RESOLUCIÓN 3991 2018 MINISTERIO DE EDUCACION E INNOVACION

Síntesis:

DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES - INSTITUTO SUPERIOR DEL PROFESORADO DR. JOAQUÍN V. GONZÁLEZ - MARIANA ETHEL ROSETTI - RECTORA - CLAUDIA FABIANA SOTO - VICERRECTORA - MARTÍN GREGORIO CIFUENTES - VICERRECTOR - INSTITUTOS SUPERIORES DE PROFESORADO - MINISTERIO DE EDUCACIÓN E INNOVACIÓN - REGULACIÓN - REGLAMENTO ORGÁNICO MARCO - NULIDAD DE OFICIO - PROCEDIMIENTO

Publicación:

14/12/2018

Sanción:

06/12/2018

Organismo:

MINISTERIO DE EDUCACION E INNOVACION


VISTO:

La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley Nacional de

Educación Superior N° 24.521, la Ley Nacional de Educación N° 26.206, la Ley N°

5.460 (texto consolidado por Ley N° 6.017) y su modificatoria Ley N° 5.960, las

Resoluciones del Consejo Federal de Educación N° 72/08 y 140/2011, las

Resoluciones N° 135-01/SEDyC/95 y N° 1316-MEGC/13 y el Expediente Electrónico

2018-30453601-MGEYA-ESC201104 y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, reconoce y garantiza un

sistema educativo inspirado en los principios de la libertad, la ética y la solidaridad,

tendiente a un desarrollo integral de la persona en una sociedad justa y democrática,

asegurando la igualdad de oportunidades y posibilidades para el acceso, permanencia,

reinserción y egreso del sistema educativo;

Que por la Ley N° 5.460 (texto consolidado por Ley N° 6.017) y su modificatoria Ley N°

5.960, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires,

contemplando entre los Ministerios al de Educación e Innovación;

Que el Ministerio de Educación e Innovación, tiene entre sus responsabilidades

primarias la de diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas

educativos que conformen un sistema educativo único e integrado, a fin de contribuir al

desarrollo individual y social;

Que en el Expediente referenciado obra la presentación efectuada por representantes

del Instituto Superior del Profesorado "Dr. Joaquín V. González", elevando el resultado

de los comicios en la institución a fin del dictado del acto administrativo para ser

formalmente designados como autoridades del mencionado instituto en función del

resultado que arrojaron los comicios recientemente celebrados;

Que la Ley de Educación Superior N° 24.521 establece que corresponde a las

provincias y a la entonces Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, el gobierno y

organización de la educación superior no universitaria en sus respectivos ámbitos de

competencia, así como dictar normas que regulen la creación, modificación y cese de

institutos de educación superior y el establecimiento de las condiciones a que se

ajustará su funcionamiento;

Que conforme dispone el artículo 74 de la Ley de Educación Nacional N° 26.206,

corresponde al Ministerio de Educación y al Consejo Federal de Educación acordar las

políticas y los lineamientos para la organización y administración del sistema formador;

Que en tal sentido, y de acuerdo con lo establecido en su artículo 37, el planeamiento

educativo es una responsabilidad que corresponde a los niveles nacional y

jurisdiccional;

Que por Resolución N° 72/08 del Consejo Federal de Educación, el Sistema de

Formación Docente, está coordinado federalmente por el Instituto Nacional de

Formación Docente y cada jurisdicción deberá sancionar un Reglamento Orgánico

Marco atendiendo a los criterios establecidos en la citada norma;

Que conforme su artículo 3°, corresponde a las Direcciones de Nivel de cada

jurisdicción, o su equivalente, la responsabilidad primaria de gestionar el sistema

formador docente respectivo;

Que por la Resolución N° 140/11 del Consejo Federal de Educación se aprobaron los

"Lineamiento Federales para el Planeamiento y Organización Institucional del Sistema

Formador", y se estableció que las autoridades jurisdiccionales producirán a partir del

año 2012, las acciones que permitan adecuar la organización de sus respectivos

sistemas formadores a lo allí establecido;

Que asimismo establece que corresponde a las jurisdicciones formular e implementar

el planeamiento y adecuar la organización de sus respectivos sistemas formadores, a

las condiciones y características establecidas en dicha resolución;

Que por ello, mediante la Resolución N° 1316/MEGC/13, se aprobó el Reglamento

Orgánico Marco de la Escuelas Superiores que establece, entre otras disposiciones,

los requisitos, condiciones y procedimientos del acto eleccionario para ejercer los

cargos de Rector/Vicerrector de Nivel Terciario;

Que la Dirección General de Educación Superior de la Subsecretaría de Coordinación

Pedagógica y Equidad Educativa ha elaborado el informe IF-2018-33348346-DGEDS,

precisando entre otros, que a la fecha el Instituto Superior del Profesorado "Dr.

