DECRETO 415 2018

Síntesis:

RECATEGORIZACIÓN DE PERSONAL POLICIAL - OFICIALES - ESCALAFÓN GENERAL POLICIAL - CONVENIO DE TRANSFERENCIA PROGRESIVA - POLICÍA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - POLICÍA METROPOLITANA - POLICIA FEDERAL - INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA - ENTRADA EN VIGENCIA - 1 DE ENERO DE 2019

Publicación:

12/12/2018

Sanción:

07/12/2018

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO:

La Ley N° 5688 (texto consolidado mediante Ley N° 6017), los Decretos Nros. 234/17

y 391/18, el Expediente N° 33077810/MGEYA-SECS/18, y

CONSIDERANDO:

Que entre el Estado Nacional y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

se suscribió el "Convenio de transferencia progresiva a la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires de facultades y funciones de seguridad en todas las materias no

federales ejercidas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", mediante el cual se

dispuso el traspaso a la Ciudad de parte del personal de la Policía Federal Argentina,

el que fue registrado bajo el N° 1/16 y aprobado por la Legislatura de la Ciudad de

Buenos Aires mediante Resolución N° 298/LCBA/15;

Que por la Ley N° 5688 se creó la Policía de la Ciudad de Buenos Aires y se dispuso

su integración, a partir del 1° de enero de 2017, con el personal de la Policía

Metropolitana y el personal transferido en virtud del mencionado Convenio;

Que el artículo 121 de la Ley N° 5688 establece el Escalafón General Policial y

enumera en orden decreciente los grados que lo componen, siendo el más bajo el de

Oficial;

Que en el artículo 122 se enumeran los cuadros de oficiales en los que se estructuran

los grados del Escalafón General Policial;

Que la precitada Ley reguló en sus cláusulas transitorias el procedimiento de

integración al Escalafón General de la Policía de la Ciudad del personal de las dos

fuerzas de seguridad preexistentes;

Que en este sentido, por la cláusula transitoria sexta se establecieron las

equivalencias entre los grados de la Policía de la Ciudad, la Policía Federal Argentina

y la Policía Metropolitana, y se dispuso que los Cabos y Cabos 1° de la Policía Federal

Argentina integrarían el grado de Oficial de la Policía de la Ciudad;

Que al mismo tiempo, mediante la cláusula transitoria octava se creó el grado

transitorio de Oficial Ayudante en el Escalafón General Policial de la Policía de la

Ciudad, conformado por quienes revistaban el grado de Agente en la Policía Federal

Argentina al momento de su traspaso a la Ciudad;

Que, por otra parte, mediante el Anexo II del Decreto N° 234/17 se reglamentó el

procedimiento de ascenso ordinario de la Policía de la Ciudad;

Que se han implementado procedimientos de ascensos y como resultado de ello,

muchos de los ex Agentes, Cabos y Cabos 1° de la Policía Federal Argentina han sido

promovidos al grado superior, Oficial y Oficial Primero respectivamente quedando aún

al 1° de enero de 2019, personal en el grado transitorio de Oficial Ayudante, que se

habrá desempeñado en el mismo durante dos años;

Que a la vez, durante el mes de diciembre de 2018 egresará del Instituto Superior de

Seguridad Pública la promoción anual de Cadetes que se integrarán al grado de Oficial

en un escalón jerárquico superior a los Oficiales Ayudantes;

Que la experiencia de dos años que han adquirido los ex Agentes transferidos a la

Ciudad en el grado de Oficial Ayudante los ha dotado de las herramientas prácticas y

los conocimientos necesarios para desempeñarse en el grado de Oficial de la Policía

de la Ciudad;

Que por ello resulta conveniente, a los efectos de ordenar definitivamente el Escalafón

General Policial de la Policía de la Ciudad, acelerar el proceso de eliminación del

grado transitorio de Oficial Ayudante, recategorizando a todo el personal que lo integre

al 1° de enero de 2019 e incorporarlo en el grado de Oficial de la Policía de la Ciudad;

Que asimismo, a los efectos de reconocer el mérito de los Oficiales Ayudantes que

han ascendido al grado de Oficial mediante el procedimiento de evaluación sucesiva y

selección del ascenso, resulta necesario establecer que quienes sean recategorizados

en esta oportunidad, se integrarán al grado de Oficial en una ubicación escalafonaria

inferior a quienes han ascendido mediante el proceso regulado en el Anexo II del

Decreto N° 234/17;

