DECRETO 1499 1998
Síntesis:
DELEGA EN EL SEÑOR SECRETARIO DE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS LA RESOLUCIÓN DE LAS RENOVACIONES DE LAS CONCESIONES DE TERRENOS PARA BÓVEDAS Y PANTEONES EN LOS DISTINTOS CEMENTERIOS DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
Publicación:
31/08/1998
Sanción:
10/08/1998
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Visto el Expediente N° 69.066/98, y
CONSIDERANDO:
Que se encuentra en trámite un considerable volúmen de actuaciones relacionadas con renovaciones de concesiones de terrenos para bóvedas en los distintos cementerios de la Ciudad de Buenos Aires, presentadas en el marco de lo normado por los artículos 31 y 32 del Decreto N° 17.559/51 (B. M. N° 9.223) AD 480.3/6 y del artículo 10 de la Ordenanza N° 27.590 (B.M. N° 14.537) AD 480.1;
Que dada la significativa cantidad de actuaciones de esta naturaleza y teniendo en cuenta que esta Jefatura de Gobierno se encuentra abocada a gestiones de inmediata e imprescindible resolución que no le permiten atender la totalidad de los asuntos que requieren su consideración, resulta preciso delegar la suscripción de estos trámites en el señor Secretario de Producción y Servicios, quien procederá en los casos que corresponda, al dictado de las pertinentes Resoluciones tendientes a renovar tales concesiones;
Por ello y en uso de las facultades legales que le son propias (Art. 104 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires),
DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
DECRETA:
Artículo 1° - Delégase en el señor Secretario de Producción y Servicios la resolución de las renovaciones de las concesiones de terrenos para bóvedas y panteones en los distintos cementerios de la Ciudad de Buenos Aires, en el marco de lo normado por los artículos 31 y 32 del Decreto N° 17.559/51 (B.M. N° 9.223) AD 480. 3/6 y del artículo 10 de la Ordenanza N° 27.590 (B.M. N° 14.537) AD 480.1.
Art. 2° - El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Producción y Servicios y de Hacienda y Finanzas.
Art. 3° - Dese al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos remítase a la Secretaría de Producción y Servicios y a las Direcciones Generales de Cementerio y de Rentas y Empadronamiento Inmobiliario.