RESOLUCIÓN 1430 2018 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Síntesis:

ESTABLECE VALOR HORA - COMPENSACIÓN POR RECARGO DE SERVICIOS - ARTÍCULO 19 - DECRETO 47-17 - JEFE - SUBJEFE - SUPERINTENDENTE - COMISIONADO GENERAL -COMISIONADO MAYOR - COMISARIO - SUBCOMISARIO - INSPECTOR PRINCIPAL - INSPECTOR - OFICIAL MAYOR - OFICIAL PRIMERO - OFICIAL - OFICIAL AYUDANTE - OFICIAL PRIMERO - GAOS - OFICIAL SEGUNDO - OFICIAL TERCERO -  RESOLUCIÓN DE FIRMA CONJUNTA 1229-MEFGC-18 - MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS - MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD - POLICÍA DE LA CIUDAD - POLICÍA METROPOLITANA 

Publicación:

29/10/2018

Sanción:

19/10/2018

Organismo:

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS


VISTO:

Las Leyes N° 5.460 (texto consolidado por Ley N° 5.666) y su modificatoria N° 5.960,

N° 5.688, el Decreto N° 47/17 y sus modificatorios, el Convenio N° 1/16 aprobado

mediante Resolución N° 298/LCBA/15, las Resoluciones de Firma Conjunta Nros.

1685/MHGC/17, 788/MHGC/18,

1229/MEFGC/18,

el Expediente

25023364/DGALS/2018, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 5.460 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que la Ley N° 5.960 modificó la citada Ley con el objeto de reorganizar

responsabilidades, competencias y funciones de distintas áreas de gobierno;

Que en tal sentido, se modificó la denominación del Ministerio de Hacienda, el que

pasó a denominarse Ministerio de Economía y Finanzas;

Que mediante el "Convenio de Transferencia Progresiva a la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires de facultades y funciones de seguridad en todas las materias no

federales ejercidas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires" suscripto el 5 de enero

de 2016 entre el Presidente de la Nación y el Jefe de Gobierno de la Ciudad de

Buenos Aires se acordó la transferencia a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de los

efectivos de la Policía Federal Argentina que cumplen funciones de seguridad en

materias no federales en el ámbito territorial local;

Que por Resolución N° 298/LCBA/15 la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires

aprobó el mentado Convenio de Transferencia, registrado bajo el N° 1/16;

Que la Ley N° 5.688 dispuso la creación de la Policía de la Ciudad y estableció que el

personal transferido a la Ciudad de Buenos Aires y el personal de la Policía

Metropolitana integran aquélla a partir del 1°de enero de 2017;

Que el Jefe de Gobierno estableció la estructura salarial de la Policía de la Ciudad en

el Decreto 47/17 y sus modificatorios;

Que mediante el artículo 2 del Decreto 245/17 se modificó el artículo 19 del Anexo I

del Decreto 47/17, el cual quedó redactado del siguiente modo: "Artículo 19.- La

compensación por recargo de servicio, de carácter no remunerativo y no bonificable,

es percibida por el personal que cumpla servicios extraordinarios fuera del horario

normal de labor, liquidándose cuando los mismos excedan una (1) hora diaria. La

compensación por recargo de servicios equivale a un monto fijo por hora excedente

trabajada, conforme al grado del personal. El monto de la compensación por recargo

de servicios es determinado en forma conjunta por los Ministros de Justicia y

Seguridad y Hacienda."