Que es necesario destacar que el Decreto N° 234/17 reglamenta el artículo 117 de la

Ley y establece, en su Anexo I, la conformación del Orden Escalafonario dentro de

cada grado, disponiendo que los egresados del Instituto Superior de Seguridad Pública

se integran al Escalafón General en el último puesto del grado de Oficial;

Que el sentido de esta norma consiste en colocar a quienes acaban de abandonar la

condición de cadetes y adquieren la condición de policías, en el último lugar del

Escalafón General de la Policía de la Ciudad, subordinados jerárquicamente al resto

del personal con estado policial que en función de su mayor experiencia debe guiarlos

en el ejercicio de su función pública;

Que consiguientemente corresponde determinar que los Oficiales recategorizados en

esta oportunidad se colocan escalafonariamente por sobre la promoción de Cadetes

egresados en el mes de diciembre de 2018 a la Policía de la Ciudad;

Que, en este orden de ideas, es preciso establecer el orden escalafonario del grado de

Oficiales de la Policía de la Ciudad que se conformará, a partir del 1° de enero de

2019, según el siguiente orden decreciente: a) Quienes revistaron el grado de Oficial al

31 de diciembre de 2018 y no han ascendido o no han sido promovidos; b) Quienes

han ascendido al grado de Oficial en el marco del procedimiento de ascenso 2018; c)

Quienes resulten recategorizados en el grado de Oficial por el presente Decreto; d)

Los Oficiales egresados del Instituto Superior de Seguridad Pública en el mes de

diciembre de 2018;

Que en virtud de la incorporación de más de 1800 Cadetes en el mes de diciembre de

2018 y de la recategorización propiciada por el presente, el grado de Oficial se

incrementará en casi cinco mil efectivos alcanzando un total de más de catorce mil

integrantes, de los cuales sólo 556 se encuentran en condición de ascenso en la Junta

de Calificaciones;

Que el grado inmediato superior, de Oficial Primero, cuenta en la actualidad con 3.495

integrantes, de los cuales una porción ascenderá el 1° de enero de 2019 al grado de

Oficial Mayor, y que recibirá por ascenso un máximo de 556 personas;

Que resulta notoria la desproporción numérica existente entre el grado de Oficial y

Oficial Primero, los dos grados inferiores del Cuadro de Oficiales Operativos de la

Policía de la Ciudad;

Que una adecuada distribución y organización del trabajo dentro de la Policía requiere

que exista una razonable relación numérica entre superiores e inferiores, a fin de

permitir un eficaz ejercicio de la conducción y supervisión que deben ejercer los

grados más altos sobre los subordinados;

Que en consecuencia, resulta conveniente recategorizar a la porción de Oficiales que

cuenta con mayor antigüedad y experiencia -conformada por quienes revistaban como

Cabos y Cabos 1° en la Policía Federal Argentina-, colocándolos en el último lugar

escalafonario del grado de Oficial Primero, a efectos de reconstituir la proporción

dentro de la pirámide jerárquica en que se organizan los distintos grados del Escalafón

General Policial;

Que como resultado de esta recategorización, el grado de Oficial estará conformado

por un total aproximado de diez mil efectivos, y el grado de Oficial Primero por un total

de siete mil setecientos integrantes;

Que por lo expuesto, corresponde establecer que el orden escalafonario del grado de

Oficial Primero de la Policía de la Ciudad se conforma según el siguiente orden

decreciente: a) Quienes revistaron en el grado de Oficial Primero durante 2018 y no

ascendieron al grado de Oficial Mayor; b) Quienes ascendieron del grado de Oficial al

grado de Oficial Primero en el procedimiento de ascenso 2018; c) Los Oficiales

recategorizados como Oficial Primero en el artículo 2 del presente Decreto, en el orden

escalafonario que tuvieron en el grado de Oficiales durante el año 2018;

Que de esta forma se propicia una eficiente distribución de los recursos humanos de la

Policía de la Ciudad, lo cual redundará en una mejora de la prestación del servicio

público de seguridad y un incremento en la calidad de vida de los vecinos de la

Ciudad;

Que por Decreto N° 391/18 se encomendó con carácter ad honorem, al Vicejefe de

Gobierno, señor Diego César Santilli, las atribuciones necesarias para conducir y

coordinar el Ministerio de Justicia y Seguridad, en el cumplimiento de los objetivos

asignados al mismo;

Que ha tomado intervención la Dirección General Administrativa y Legal de Seguridad,

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1°.- Establécese la recategorización del personal que al 1° de enero de 2019

integre el grado de Oficial Ayudante de la Policía de la Ciudad, en el grado de Oficial,

en el orden escalafonario establecido en el artículo 3° del presente Decreto.

