ORDENANZA 47667 1994

Síntesis:

NORMA DEROGADA - PROHIBICIÓN DE FUMAR TABACO - OFICINAS O ESPACIOS DEL ÁMBITO MUNICIPAL CON ATENCIÓN AL PÚBLICO - ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS - HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Publicación:

01/07/1994

Sanción:

07/06/1994

Organismo:

CONCEJO DELIBERANTE

Promulgación:

24/06/1994

Estado:

No vigente


Artículo 1° - Prohíbese fumar tabaco en cualquiera de sus formas dentro de las oficinas o espacios del ámbito municipal en que se atienda al público en gene­ral. La presente incluirá tanto al personal de las mismas como al público que concurriese a éstas, inclúyese también en esta disposición a los organismos descen­tralizados de la Administración Municipal y al Honorable Concejo Deliberante.

Art. 2° - Los funcionarios municipales a cargo de las distintas áreas de todos los organismos, implementa­rán los medios necesarios para el estricto cumplimiento de la presente.

Art. 3° - La presente ordenanza deberá exhibirse en lugar visible en todos los lugares mencionados en el artículo 1°.

Art. 4° - El Intendente Municipal en un plazo de (5) días de remitida la presente, ordenará su publicación en el Boletín Municipal por el término legal de (3) días. Asimismo arbitrará los medios necesarios para que cada Secretaría que de él dependa emita circulares con el objeto de notificar fehacientemente al personal jerár­quico de cada organigrama, sin excepción.

Art. 5° - Comuníquese, etcétera.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
Ord. 47767 prohibición de fumar en espacios públicos de la Ciudad de Bs As, en concordancia con lo dispuesto por el Art. 180 del Reg. Escolar aprobado por Res. 626-SED-80
INTEGRADA POR
Res. 975-SED-00 recuerda la vigencia para establecimientos educativos de la Ord. 47667
REGLAMENTADA POR
Dto. 1608-94 reglamenta la Ord.47.667 Prohibición de fumar en oficinas o espacios públicos del ámbito municipal de atención al público
PROMULGADA POR
DEROGADA POR
<p>Art. 33 de la Ley 1799, deroga la Ordenanza 47667, a partir del 1 de marzo de 2006.</p>