DECRETO 196 2018
Síntesis:
SE MODIFICA LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DE LA SECRETARÍA GENERAL Y DE RELACIONES INTERNACIONALES - MODIFICACIÓN DE ESCTRUCTURA ORGÁNICA - SUBSECRETARÍA RELACIONES INTERNACIONALES E INSTITUCIONALES - GESTIÓN ESTRATÉGICA Y CALIDAD INSTITUCIONAL - PROTOCOLO Y CEREMONIAL - CULTO - RELACIONES INTERNACIONALES Y COOPERACIÓN - GESTIÓN ESTRATÉGICA - CALIDAD INSTITUCIONAL Y GOBIERNO ABIERTO - UNIDAD DE GESTIÓN DEL CUMPLIMIENTO - UNIDAD DE COORDINACIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO - GESTIÓN ESTRATÉGICA Y CALIDAD INSTITUCIONAL GESTIÓN ESTRATÉGICA CALIDAD INSTITUCIONAL Y GOBIERNO ABIERTO ENTE DE TURISMO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - GERENCIA OPERATIVA METODOLOGÍAS Y ANÁLISIS - RELACIONES INSTITUCIONALES DEL COPE - SUBGERENCIA OPERATIVA APOYO EN PLANEAMIENTO ESTRATÉGICO - RELACIONES INSTITUCIONALES - ENLACE ADMINISTRATIVO - CEREMONIAL PRODUCCIÓN Y SERVICIOS - ORGANIZACIÓN Y COORDINACIÓN DE AUDIENCIAS - ORGANIZACIÓN Y LOGÍSTICA - TRANSPORTE VIAJES Y VISITAS - RELACIONES CON LOS CULTOS - COOPERACIÓN INTERNACIONAL - RELACIONES INTERNACIONALES - RELACIONES MULTILATERALES - COORDINACIÓN Y MONITOREO ESTRATÉGICO - ARTICULACIÓN INSTITUCIONAL - GOBIERNO ABIERTO
Publicación:
19/06/2018
Sanción:
15/06/2018
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
La Ley N° 5.460 (texto consolidado por Ley N° 5.666) y su modificatoria N° 5.960, el
Decreto N° 363/15 y modificatorios, el Decreto N° 64/17 y el Expediente Electrónico N°
15.073.294-MGEYA-SGYRI/18, y
CONSIDERANDO:
Que la actual administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
tiene por objetivo desarrollar diversas políticas públicas para mejorar la eficiencia y la
eficacia de su gestión, siendo la implementación y mejora constante de sus estructuras
organizativas una de las acciones centrales para la consecución de ese objetivo;
Que dichas políticas, entre otros aspectos, se han enfocado en pos del desarrollo de
un plan operativo estratégico creando nuevas políticas de recursos humanos,
promoción de una nueva cultura de trabajo, modernización de procesos y mecanismos
administrativos, así como la creación y el establecimiento de nuevas estructuras
orgánico funcionales;
Que por la Ley N° 5.460 y su modificatoria la Ley N° 5.960, se sancionó la Ley de
Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose
entre las Secretarías del Poder Ejecutivo a la Secretaría General y de Relaciones
Internacionales;
Que mediante el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, se aprobó la estructura
orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, hasta el nivel de Dirección General;
Que por el Decreto N° 684/09 y sus modificatorios, se aprobó el Régimen Gerencial
para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que mediante el Decreto N° 64/17, se modificó la estructura correspondiente al
régimen gerencial de la Secretaría General y de Relaciones Internacionales, en sus
dos niveles, Gerencia y Subgerencia Operativa;
Que en virtud de la experiencia de gestión de gobierno, es menester realizar
modificaciones en la estructura organizativa de la Secretaría General y de Relaciones
Internacionales, a los fines de viabilizar un mejor desarrollo técnico-operativo y una
mayor eficiencia de sus competencias;
Que asimismo, resulta conveniente modificar la estructura correspondiente al Régimen
Gerencial de la Secretaría General y de Relaciones Internacionales, quedando
modificado parcialmente el Decreto N° 64/17.
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°. - Modificase, a partir del 1 de junio de 2018, la estructura organizativa de la
Secretaría General y de Relaciones Internacionales del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, quedando modificado parcialmente el Decreto N° 363/15 y
sus modificatorios, de acuerdo con los Anexos I (IF-2018-15966936-SGYRI)
(Organigrama) y II (IF-2018-15079322-SGYRI) (Responsabilidades Primarias), los que
a todos sus efectos forman parte integrante del presente Decreto.
Artículo 2°. - La Dirección General Técnica y Administrativa dependiente de la
Secretaría Legal y Técnica deberá informar, en un plazo de 30 días, a la Subsecretaría
de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas la
asignación de la dotación de la Secretaría General y de Relaciones Internacionales a
las distintas gerencias y subgerencias operativas en virtud de lo establecido en el
artículo 1° del presente Decreto.
Artículo 3°. - El Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General
Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes para dar
cumplimiento al presente Decreto.
Artículo 4°. - El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Economía y
Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 5°. - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, y a las
Direcciones Generales Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y Desarrollo del
Servicio Civil, ambas del Ministerio de Economía y Finanzas, y para su conocimiento y
demás efectos, remítase a la Secretaría General y de Relaciones Internacionales.
Cumplido archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Mura - Miguel