ORDENANZA 39736 1983

Síntesis:

LIMITÁSE LA PERCEPCIÓN DE ARANCELES ASISTENCIALES A LOS CASOS PREVISTOS EN LOS ARTS. 4° Y 5° DE LA ORDENANZA N° 33.209.

Publicación:

12/01/1984

Sanción:

22/12/1983

Organismo:

CONCEJO DELIBERANTE

Promulgación:

06/01/1984

Estado:

No vigente


El Honorable Concejo Deliberante de

la Ciudad de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

ORDENANZA:

Artículo 1° - Limítase la percepción de los aranceles asistenciales dispuestos por la

Ordenanza número 33.209 (B.M. N° 15.405) a los casos previstos en los artículos

4° y 5° de la misma, quedando así, suprimido el pago directo de la prestación por parte del usuario.

Artículo 2° - Comuníquese, etcétera.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

PROMULGADA POR
MODIFICA
Ord. 39736-83 modifica Ord. 33209-76 limita el pago de aranceles a los establecidos en Arts. 4° y 5°, suprime el pago directo de la prestación por parte del usuario.
RATIFICADA POR
Establece estricto cumplimiento de la Ord. 39.736.