RESOLUCIÓN 14 2018 MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Síntesis:

APRUEBA - BUENAS PRÁCTICAS PARA LA REGULACIÓN Y PROMOCIÓN DE LA ACTIVIDAD ECONÓMICA - SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS - MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS - DIRECCIÓN GENERAL PROMOCIÓN DE INVERSIONES - PLAN DE MODERNIZACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL GOBIERNO 

Publicación:

12/09/2018

Sanción:

07/09/2018

Organismo:

MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS


VISTO

las Leyes N° 5.460 (Texto consolidado por Ley Nro. 5.666) y su modificatoria N° 5.960,

N° 3.304, los Decretos N° 363/15 y modificatorios, N° 119/18, y N° 230/18, y el

Expediente Electrónico N° 24.524.873-MGEYA-DGPINV-2018, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 5.460 y su modificatoria, se sancionó la Ley de Ministerios del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose entre ellos al

Ministerio de Economía y Finanzas;

Que el Decreto N° 119/18, modificatorio del N° 363/15, contempla a la Subsecretaría

de Desarrollo Económico dentro de la estructura organizativa del Ministerio de

Economía y Finanzas;

Que la mencionada Subsecretaria está facultada según sus responsabilidades

primarias a definir políticas, programas y lineamientos de acción, en coordinación con

las áreas competentes, tendientes a la promoción de un marco jurídico claro, eficaz y

eficiente para que las personas humanas y jurídicas desarrollen su actividad

económica y supervisar los procedimientos de la política regulatoria relacionada con la

actividad económica en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, consecuentemente la Dirección General Promoción de Inversiones cuenta con

competencias para promover la aplicación de Buenas Prácticas en materia de

simplificación y desburocratización de los trámites relacionados con los distintos

actores que desarrollan su actividad económica en el ámbito de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires;

Que, por su parte, la Ley N° 3.304 creó el Plan de Modernización de la Administración

Pública del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el ámbito de la

Administración Central, con el fin de encarar un proceso de modernización

administrativa, planteando el desarrollo de los sistemas informáticos, adecuando la

normativa correspondiente para la digitalización de los procesos administrativos, con el

fin de facilitar la gestión, el acceso y la perdurabilidad de la información y la reducción

de los plazos en las tramitaciones;

Que el artículo 3 del Anexo A de la referida Ley establece entre los componentes del

Plan de Modernización de la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad de

Buenos Aires al sistema de gestión por resultados, a los mecanismos de intervención

del ciudadano en el seguimiento de la Administración, al gobierno electrónico y nuevas

tecnologías de información y comunicación;

Que, asimismo, en el marco de la política de modernización de la Administración

Pública, este Gobierno ha impulsado distintas medidas tendientes a adoptar el uso de

herramientas tecnológicas que permitan agilizar y reducir las cargas en los trámites

administrativos con el objetivo de reducir tiempos y costos cuyo principal destinatario

es el ciudadano;

Que, para ello, corresponde adoptar un enfoque integral al abordar el análisis y

propuesta de mejora en los procesos, la coordinación, la comunicación y la

cooperación entre los distintos sectores de gobierno, para afrontar los desafíos que

implica la interconectividad de las dependencias públicas en los distintos niveles entre

sí;

Que la aplicación de buenas prácticas en materia regulatoria tendiente a la

simplificación de trámites y formalidades está relacionada directamente con las

prácticas de buena gobernanza y colaboración entre organismos de gobierno, lo que

resulta un eje de las acciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Por ello, de conformidad con lo previsto por el artículo 101 de la Constitución de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Y EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

RESUELVEN

Artículo 1°.- Apruébanse las "BUENAS PRÁCTICAS PARA LA REGULACION Y

PROMOCION DE LA ACTIVIDAD ECONÓMICA EN LA CIUDAD AUTONOMA DE

BUENOS AIRES", en el modo y forma que se detallan en el Anexo (IF-2018-

24660191-MEFGC) que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente

Resolución.

Artículo 2° La Subsecretaría de Desarrollo Económico, u Organismo que en el futuro la

reemplace será el organismo encargado de coordinar con las diferentes áreas las

"BUENAS PRÁCTICAS PARA LA REGULACION Y PROMOCION DE LA ACTIVIDAD

ECONÓMICA EN LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES", como así también,

la instrumentación y puesta en marcha de las herramientas necesarias que faciliten las

mismas.

Artículo 3°.- Establécese que el Ministerio de Economía y Finanzas dictará las normas

operativas, aclaratorias y complementarias que resulten necesarias para el

cumplimiento de la presente Resolución.

Artículo 4°- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

comuníquese a los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo, a la Sindicatura

General de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos

remítase a la Subsecretaría de Desarrollo Económico. Cumplido, archívese. Mura -

Miguel


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5455

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

ADHERIDA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 154-SSDECO-19 aprueba la Consulta Pública como un mecanismo optativo de<br />participación ciudadana a disposición de todo organismo del Gobierno que proponga el dictado de normativa relacionada con la actividad económica, en el marco de lo establecido en el Art. 3 y Anexo de la Resolución 14-MJGGC-MEFGC<strong>-</strong>18.</p>
COMPLEMENTA
<p>Art. 1 de Resolución Conjunta 14-MJGGC-MEFGC-18 aprueba las Buenas prácticas para la regulación y promoción de la actividad económica en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el marco del Plan de Modernización de la Administración Pública del Gobierno aprobado por la Ley 3.304.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 2440-MEFGC-18 aprueba lineamientos para efectuar el análisis de las regulaciones con impacto en la actividad económica dentro del marco de las Buenas Prácticas para la Regulación y Promoción de la Actividad Económica aprobada por Resolución Conjunta 14-MJGGC-18.</p>