ORDENANZA 39736 1983
Síntesis:
LIMITÁSE LA PERCEPCIÓN DE ARANCELES ASISTENCIALES A LOS CASOS PREVISTOS EN LOS ARTS. 4° Y 5° DE LA ORDENANZA N° 33.209.
Publicación:
12/01/1984
Sanción:
22/12/1983
Organismo:
CONCEJO DELIBERANTE
Promulgación:
06/01/1984
Estado:
No vigente
Artículo 1° - Limítase la percepción de los aranceles asistenciales dispuestos por la
Ordenanza número 33.209 (B.M. N° 15.405) a los casos previstos en los artículos
4° y 5° de la misma, quedando así, suprimido el pago directo de la prestación por parte del usuario.
Artículo 2° - Comuníquese, etcétera.
Tipo de relación
Norma relacionada
Detalle
PROMULGADA POR
MODIFICA
Ord. 39736-83 modifica Ord. 33209-76 limita el pago de aranceles a los establecidos en Arts. 4° y 5°, suprime el pago directo de la prestación por parte del usuario.