Joaquín V. González" no ha adecuado su Reglamento Orgánico Institucional a lo

previsto en la Resolución N° 1316/MEGC/2013;

Que ello implica que la organización institucional del Instituto Superior de Profesorado

"Dr. Joaquín V. González", presenta diferencias de consideración con el Reglamento

Orgánico Marco; entre otras, se destacan la distinta conformación del Consejo

Directivo del Instituto, los padrones y la diferente ponderación de los votos de los

claustros votantes, además de verificarse otras en materia de organización interna,

conducción académica y administrativa, en las funciones y permanencia en los cargos

de las autoridades electas;

Que el Consejo Directivo del Instituto Superior del Profesorado "Dr. Joaquín V.

González ha puesto en conocimiento el resultado de los comicios celebrados los días

17,18 y 19 de octubre del corriente para la designación de los cargos de Rector y de

Vicerrectores, a partir del 10 de diciembre de 2018;

Que en virtud de lo expresado precedentemente y atento a que el Instituto realizó la

elección de autoridades apartándose de la normativa vigente que rige para todos los

Institutos Superiores de Formación Docente, resulta de aplicación lo previsto en el

Reglamento Orgánico Marco aprobado por Resolución N° 1316/MEGC/2013;

Que a la hora de analizar la legalidad del aludido proceso electivo, se advierte que se

encuentra viciado desde su misma convocatoria, pues las elecciones se cumplieron de

acuerdo a las normas contenidas en el Reglamento Orgánico Institucional del Instituto

Superior de Profesorado, que no se encuentra adecuado al Reglamento Orgánico

Marco aprobado por la Resolución N° 1316/MEGC/2013;

Que a todo evento, la Resolución N° 1316/MEGC/2013 aprobada el 13 de marzo de

2013, además de establecer el Reglamento Orgánico Marco adecuado a la normativa

federal, fijó un plazo de seis (6) meses contados desde su notificación, para que, entre

otros, los Institutos Superiores de Formación Docente adecuaran sus Reglamentos

Orgánicos Institucionales al mencionado Reglamento Orgánico Marco;

Que a la fecha de la presente el Instituto Superior de Profesorado Joaquín V.

González no ha presentado ningún proyecto que se ajuste a lo previsto en la

normativa mencionada;

Que en la actualidad, la adecuación del Reglamento Orgánico Institucional del

mencionado Instituto a la Resolución N° 1316/MEGC/2013, ve renovada su

importancia a la luz de la sanción de la Ley N° 6.053, la que ratifica respecto del

sistema de formación docente, la necesidad de que los Institutos de Formación

Docente dependientes del Ministerio de Educación e Innovación de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, ajusten "su funcionamiento a las políticas y normas que

rigen la actividad de la educación en general y la Educación Superior en particular, en

esta jurisdicción";

Que no obstante lo expuesto, en cuanto al resultado de las elecciones realizadas en el

Instituto Superior de Profesorado Joaquín V. González, cabe destacar que lo

establecido en el régimen electoral previsto en el Reglamento Orgánico Marco daría

un resultado coincidente con el informado por las autoridades de la institución, de

acuerdo a lo elevado por la Dirección General de Educación Superior;

Que sin perjuicio de la falta de validez de los actos emitidos por el Instituto referido,

razones de oportunidad mérito y conveniencia conllevan a primar la expresión

reflejada a través del acto democrático eleccionario para la conformación de las

autoridades de gobierno, lo cual, en consonancia con el informe N ° IF-2018-

33348346-DGEDS, su resultado resulta equiparable a los principios establecidos en el

Reglamento Orgánico Marco, priorizando el normal desarrollo de la actividad

educativa;

