DISPOSICIÓN 207 2018 DIRECCION GENERAL DE CONTADURIA

Síntesis:

SE APRUEBA PROCEDIMIENTO - OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS Y SUS RENDICIONES DE CUENTAS - APRUEBA MODELO DE PLANILLA DE RENDICIÓN DE SUBSIDIOS - REGISTRO DE IDENTIFICACIÓN DE BENEFICIARIOS - RIB - PLANES SOCIALES Y SUBSIDIOS - PSOCS - SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS - SADE - DEROGA DISPOSICIÓN 508-DGCG-11

Publicación:

09/01/2019

Sanción:

21/12/2018

Organismo:

DIRECCION GENERAL DE CONTADURIA


VISTO:

lo previsto en las disposiciones de la Ley N° 70 de Gestión, Administración Financiera

y Control del Sector Público, la Disposición 508/DGCG/2011, el Decreto N° 567/12 y

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 113 de la Ley N° 70 de Sistemas de Gestión, Administración Financiera

de la Ciudad de Buenos Aires y Control del Sector Público de la Ciudad de Buenos

Aires establece que la Dirección General de Contaduría es el órgano rector del

sistema de contabilidad gubernamental responsable de dictar normas, poner en

funcionamiento y mantener dicho sistema en todo el ámbito del sector público;

Que conforme el artículo 4° de la mencionada Ley, dicho régimen legal es aplicable en

lo relativo a la rendición de cuentas de las organizaciones públicas o privadas a las

que se hayan acordado subsidios o aportes y a las instituciones o fondos cuya

Administración, guarda o conservación esté a cargo del Estado de la Ciudad de

Buenos Aires a través de sus jurisdicciones o entidades;

Que asimismo, el artículo 110 in fine establece que "Todos los gastos que se liquiden

en el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires deben observar el requisito de rendición

de cuentas";

Que por Disposición 508/DGCG/2011 se estableció el procedimiento para la rendición

de cuentas de los subsidios;

Que mediante el Decreto N° 567/12 se implementaron en el Sistema de Administración

de Documentos Electrónicos los módulos RIB (Registro de Identificación de

Beneficiarios) que permite la registración de la información relativa a cada uno de los

individuos y PSOCS (Planes Sociales y Subsidios), que permite la tramitación

electrónica total del trámite de otorgamiento de beneficios, desde la solicitud, hasta el

pago en la cuenta del beneficiario;

Que por Disposición 508/DGCG/2011 se estableció el procedimiento para la rendición

de cuentas de los subsidios;

Que toda vez que la Disposición precitada se sustenta en ordenanzas que a la fecha

no se encuentran vigentes, y en concordancia con las políticas de modernización

aludidas se torna necesaria su actualización;

Que a tales fines correspondería derogar a norma vigente e implementar los

procedimientos tendientes a la correcta tramitación de los subsidios sujetos a

rendición;

Por ello,

LA DIRECTORA GENERAL DE CONTADURÍA

DISPONE

Artículo 1°.- Derógase la Disposición N° 508/DGCG/2011.-

Artículo 2°.- Las reparticiones otorgantes de subsidios deberán dar cumplimiento con

lo establecido por la Decreto N° 567/12 utilizando los módulos "REGISTRO DE

IDENTIFICACION DE BENEFICIARIOS" (RIB);Y "PLANES SOCIALES Y SUBSIDIOS"

(PSOCS) del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos (SADE) como

único medio de tramitación de todas las prestaciones que el Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires otorgue a personas físicas o jurídicas con la finalidad de

asistirlas o subvencionarlas.

Artículo 3°.- Apruébese el procedimiento para el otorgamiento de subsidios y sus

rendiciones de cuentas en el modo y forma establecida por el Anexo I (DI-34924770-

DGCG-2018) que forma parte integrante de la presente.

Artículo 4°.- Apruébase el Modelo de Planilla de Rendición de Subsidios que obra en el

Anexo II (DI-34928911-DGCG-2018) que forma parte integrante de la presente.

Artículo 5°.- La presente será de aplicación para todos los subsidios que se otorguen a

partir del 01/01/2019.

Artículo 6°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, y comuníquese a todos los Ministerios, Secretarías y

Organismos Descentralizados. Cumplido, archívese. Gabelli


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5533

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 de la Resolución 207-DGCG-18 establece que las reparticiones otorgantes de subsidios deberán utilizar los módulos RIB y PSOCS del SADE, dando cumplimiento con lo establecido por el Decreto 567-12.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Disposición 59-DGCG-19 deja sin efecto el Modelo de Planilla de Rendición de Subsidios, aprobado por Disposición 207-DGCG-18.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Disposición 5-DGCG-19 rectifica el Anexo II de la Disposición 207-DGCG-18.</p>
DEROGA
<p>Art. 1 de la Disposición 207-DGCG-18 deroga la Disposición 508-DGCG-11.</p>
INTEGRADA POR
<p>Artículo 1° de la Disposición N° 96-DGCG-19 integra la Disposición N° 207/DGCG/2018 de rendición de planes y subsidios con el formato validado bajo el acrónimo IFRSC para rendiciones de bienes y/o servicios adquiridos en el exterior.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1 de la Disposición 216-DGTALMC-19 aprueba los Anexos Lineamientos para la rendición de cuentas Regímenes de Promoción Cultural, Modelo de informe de actividades y financiero, y Modelo de anexo, en el marco de lo dispuesto en la Disposición 207-DGCG-18.</p>