DISPOSICIÓN 43 2018 OFICINA DE TRANSPARENCIA Y CONTROL EXTERNO DE LA POLICIA DE LA CIUDAD - LEY 5688

Síntesis:

APRUEBA - INSTRUCTIVO - DIVULGACIÓN - MECANISMO - PRESENTACIÓN - DECLARACIÓN JURADA DEL PERSONAL - POLICÍA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - CON Y SIN ESTADO POLICIAL - PLAZO - 90 DÍAS - INGRESO - AÑO 2017 - DECLARACIÓN JURADA PATRIMONIAL INTEGRAL ANUAL - DECLARACIÓN JURADA PATRIMONIAL INTEGRAL INICIAL -  DECLARACIÓN JURADA PATRIMONIAL INTEGRAL INICIAL O FINAL - SECRETARÍA DE SEGURIDAD - OFICINA DE TRANSPARENCIA Y CONTROL EXTERNO DE LA POLICÍA DE LA CIUDAD - MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD - SEGURIDAD PÚBLICA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES 

Publicación:

15/01/2019

Sanción:

23/11/2018

Organismo:

OFICINA DE TRANSPARENCIA Y CONTROL EXTERNO DE LA POLICIA DE LA CIUDAD - LEY 5688


VISTO:

Las Leyes N° 4.895 (con texto consolidado según Ley N° 5.666) y N° 5.688, las

Resoluciones N°828/MJYSGC/17 y 1152/MJYSGC/18, el Expediente Electrónico N°

2018-31361909-OTCEPCDAD, y,

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 5.688 establece las bases jurídicas e institucionales fundamentales del

Sistema Integral de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en lo

referente a su composición, misión, función, organización, dirección, coordinación y

funcionamiento, así como las bases jurídicas e institucionales para la formulación,

implementación y control de las políticas y estrategias de seguridad pública;

Que conforme lo normado en el artículo 75 inciso 11) de la Ley N° 5.688, los

integrantes de la Policía de la Ciudad, con y sin estado policial, se encuentran

obligados a presentar una declaración jurada patrimonial;

Que específicamente, la última parte del artículo 34 de la Ley precitada señala que

dicha presentación deberá realizarse al inicio y al final de su función y, a su vez, una

actualización en forma anual;

Que el artículo 109 inciso 7) de la Ley N° 5.688 establece que el personal con estado

policial que integra las filas de la Policía de la Ciudad, debe "presentar y actualizar la

declaración jurada de sus bienes y las modificaciones que se produzcan en su

situación patrimonial y la de su cónyuge, con la periodicidad y los requisitos que

establezca la normativa vigente en la materia";

Que el artículo 255 inciso 5) del mismo cuerpo normativo impone al personal civil sin

estado policial idéntico deber;

Que la Oficina de Transparencia y Control Externo de la Policía de la Ciudad tiene

entre sus responsabilidades primarias proponer al Ministro de Justicia y Seguridad

programas y políticas de promoción de la transparencia en el ámbito de las fuerzas de

seguridad, y de prevención de la corrupción y de aquellas conductas que puedan

constituir faltas éticas y abusos funcionales graves;

Que en igual sentido corresponde a esta repartición recibir las Declaraciones Juradas

Patrimoniales Integrales de los miembros de la Policía de la Ciudad y colaborar con la

autoridad de aplicación de la Ley N° 4.895 (texto consolidado por Ley N° 5.666);

Que sobre el particular, la Ley N° 4.895 tiene como objetivo regular obligaciones,

prohibiciones e incompatibilidades que se aplican al ejercicio de la función pública;

Que la Ley N° 4.895 define a la función como "...aquella actividad temporal o

permanente, remunerada u honoraria, realizada por una persona en nombre del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o al servicio de éste o de sus

organismos, en cualquiera de sus poderes, comunas u órganos de control, en todos

sus niveles y jerarquías, organismos centralizados, descentralizados, entes

autárquicos, organismos de control, organismos de seguridad social, empresas y

sociedades del Estado, sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria,

sociedades de economía mixta y todas aquellas organizaciones donde el Estado de la

Ciudad tenga participación en el capital o en su dirección";

Que al mismo tiempo define al funcionario público como "...toda persona que se

desempeñe en la función pública en todos sus niveles y jerarquías, por elección

popular, designación directa, por concurso o por cualquier otro medio legal,

comprendiéndose a todos los magistrados, legisladores, funcionarios y empleados del

Gobierno de la Ciudad";

Que en tal sentido, el personal que integra las filas de la Policía de la Ciudad reviste el

carácter de funcionario público;

Que por conducto de la Resolución N° 828/MJYSGC/2017, de fecha 31 de octubre de

2017, el Ministro de Justicia y Seguridad aprobó el "Sistema de Declaraciones Juradas

