RESOLUCIÓN 3799 2018 MINISTERIO DE CULTURA

Síntesis:

SE APRUEBAN LÍNEAS DE SUBSIDIOS - RÉGIMEN DE CONCERTACIÓN - ACTIVIDAD MILONGAS NO OFICIAL - LÍNEA ORGANIZADORES DE MILONGAS - LÍNEA SALONES DE MILONGA - APRUEBA LA REGLAMENTACIÓN ATINENTE A LA PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES DE INSCRIPCIÓN - APRUEBA ANEXOS - FORMULARIO DE DATOS DE LA PERSONA DESTINATARIA DEL SUBSIDIO - FORMULARIO DE DATOS DEL PROYECTO - DECLARACIÓN JURADA SOLICITUD DE SUBSIDIO - NOTA SOLICITUD DE SUBSIDIO - MODELO DE PRESENTACIÓN DE CRONOGRAMA DE EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA - MODELO DE PLANILLA DE RENDICIÓN DE GASTOS - MODELO DE NOTA POR COMPENSACIÓN DE SERVICIOS - REGISTRO BAMILONGA

Publicación:

16/07/2018

Sanción:

04/07/2018

Organismo:

MINISTERIO DE CULTURA

Estado:

No vigente


VISTO:

La Ley N° 5460 (texto consolidado por Ley N° 5666) y su modificatoria la Ley N° 5960

(BOCBA N° 5363), la Ley N° 5.735, el Decreto N° 363-GCABA-15 y su modificatorio el

Decreto N° 119-GCABA-18, el Decreto N° 429/2017 y el Expediente Electrónico

N°05042395/DGTALMC/2018, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 5.735 crea el Régimen de Concertación para la Actividad Milongas no

Oficial, con el objeto de diseñar e implementar mecanismos de protección,

fortalecimiento, fomento y promoción de la actividad milonga en la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires;

Que la precitada Ley establece al Ministerio de Cultura como autoridad de aplicación

del Régimen creado, y lo autoriza a dictar las normas complementarias, a fin de

regular los aspectos contemplados en la misma;

Que asimismo la normativa indicada crea en el ámbito de este Ministerio el Registro de

beneficiarios del Régimen de Concertación para la Actividad Milongas no Oficial en el

que podrán inscribirse los sujetos comprendidos por la misma;

Que el Decreto N°429/2017 reglamenta la referida ley, quedando pendiente de

tratamiento aquellas cuestiones específicas de competencia de este Ministerio;

Que corresponde reglamentar los aspectos no tratados por el Decreto N° 429/2017

referidos a la inscripción en el Registro y solicitud de subsidios;

Que asimismo, y a fin de cumplir el objeto del Régimen de Concertación mencionado,

y en su carácter de autoridad de aplicación, este Ministerio propicia la apertura del

Registro de la actividad milonga no oficial de la Ciudad de Buenos Aires conforme los

lineamientos establecidos en la referida normativa, y lo dispuesto por las bases y

condiciones que se aprueban e integran la presente Resolución;

Que la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal ha tomado la intervención de

su competencia.

Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado la

intervención que le compete en los términos de la Ley N° 1.218 (Texto Consolidado

por Ley N° 5.666);

Por lo expuesto y en uso de las facultades establecidas por el artículo 21° de la Ley N°

5.735,

EL MINISTRO DE CULTURA

RESUELVE:

Artículo 1°.- Apruébase en el marco del Régimen de Concertación para la Actividad

Milongas no Oficial las siguientes líneas de subsidios:

a) Línea Organizadores de Milongas, para las solicitudes de subsidios de los sujetos

comprendidos en el artículo 12° inciso a) de la Ley N°5.735;

b) Línea Salones de Milonga, para las solicitudes de subsidios de los sujetos

comprendidos en el artículo 12° inciso b) de la Ley N°5.735; y,

c) Línea Clubes y Asociaciones, para las solicitudes de subsidios de los sujetos

comprendidos en el artículo 12° inciso c) de la Ley N°5.735.

Artículo 2°.- Apruébase la reglamentación atinente a la presentación de las solicitudes

de inscripción al Registro BAMILONGA, y de subsidios en el marco del Régimen

BAMILONGA, conforme el instructivo que como Anexo I de "Bases y Condiciones"

(bajo N° IF 2018-18743045-DGTALMC) forma parte integrante de la presente.

Artículo 3°.- Apruébase los Anexos "Formulario de datos de la persona destinataria del

subsidio", "Formulario de datos del Proyecto", "Declaración jurada solicitud de

subsidio", "Nota solicitud de subsidio", "Modelo de presentación de cronograma de

ejecución presupuestaria", "Modelo de planilla de rendición de gastos" y "Modelo de

nota por compensación de servicios", que como Anexos II (IF 2018- 18743045- -

DGTALMC), III (IF- 2018-17607753- -DGTALMC), IV (IF IF-2018-17609026-

DGTALMC), V (IF 2018-17609535- -DGTALMC), VI (IF 2018-17610091- -DGTALMC),

VII (IF 2018-17610529- -DGTALMC) y VIII (IF IF-2018-17610956- -DGTALMC) forman

parte integrante de la presente.

Artículo 4°.- Establécese que a partir del 19 de Julio de 2018 los sujetos contemplados

por el artículo 12 de la Ley N° 5.735, podrán inscribirse en el Registro creado por la

citada norma, conforme establece el Anexo de Bases y Condiciones aprobado por el

artículo 1° de la presente.

Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Gerencia Operativa de

Regímenes de Promoción Cultural dependiente de la Dirección General, Técnica,

Administrativa y Legal de este Ministerio y a las Direcciones Generales de Contaduría

y de Tesorería del Ministerio de Economía y Finanzas. Cumplido, Archívese.

Avogadro


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5414

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 761/MCGC/2021 deroga a la Resolución 3799/MCGC/2018.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Art.2  de la Resolución 3963-MCGC-18, regirá conforme lo dispuesto por los Anexos aprobados mediante Resolución 3799-2018-MCGC.</p>
COMPLEMENTA
<p>Art. 1 de la Resolución 3799-MCGC-18 aprueba lineas de subsidios en el marco del Régimen de Concertación para la Actividad Milongas no Oficial, creado por Ley 5735.</p><p>Art. 4 de la Resolución 3799-MCGC-18  establece que que a partir del 19 de Julio de 2018 los sujetos contemplados por el artículo 12 de la Ley 5735, podrán inscribirse en el Registro creado por la citada norma.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 3863-MCGC-18 rectifica el Art. 3 de la Resolución 3799-MCG-18.</p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 4706-MCGC-19 convoca a los interesados a presentar solicitudes tendientes a obtener subsidios correspondientes al Régimen de Concertación para la Actividad Milongas No Oficial, aprobados mediante la Resolución 3799-MCGC-18.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 Resolución 4703-GCABA-MCGC-19 deroga los Artículos 2 y 3 de la Resolución 3799-GCABA-MCGC-18</p>