Que lo dicho en los considerandos precedentes, en modo alguno puede significar que

el Ministerio de Educación e Innovación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

convalide los actos que no se apeguen a las normas vigentes y no resulten

compatibles con la Ley N° 6.053, que establece la necesidad de adecuar el

funcionamiento de los Institutos Superiores de Formación Docente a las políticas y

normas que rigen la actividad de la educación en general y la Educación Superior en

particular;

Que de lo expuesto resulta que todo acto que no se apegue a dicha condición

resultará nulo y podrá ser decretado de oficio;

Que la Dirección General de Personal Docente y No Docente, mediante NO-2018-

33312926-DGPDYND, ha acompañado la situación de revista de los integrantes de la

fórmula;

Que en virtud de ello, la Dirección General de Educación Superior, en observancia de

los antecedentes exigidos por el artículo 8 del Anexo II de la Resolución N°

1316/MEGC/2013, ha expresado que debe prosperar solo la designación de Mariana

Ethel Rosetti (DNI 21.588.761) en el cargo de Rectora, de Claudia Fabiana Soto (DNI

16.482.837), en el cargo de Vicerrectora, y de Martín Gregorio Cifuentes (DNI

23.242.961), en el cargo de Vicerrector del Instituto Superior del Profesorado Joaquín

V. González, por el término de 4 años;

Que ello, por cuanto cumplen los requisitos exigidos por el Reglamento Orgánico

Marco para ocupar los cargos para los cuales fueron electos;

Que en dicho marco deviene necesario dictar el acto administrativo pertinente;

Que han tomado intervención la Dirección de Formación Docente, la Dirección General

de Educación Superior y Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad

Educativa;

Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la

intervención de su competencia.

Por todo ello, en uso de las facultades que le son propias,

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN E INNOVACIÓN

RESUELVE

Artículo 1°.- Designase a la profesora Mariana Ethel Rosetti, DNI 21.588.761, en el

cargo de Rectora del Instituto Superior del Profesorado Dr. Joaquín V. González, por

el término de 4 (cuatro) años, a partir del 10 de diciembre de 2018;

Artículo 2°.- Designase a la profesora Claudia Fabiana Soto, DNI 16.482.837, en el

cargo de Vicerrectora del Instituto Superior del Profesorado Dr. Joaquín V. González,

por el término de 4 (cuatro) años, a partir del 10 de diciembre de 2018.

Artículo 3°.- Designase al profesor Martín Gregorio Cifuentes, DNI 23.242.961, en el

cargo de Vicerrector del Instituto Superior del Profesorado Dr. Joaquín V. González,

por el término de 4 (cuatro) años, a partir del 10 de diciembre de 2018.

Artículo 4°.- Reitérese que los Institutos Superiores de Profesorado dependientes de

este Ministerio de Educación e Innovación, entre los que se encuentra el Instituto

Superior del Profesorado Dr. Joaquín V. González, se encuentran alcanzados y deben

regirse por el Reglamento Orgánico Marco aprobado por Resolución N°

1316/MEGC/2013, de conformidad con la Ley Nacional de Educación N° 26.206, la

Ley Nacional de Educación Superior N° 24.521, las Resoluciones del Consejo Federal

de Educación N° 72/08 y 140/11, resultando cualquier acto contrario al Reglamento

Orgánico Marco pasible de nulidad, pudiendo ser decretada de oficio.

Artículo 5.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y efectúense

las comunicaciones oficiales a las Subsecretarías de Coordinación Pedagógica y

Equidad Educativa y Carrera Docente y Formación Técnica Profesional, las

Direcciones Generales de Educación Superior y Personal Docente y No Docente, a la

Dirección de Formación Docente, la Gerencia Operativa de Recursos Humanos

Docentes, y notifíquese a los interesados en los términos del artículo 63 de la Ley de

Procedimientos Administrativos Aprobados por Decreto 1.510 (Texto Consolidado Ley

N° 6.017). Acuña

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 4 Resolución 3991-MEIGC-18 reitera que los Institutos Superiores de Profesorado dependientes del Ministerio de Educación e Innovación, se encuentran alcanzados y deben regirse por el Reglamento Orgánico Marco aprobado por Resolución 1316-MEGC-13.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 Resolución 3500-MEIGC-19 rectifica art. 1 Resolución 3991- MEIGC-18.</p><p>Art. 2 rectifica art. 2</p><p>Art. 3 rectifica art. 3</p><p> </p><p> </p>