RESOLUCIÓN 1316 2013 MINISTERIO DE EDUCACION

Síntesis:

APROBACIÓN - REGLAMENTO ORGÁNICO MARCO DE LAS ESCUELAS NORMALES SUPERIORES - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - REGLAMENTO ORGÁNICO MARCO DE LOS INSTITUTOS SUPERIORES DE FORMACIÓN DOCENTE- ENCOMENDACIÓN - DIRECCIÓN DE FORMACIÓN DOCENTE - DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN DE GESTIÓN PRIVADA - ADECUACIÓN DE REGLAMENTOS ORGÁNICOS INSTITUCIONALES - PLAZOS - CARGOS - FUNCIONES - ORGANIZACIÓN - DOCENTES - ALUMNOS - PERSONAL ADMINISTRATIVO - RÉGIMEN ELECTORAL

Publicación:

11/10/2013

Sanción:

13/03/2013

Organismo:

MINISTERIO DE EDUCACION


VISTO:

El expediente N° 2.750.356/12 y

CONSIDERANDO:

Que conforme dispone el artículo 74 de la Ley de Educación Nacional N° 26.606,

corresponde al Ministerio de Educación y al Consejo Federal de Educación acordar las

políticas y los lineamientos para la organización y administración del sistema formador;

Que por Disposición N° 332/DGES/03 se aprobó el Reglamento Orgánico Marco que

sirve como base para la elaboración de los Reglamentos Institucionales de cada

Instituto de Enseñanza Superior dependiente de la Dirección General de Educación

Superior;

Que por Resolución N° 72/08 del Consejo Federal de Educación, el Sistema de

Formación Docente esta coordinado federalmente por el Instituto Nacional de

Formación Docente y cada jurisdicción deberá sancionar un Reglamento Orgánico

Marco atendiendo a los criterios establecidos en la citada norma;

Que por Resolución N° 140/11 del Consejo Federal de Educación se aprobaron los

"Lineamientos Federales para el Planeamiento y Organización Institucional del

Sisitema Formador", y se estableció que las autoridades jurisdiccionales producirán a

partir del año 2012 las acciones que permitan adecuar la organización de sus

respectivos sistemas formadores a lo allí establecido;

Que resulta preciso contar con un Reglamento Orgánico Marco que se adecue a los

lineamientos trazados por el Instituto Nacional de Formación Docente; que sirva de

base a todos los Reglamentos Orgánicos Institucionales de los Institutos dependientes

de la Dirección de Formación Docente y de la Dirección General de Educación de

Gestión Privada;

Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la

intervención que le compete.

Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL MINISTRO DE EDUCACION

RESUELVE

Artículo 1.- Apruébase el Reglamento Orgánico Marco de las Escuelas Normales

Superiores que servirá como base para la elaboración de los Reglamentos Orgánicos

específicos de cada Escuela Normal Superior dependiente de la Dirección de

Formación Docente, que como Anexo I forma parte de la presente Resolución.

Articulo 2.- Apruebase el Reglamento Orgánico Marco de los Institutos Superiores de

Formación Docente que servirá como base para la elaboración de los Reglamentos

Orgánicos específicos de cada Instituto Superior de Formación Docente dependiente

de la Dirección de Formación Docente, que como Anexo II forma parte de la presente

Resolución.

Articulo 3.- Apruebanse el Reglamento Orgánico Marco de los Institutos Superiores de

Formación Docente que servirá como base para la elaboración de los Reglamentos

Orgánicos específicos de cada Instituto Superior de Formación Docente dependiente

de la Dirección General de Educación de Gestión Privada, que como Anexo III forma

parte de la presente Resolución.

Articulo 4.- Encomiéndase a las Escuelas Normales Superiores y a los Institutos

Superiores de Formación Docente dependientes de la Dirección de Formación

Docente y de la Dirección General de Educación de Gestión Privada, la adecuación de

sus Reglamentos Orgánicos Institucionales a lo dispuesto por los Anexos I, II y III de la

presente Resolución.

Articulo 5.- Establecese un plazo de hasta seis (6) meses a partir de la notificación de

la presente Resolución, para que las instituciones en ella comprendidas presenten el

proyecto de Reglamento correspondiente, a los fines de su evaluación y aprobación

por parte del Ministerio de educación.

Articulo 6.- Dejanse sin efecto la Resolución N° 2453/MEGC/08 y la Disposición N°

332/DGES/03.

Articulo 7.- Dese al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos

Aires y comuníquese por copia a la Subsecretaria de Gestión Educativa y

Coordinación Pedagógica, a las Direcciones Generales de Educación Superior, de

Educación de Gestión Privada y de Coordinación Legal e Institucional, a la Dirección

Formación Docente y a todos los establecimientos educativos dependientes de la

Dirección Formación Docente y a los Institutos Superiores de Formación Docente

dependientes de la Dirección General de Educación de Gestión Privada. Cumplido,

archívese. Bullrich


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4256

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REGLAMENTA
Art. 4 del Anexo I de la Res 1316-ME-13 establece que la Escuela Normal Superior se rige, entre otras normas, por la Res 4776-ME-06.
COMPLEMENTA
<p>Art. 1 de la Resolución 1316-ME-13 aprueba el Reglamento Orgánico Marco de las Escuelas Normales Superiores, regidas por Ordenanza 40593.</p><p>Art. 2 aprueba el Reglamento Orgánico Marco de los Institutos Superiores de Formación Docente de Gestión Estatal</p><p>Art. 3 aprueba el Reglamento Orgánico Marco de los Institutos Superiores de Formación Docente de Gestión Privada.</p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 4 Resolución 3991-MEIGC-18 reitera que los Institutos Superiores de Profesorado dependientes del Ministerio de Educación e Innovación, se encuentran alcanzados y deben regirse por el Reglamento Orgánico Marco aprobado por Resolución 1316-MEGC-13.</p>
DEROGA
Art 6 de la Res 1316-ME-13 deja sin efecto la Res 2453-ME-08.
DEROGA
Art 6 de la Res 1316-ME-13 deja sin efecto la Disp 332-DGESUP-03.
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1 de la Disposición 320-DGEGP-15, establece que los institutos de formación docente podrán designar un Coordinador para cada carrera que se desarrolle en la institución formadora cuando el número total de alumnos de la carrera justifique su necesidad,  conforme lo establecido en el Capítulo II Gestión Art. 27 del  Anexo III de la Resolución 1316-MEGC-15.</p><p>Art.3, establece que a la figura del Coordinador de cada carrera de formación docente de los institutos incorporados a la enseñanza oficial de gestión privada, le corresponderá una asignación horaria de 10 -diez- horas cátedra.</p>