Artículo 2°.- Establécese la recategorización en el grado de Oficial Primero de la

Policía de la Ciudad del personal que ha revistado con el grado de Cabo y Cabo 1° en

la Policía Federal Argentina, que por aplicación de la cláusula transitoria sexta de la

Ley N° 5688, fue incorporado a la Policía de la Ciudad con el grado de Oficial y que al

1° de enero de 2019 no haya ascendido, en el orden escalafonario establecido en el

artículo 4° del presente Decreto.

Artículo 3°.- Apruébase, a partir del 1° de enero de 2019, el orden escalafonario del

grado de Oficial de la Policía de la Ciudad el que se conforma según el siguiente orden

decreciente

1. Quienes revistaron en el grado de Oficial durante 2018 y no han ascendido en el

proceso de ascenso 2018, ni han sido recategorizados como Oficiales Primero por

este Decreto, en el orden escalafonario que tienen por aplicación del Anexo I del

Decreto N° 234/17;

2. Los Oficiales Ayudantes que asciendan al grado de Oficial en el procedimiento de

ascenso 2018, de acuerdo al régimen establecido en el Anexo II del Decreto N°

234/17, en el orden escalafonario determinado por el Orden de Mérito de la Junta de

Calificaciones, conforme lo establecido en el Anexo I del Decreto N° 234/17;

3. Los Oficiales Ayudantes recategorizados en el grado de Oficial por el artículo 1 del

presente Decreto, en el orden escalafonario que tuvieron en el grado de Oficial

Ayudante en 2018;

4. Los Cadetes egresados del Instituto Superior de Seguridad Pública en diciembre de

2018, en el orden escalafonario establecido por el Orden de Mérito obtenido al egreso,

conforme lo dispuesto en el Anexo I del Decreto N° 234/17.

Artículo 4°.- Apruébase, a partir del 1° de enero de 2019, el orden escalafonario del

grado de Oficial Primero de la Policía de la Ciudad, el que se conforma según el

siguiente orden decreciente:

1. Quienes revistaron en el grado de Oficial Primero durante 2018 y no ascendieron al

grado de Oficial Mayor, en el orden escalafonario que tienen por aplicación del Anexo I

del Decreto N° 234/17;

2. Quienes ascendieron del grado de Oficial al grado de Oficial Primero en el

procedimiento de ascenso 2018, de acuerdo al régimen establecido en el Anexo II del

Decreto N° 234/17, en el orden escalafonario determinado por el Orden de Mérito de la

Junta de Calificaciones, conforme lo establecido en el Anexo I del Decreto N° 234/17;

3. Los Oficiales recategorizados como Oficial Primero por el artículo 2 del presente

Decreto, en el orden escalafonario que tuvieron en el grado de Oficiales durante el año

2018.

Artículo 5°.- Facúltase al ViceJefe de Gobierno, conforme lo instituido por el Decreto

N° 391/18, a dictar las normas complementarias, aclaratorias y operativas que fueren

necesarias para la aplicación del presente Decreto.

Artículo 6°.- El presente Decreto surte efectos a partir del 1° de enero de 2019.

Artículo 7°.- El presente Decreto es refrendado por el señor ViceJefe de Gobierno

(Decreto N° 391/18) y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 8°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección

General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del Ministerio de Economía y

Finanzas, a la Secretaría de Seguridad, a la Secretaría de Administración de

Seguridad, a la Jefatura de la Policía de la Ciudad, a la Dirección General de

Administración de Recursos Humanos de Seguridad del Ministerio de Justicia y

Seguridad y al Instituto Superior de Seguridad Pública y para su conocimiento y demás

efectos, pase al Ministerio de Justicia y Seguridad. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ

LARRETA - Santilli p/p - Miguel

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Decreto 415-18 establece la recategorización del personal incorporado a la Policía de la Ciudad en virtud de las distintas Cláusulas Transitorias de la Ley 5688 (reglamentadas mediante los Anexos I y II del Decreto 234-17 a partir del 1º de enero de 2019. </p>
COMPLEMENTA
<p>El Decreto 415-18 establece la recategorización del personal incorporado a la Policía de la Ciudad en virtud de las Cláusulas Transitorias de la Ley 5688, a partir del 1º de enero de 2019. </p>