RESOLUCIÓN 538 2018 AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - LEY 2624
Síntesis:
DEROGADA - SE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO DIGITAL - SISTEMA DE GESTIÓN INTEGRAL - PORTAL WEB DE LA AGC - AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD - INCORPORACIÓN DE RUBROS - AUMENTO O DISMINUCIÓN DE SUPERFICIE - MODIFICACIÓN DEL USO Y DESTINO DE SUPERFICIE ORIGINARIA - CÓDIGO DE HABILITACIONES Y VERIFICACIONES - HABILITACIÓN COMERCIAL
Publicación:
01/10/2018
Sanción:
25/09/2018
Organismo:
AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - LEY 2624
Estado:
No vigente
VISTO:
El Código de Habilitaciones y Verificaciones (Anexo B Ordenanza N° 34.421), la Ley
N° 2.624 (textos consolidados Ley N° 5.666), el Decreto N° 197/GCABA/17, la
Resolución N° 178/AGC/17 y sus modificatorias, y el Expediente Electrónico N°
23989710-MGEYA-AGC-18, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 2.624 se creó la Agencia Gubernamental de Control, como entidad
autárquica en el ámbito del Ministerio de Justicia y Seguridad de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, estableciéndose como la encargada de ejecutar y aplicar las políticas
de su competencia, ejerciendo el contralor, fiscalización, entre otras, en materias
relacionadas a Obras civiles, públicas y privadas comprendidas por el Código de la
Edificación y que no estén regidas por una Ley Especial, y en materias relacionadas a
habilitaciones de todas aquellas actividades comprendidas en el Código respectivo
que se desarrollan en la Ciudad, así como el otorgamiento de permisos para aquellas
actividades llevadas a cabo en dominios de uso público y privado;
Que mediante el Decreto N° 197/GCABA/17 se aprobó el nuevo procedimiento digital
para el inicio de trámites de habilitación, solicitudes de transferencia, ampliación de
rubro y/o superficie y baja del certificado de habilitación, contemplando asimismo las
notificaciones electrónicas;
Que a través del mencionado Decreto se establece que la Autoridad de Aplicación
dispondrá de una plataforma digital para las tramitaciones previstas en el Capítulo 2.2,
de la Sección II del Título Primero del Código de Habilitaciones y Verificaciones, como
así también para aquellas que por vía de reglamentación la Autoridad de Aplicación
disponga;
Que por medio del artículo 7° del Decreto N° 197/GCABA/17, se establece como
autoridad de aplicación a esta Agencia Gubernamental de Control, pudiendo dictar las
normas complementarias, interpretativas, aclaratorias y reglamentarias que resulten
necesarias para la correspondiente instrumentación del presente;
Que mediante la Resolución N° 178/AGC/17 y sus modificatorios, se aprobó el
procedimiento digital a través del Sistema de Gestión Integral, mediante el portal Web
de la AGC, para el inicio de las solicitudes de habilitación comercial;
Que asimismo, la Sección 2 Capitulo 2.1 el artículo 2.1.10 del Código de Habilitaciones
y Verificaciones establece que "Cuando una actividad habilitada incorpore nuevos
rubros o aumente la superficie originaria, deberán gestionar la correspondiente
habilitación de ampliación. En caso de incorporación de rubros, en tanto no se
modifique la distribución o estructura de los locales, no se requerirá la presentación de
planos de habilitación.";
Que en este contexto, la Dirección General de Habilitaciones y Permisos dependiente
de la AGC manifestó la necesidad de incorporar al procedimiento digital del SGI, los
trámites de ampliación o disminución de rubros y/o superficie y tramites de
modificación del uso y destino de uno o más espacios físicos.
Que en atención a lo descrito en los párrafos precedentes, resulta necesario
establecer los procedimientos digitales respectivos para ampliación de habilitación,
aprobando los sistemas respectivos y dictando el correspondiente acto administrativo;
Que la Gerencia Operativa de Coordinación Legal dependiente de la Dirección
General Legal y Técnica de ésta Agencia Gubernamental de Control ha tomado
intervención en el marco de su competencia.
Por ello, y en uso de las facultades legalmente atribuidas,
Artículo 1°.- Establézcase el procedimiento digital por medio del Sistema de Gestión
Integral, mediante el portal Web de la AGC http://www.dghpsh.agcontrol.gob.ar/ssit/,
para la incorporación de rubros y/o aumento o disminución de superficie y la
modificación del uso y destino de superficie originaria, conforme Anexo IF-2018-
25597168-DGHP que forma parte integrante de la presente.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Comuníquese a todas las Unidades y Direcciones Generales de esta Agencia, al
Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires, al Consejo Profesional de
Arquitectura y Urbanismo, al Consejo de Ingeniería Civil, al Consejo Profesional de
Ingeniería Industrial y al Consejo Profesional de Ingeniería Mecánica y Electricista.
Cumplido, archívese. Pedace