DISPOSICIÓN 96 2018 DIRECCION GENERAL DEL REGISTRO DEL ESTADO CIVIL Y CAPACIDAD DE LAS PERSONAS

Síntesis:

SE MODIFICAN HORARIOS - CELEBRACIÓN DE MATRIMONIOS FUERA DE LAS OFICINAS DE ESTE REGISTRO CIVIL - DÍAS Y HORAS - REGISTRO CIVIL - CASAMIENTOS

Publicación:

13/08/2018

Sanción:

03/08/2018

Organismo:

DIRECCION GENERAL DEL REGISTRO DEL ESTADO CIVIL Y CAPACIDAD DE LAS PERSONAS


VISTO:

La Ley Nacional N° 26.413, el Decreto N° 363/15 y modificatorios, la Disposición 2017-

20-DGRC, la Disposició 2017-50-DGRC, la NO-2018-20927496-DGRC y

Que la Ley Nacional N° 26.413 establece que todos los hechos que den origen, alteren

o modifiquen el estado civil y la capacidad de las personas, deberán inscribirse en los

correspondientes registros de las provincias, de la Nación y de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires;

Que de conformidad con lo dispuesto en el Decreto N° 363/15 y modificatorios, la

Dirección General Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas dependiente

de la Subsecretaría de Gobierno del Ministerio de Gobierno, es el órgano que

desempeña las funciones comprendidas en la ley antes citada, en el ámbito de la

Ciudad de Buenos Aires;

Que por Disposición 2017-20-DGRC, se dispuso autorizar la celebración de

matrimonios fuera de las Oficinas de este Registro del Estado Civil y Capacidad de las

Personas en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires, los días jueves y viernes hábiles

en el horario de 18 a 22 horas; y los días sábados, Domingos y feriados de 10 a 22

horas;

Que por Disposición 2017-50-DGRC, se dispuso modificar los horarios dispuestos en

el Artículo 1° de la Disposición 2017-20-DGRC, autorizando la celebración de

matrimonios fuera de las oficinas de este Registro del Estado Civil y Capacidad de las

Personas en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires, los días jueves y viernes hábiles

de 17 a 21 horas; y los días sábados, domingos y feriados de 10 a 21 horas;

Que por NO-2018-20927496-DGRC, de fecha 1 de agosto de 2018, el Sugerente

Operativo de Matrimonios y Uniones Convivenciales, el Dr. José Luis BADUR,

dependiente de la Gerencia Operativa Registración e Inscripciones de este ente

registral, solicita a la Gerencia Operativa Legal, la emisión de una Disposición

ampliatoria, para la realización de matrimonios privados y emblemáticos, en todos los

días de la semana;

Que en la nota antes referida se fundamenta la petición, en razón de los pedidos de

los ciudadanos para contratar el servicio en días que no están habilitados por la

Disposición vigente, y que limita la realización de los mismos, de jueves a domingos;

Que el proyecto de ampliación de los días de atención, brindaría un mejor y mas

completo servicio a los ciudadanos peticionantes, dado que por las proyecciones

realizadas se incrementaran estos pedidos;

Que por cuestiones de índole operativa, resulta conveniente establecer un cambio en

el horario dispuesto en la Disposición antes reseñada;

Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL DEL REGISTRO DEL ESTADO CIVIL

Y CAPACIDAD DE LAS PERSONAS

DISPONE

ARTICULO 1°: Modificar los horarios dispuestos en el Artículo 1° de la Disposición

2017-50-DGRC, autorizando la celebración de matrimonios fuera de las oficinas de

este Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas en el ámbito de la Ciudad

de Buenos Aires, de lunes a viernes hábiles de 17 a 21 horas; y los días sábados,

domingos y feriados de 10 a 21 horas.

ARTICULO 2°: Comunicar a la Subgerencia Operativa de Matrimonios y Uniones

Convivenciales, dependiente de la Gerencia Operativa Registración e Inscripciones, y

a la Subgerencia Operativa Gestión Administrativa y Patrimonial, para que ponga en

conocimiento de lo aquí dispuesto al resto de las dependencias y a los oficiales

públicos de este Registro. Publíquese y cumplido lo dispuesto, oportunamente

archívese. Cordeiro

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Disposición 96-DGRC-18 modifica los horarios dispuestos en el Art. 1 de la Disposición 50-DGRC-17.</p>
MODIFICA
<p>Art. 1 de la Disposición 96-DGRC-18 modifica los horarios dispuestos en el Art. 1 de la Disposición 50-DGRC-17, modificatoria de la Disposición 20-DGRC-17.</p>