Que mediante la Resolución Conjunta N° 1685/MHGC/17 se estableció el monto por

hora de la compensación por recargo de servicios correspondiente a cada grado del

escalafón de la Policía de la Ciudad;

Que resulta conveniente incrementar el valor fijado en la citada Resolución para los

grados de Oficial Ayudante, Oficial y Oficial Primero de la Policía de la Ciudad, a partir

del 1 de noviembre de 2018;

Que por otra parte, mediante Resolución Conjunta N° 1229/MEFGC/18 se

establecieron los tramos de incremento salarial correspondientes a los meses de

octubre y diciembre de 2018 para el personal de la Policía de la Ciudad, pero se omitió

aclarar que la mencionada pauta de incremento se aplica a los suplementos

contemplados en los artículos 12, 13, 14, 15, 27, 28, 33 inciso b), 34, 35 inciso a), 36 y

40 del Decreto N° 47/17 y sus modificatorios;

Que a fin de evitar toda duda en la aplicación de la pauta de incremento salarial fijada

para el personal de la Policía de la Ciudad, es conveniente aclarar expresamente que

los suplementos citados supra se incrementan en la misma proporción que el salario

básico, en las fechas establecidas en los artículos 3°, 4°, 5° y 6° de la Resolución

Conjunta N° 1229/MEFGC/18;

Por ello, y de acuerdo con las facultades conferidas por la Ley N° 5460 y su

modificatoria N° 5960 y el Decreto 47/17 y sus modificatorios,

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

Y EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

RESUELVEN

Artículo 1.- Establecer a partir del 1° de noviembre de 2018 el valor hora de la

compensación por recargo de servicios establecida en el artículo 19 del Anexo I del

Decreto 47/17 y sus modificatorios, en los siguientes montos:

JEFE

$ 495,08

SUBJEFE

$ 470,33

SUPERINTENDENTE

$ 435,67

COMISIONADO GENERAL

$ 396,07

COMISIONADO MAYOR

$ 356,46

COMISARIO

$ 316,85

SUBCOMISARIO

$ 297,05

INSPECTOR PRINCIPAL

$ 277,25

INSPECTOR

$ 237,64

OFICIAL MAYOR

$ 198,03

OFICIAL PRIMERO

$ 156,91

OFICIAL

$ 151,47

OFICIAL AYUDANTE

$ 138,34

OFICIAL PRIMERO - G.A.O.S.

$ 277,25

OFICIAL SEGUNDO - G.A.O.S.

$ 257,44

OFICIAL TERCERO - G.A.O.S.

$ 237,64

Artículo 2.- Determínase que los suplementos establecidos en los artículos Nros. 12,

13, 14, 15, 27, 28, 33 inciso b), 34, 35 inciso a) 36 y 40 del Decreto N° 47/17 y sus

modificatorios se ajustan en la misma proporción que el salario básico en las fechas

mencionadas en los artículos 3, 4, 5 y 6 de la Resolución de Firma Conjunta N°

1229/MEFGC/18.

Artículo 3.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en la presente será

imputado a las partidas presupuestarias correspondientes.

Artículo 4.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en la

Orden del Día de la Policía de la Ciudad. Comuníquese a la Subsecretaría de Gestión

de Recursos Humanos y a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y

Presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, a la Secretaría de Seguridad, a la

Secretaría de Administración de Seguridad, a la Subsecretaría de Gestión

Administrativa y de Recursos Humanos de Seguridad, a la Dirección General

Administración de Recursos Humanos de Seguridad del Ministerio de Justicia y

Seguridad y al Instituto Superior de Seguridad Pública, y para su conocimiento y

demás efectos, pase a la Secretaría de Seguridad. Cumplido, archívese. Ocampo -

Mura

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Resolución 1430-MEFGC-MJYSGC-18 establece a partir del 1 de noviembre de 2018 el valor hora de la compensación por recargo de servicios establecida mediante la Resolución Conjunta 1685-MHGC-MJYSGC<strong>-</strong>17.  </p>
COMPLEMENTA
<p>Art. 2 de la Resolución Conjunta 14-MEFGC-18 determina que los suplementos establecidos en los art. 12,<br />13, 14, 15, 27, 28, 33 inciso b), 34, 35 inciso a) 36 y 40 del Decreto N° 47/17 y sus modificatorios se ajustan en la misma proporción que el salario básico en las fechas mencionadas en los artículos 3, 4, 5 y 6 de la Resolución de Firma Conjunta 1229-MEFGC-18.</p>