Que la Ley de Ministerios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Ley N° 5.460

(texto consolidado por Ley N° 5666), modificada por Ley N° 5960, en su artículo 22,

establece entre las funciones del Ministerio de Cultura la de "Diseñar e implementar

las políticas, planes y programas tendientes a preservar y acrecentar el acervo

cultural." (Inc. 1)..

Que la Ley N° 2.264 (texto consolidado Ley N° 5.666) creó el Régimen de Promoción

Cultural de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires destinado a estimular e incentivar la

participación privada en el financiamiento de proyectos culturales y estableció al

Ministerio de Cultura como su autoridad de aplicación;

Que el Decreto N° 886/GCABA/07 y su modificatorio Decreto N° 1135/GCABA/2009

aprobó la reglamentación de la referida Ley y en el artículo 28 de su Anexo faculta al

Ministerio de Cultura, en su calidad de autoridad de aplicación, a dictar los actos

administrativos reglamentarios, complementarios e interpretativos que resulten

necesarios para el adecuado y eficaz funcionamiento del citado Régimen;

Que mediante las Resoluciones N° 648/GCABA/2010 y N° 1395/GCABA/2010 se dictó

la normativa complementaria a fin de establecer las condiciones que permitan la

correcta ejecución de dicho Régimen;

Que la práctica evidenció la necesidad de realizar adecuaciones a dichas normas para

optimizar el funcionamiento del Régimen de Promoción Cultural;

Que para favorecer la coherencia en la reglamentación operativa resulta oportuno

dictar una nueva resolución donde se incluyan los aspectos de las anteriores normas,

en conjunto con otros puntos;

Que asimismo resulta necesario proceder a la derogación total de las Resoluciones N°

648/MCGC/2010 y N° 1395/MCGC/2010, por tratarse de la misma temática de la

reglamentación que se propicia, a fin de evitar confusiones en la interpretación de la

aplicación del Régimen en cuestión;

Que la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de este Ministerio ha tomado

la intervención de su competencia;

Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado la

intervención de su competencia en virtud de lo establecido por Ley N° 1.218 (texto

consolidado Ley N° 5.666);

Por ello, en uso de las facultades que le son propias.

EL MINISTRO DE CULTURA

RESUELVE

Artículo 1°.- Apruébase el "Reglamento General del Régimen de Promoción Cultural

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Mecenazgo" que forma parte integrante de la

presente como Anexo I (bajo N° IF IF-2018-18740363- -DGTALMC).

Artículo 2°.- Apruébanse los Anexos de "Reglamento General del Régimen de

Promoción Cultural - Mecenazgo", "Formulario de Solicitud", "Formulario sobre el

Proyecto", "Formulario Presupuesto", "Formulario de aceptación de condiciones",

"Declaración jurada de Inclusión al Régimen", "Modelo de planillas de rendición

financiera" y "Modelo de nota por compensación de servicios", que como Anexos I

(bajo N° IF IF-2018-18740363- -DGTALMC) , II (bajo N° IF 2018-17553429- -

DGTALMC), III (bajo N° IF IF-2018-17554004- -DGTALMC), IV (bajo N° IF 2018-

17554177- -DGTALMC), V (bajo N° IF 2018-17554330- -DGTALMC), VI (bajo N° 2018-

17554694- -DGTALMC), VII (bajo N° IF 2018-17555348- -DGTALMC) y VIII (bajo N° IF

2018-17555489- -DGTALMC) respectivamente, forman parte integrante de la presente

Resolución.

Artículo 3°.-

Deróguense las Resoluciones N° 648/MCGC/2010 y N°

1395/MCGC/2010.

Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Gerencia Operativa de

Regímenes de Promoción Cultural dependiente de la Dirección General, Técnica,

Administrativa y Legal de este Ministerio. Cumplido, Archívese. Avogadro


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5411

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Art. 1 de la Resolución 3794-MC-18 aprueba el Reglamento General del Régimen de Promoción Cultural de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Mecenazgo, complementando el Decreto 886-07, reglamentario de la Ley 2264.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 3 de la Resolución 3861-MCGC-18 establece que la convocatoria se regirá según lo dispuesto en los Anexos de Reglamento General del Régimen de Promoción Cultural - Mecenazgo, Formulario de Solicitud, Formulario sobre el Proyecto, Formulario Presupuesto, Formulario de aceptación de condiciones, Declaración jurada de Inclusión al Régimen, Modelo de planillas de rendición financiera y<br />Modelo de nota por compensación de servicios, aprobados por Resolución 3794-MCGC-18.</p>
DEROGA
<p>Art. 3 de la Resolución 3794-MC-18 deroga la Resolución 1395-MC-10.</p>
DEROGA
<p>Art. 3 de la Resolución 3794-MC-18 deroga la Resolución 648-MC-10.</p>