DECRETO 317 2018
Síntesis:
SE MODIFICA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA - SECRETARÍA GENERAL Y DE RELACIONES INTERNACIONALES - ORGANIGRAMA - RESPONSABILIDADES PRIMARIAS - OBJETIVOS - DESCRIPCIÓN DE ACCIONES - SUBSECRETARIAS - RELACIONES INTERNACIONALES E INSTITUCIONALES - GESTIÓN ESTRATÉGICA Y CALIDAD INSTITUCIONAL - DIRECCIONES GENERALES - PROTOCOLO Y CEREMONIAL - CULTO - RELACIONES INTERNACIONALES Y COOPERACIÓN - GESTIÓN ESTRATÉGICA - CALIDAD INSTITUCIONAL Y GOBIERNO ABIERTO - FUERA DE NIVEL - UNIDAD DE GESTIÓN DEL CUMPLIMIENTO - UNIDAD DE COORDINACIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO -GERENCIAS OPERATIVAS - SUBGERENCIAS OPERATIVAS - ENTE DE TURISMO
Publicación:
01/10/2018
Sanción:
27/09/2018
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
La Ley N° 5.460 (texto consolidado por Ley N° 5.666) y su modificatoria N° 5.960, los
Decretos Nros N° 363/15 y modificatorios, 196/18 y el Expediente Electrónico N°
23897385-MGEYA-SGYRI/18, y
CONSIDERANDO:
Que la actual administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
tiene por objetivo desarrollar diversas políticas públicas para mejorar la eficiencia y la
eficacia de su gestión, siendo la implementación y mejora constante de sus estructuras
organizativas una de las acciones centrales para la consecución de ese objetivo;
Que dichas políticas, entre otros aspectos, se han enfocado en pos del desarrollo de
un plan operativo estratégico creando nuevas políticas de recursos humanos,
promoción de una nueva cultura de trabajo, modernización de procesos y mecanismos
administrativos, así como la creación y el establecimiento de nuevas estructuras
orgánico funcionales;
Que por la Ley N° 5.460 y su modificatoria N° 5.960, se sancionó la Ley de Ministerios
del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose entre las
Secretarías del Poder Ejecutivo la Secretaría General y de Relaciones Internacionales;
Que por el Decreto N° 684/09 y sus modificatorios, se aprobó el Régimen Gerencial
para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que mediante el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, se aprobó la estructura
orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, hasta el nivel de Dirección General;
Que mediante el Decreto N° 196/18 se modificó la estructura correspondiente al
régimen gerencial de la Secretaría General y de Relaciones Internacionales, en sus
dos niveles, Gerencia y Subgerencia Operativa;
Que, en virtud de la experiencia de gestión de gobierno, es menester realizar
modificaciones en la estructura organizativa de la Secretaría General y de Relaciones
Internacionales, a los fines de viabilizar un mejor desarrollo técnico-operativo y una
mayor eficiencia de sus competencias;
Que, asimismo, resulta conveniente modificar la estructura correspondiente al
Régimen Gerencial de la Secretaría General y de Relaciones Internacionales,
quedando modificado parcialmente el Decreto N° 196/18.
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°. - Modificase, a partir del 1° de septiembre de 2018, la estructura
organizativa de la Secretaría General y de Relaciones Internacionales del Gobierno de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quedando modificado parcialmente el Decreto
N° 363/15 y sus modificatorios, de acuerdo con los Anexos I (IF-2018-25303189-
SGYRI) (Organigrama) y II (IF-2018-25278949-SGYRI) (Responsabilidades Primarias,
Objetivos y Descripción de acciones) los que a todos sus efectos forman parte
integrante del presente Decreto.
Artículo 2°. - La Dirección General Técnica y Administrativa dependiente de la
Secretaría Legal y Técnica deberá informar, en un plazo de 30 días, a la Subsecretaría
de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas la
asignación de la dotación de la Secretaría General y de Relaciones Internacionales a
las distintas gerencias y subgerencias operativas en virtud de lo establecido en el
artículo 1° del presente Decreto.
Artículo 3°. - El Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General
Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes para dar
cumplimiento al presente Decreto.
Artículo 4°. - El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Economía y
Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 5°. - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a las Direcciones
Generales Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y Desarrollo del Servicio Civil,
ambas del Ministerio de Economía y Finanzas, y para su conocimiento y demás
efectos, remítase a la Secretaría General y de Relaciones Internacionales. Cumplido
archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Mura - Mura p/p