Patrimoniales Integrales de la Policía de la Ciudad", dentro del Sistema SIFOR;

Que en la última parte del artículo 1 del acto aludido, se delega en el titular de la

Oficina de Transparencia y Control Externo de la Policía de la Ciudad la aprobación de

los formularios e instructivos de carga del sistema informático de presentación de las

declaraciones juradas patrimoniales;

Que mediante Resolución N°1152/MJYSGC/18 se encomendó a este órgano de

control a establecer las fechas de presentación de las Declaraciones Juradas anuales

correspondientes al estado patrimonial al 31 de diciembre de 2017, las iniciales

correspondientes al personal que haya ingresado a partir del año 2018 y las finales;

Que la presente medida contribuye en la prevención y erradicación de la corrupción,

siendo necesario proteger los intereses y la actividad pública que realiza la Policía de

la Ciudad;

Que a los fines de brindar la debida difusión a la presente medida, corresponde

solicitar al Sr. Secretario de Seguridad se sirva -por la vía que corresponda- comunicar

el presente a todos los integrantes que, con estado o sin estado policial, integra las

filas de la Policía de la Ciudad;

Que a los fines de cumplir con dicho mandato, resulta necesario el dictado del

presente acto;

Que la Dirección General Administrativa y Legal de Seguridad ha tomado la

intervención de su competencia.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Resolución N°

1152/MJYSGC/2018,

EL TITULAR DE LA OFICINA DE TRANSPARENCIA

Y CONTROL EXTERNO DE LA POLICÍA DE LA CIUDAD

DISPONE:

Artículo 1.- Apruébese el instructivo elaborado para la divulgación del mecanismo para

la presentación de la declaración jurada que el personal de la Policía de la Ciudad de

Buenos Aires, con y sin estado policial, deberá presentar en los términos de la

Resolución N° 1152/MJYSGC/18, en concordancia con los artículos 34, 109 inciso 7) y

255 inciso 5) de la Ley N° 5.688, y que como Anexo I integra la presente.

Artículo 2.- Establézcase el plazo de 90 (noventa) días, a partir de publicada la

presente, para que todo el personal, con o sin estado policial, que haya ingresado a la

Policía de la Ciudad de Buenos Aires durante el año 2017, realice la presentación de

la Declaración Jurada Patrimonial Integral anual, en los términos y de acuerdo a lo que

fuera ordenado mediante la Resolución N° 1152/MJYSGC/18.

Artículo 3.- Establézcase el plazo de 90 (noventa) días, a partir de publicada la

presente, para que todo el personal, con o sin estado policial, que haya ingresado a la

Policía de la Ciudad de Buenos Aires durante el año 2018, realice la presentación de

la Declaración Jurada Patrimonial Integral inicial, en los términos y de acuerdo a lo que

fuera ordenado mediante la Resolución N° 1152/MJYSGC/18.

Artículo 4.- Establézcase que a partir de publicada la presente, para que todo el

personal, con o sin estado policial, que ingrese o se desvincule de la Policía de la

Ciudad de Buenos Aires, realice la presentación de la Declaración Jurada Patrimonial

Integral inicial o final, según corresponda, de acuerdo a los deberes que emanan del

Art. 109 Inc. 5) y Art. 255 Inc. 5) de la Ley N°5688 en concordancia con la Resolución

N° 1152/MJYSGC/18.

Artículo 5.- Requiérase al titular de la Secretaría de Seguridad, para que en el marco

de sus competencias y facultades, proceda por la vía que corresponda a difundir y

comunicar el presente acto a todos los integrantes, con y sin estado policial, de las

filas de la Policía de la Ciudad de Buenos Aires.

Artículo 6.- Comuníquese al Sr. Ministro de Justicia y Seguridad, a la Secretaría de

Seguridad, a la Secretaría de Administración de Seguridad, a la Subjefatura de la

Policía de la Ciudad, a la Dirección General Administrativa y Legal de Seguridad, a la

Dirección General de Estudios y Tecnología de la Información, a la Dirección General

de Recursos Humanos de Seguridad, a la Cumplido, archívese. Palmou

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
<p>Art. 2 de la Resolución 733-MJYSGC-19 prorroga por el término de sesenta 60 días los plazos dispuestos en el Art. 3 de la Disposiciones 43-OTCEPCDAD-18</p>
COMPLEMENTA
<p>Art. 1 de la Disposición 43-OTCEPCDAD-18 aprueba el instructivo elaborado para la divulgación del mecanismo para la presentación de la declaración jurada que el personal de la Policía de la Ciudad de Buenos Aires, con y sin estado policial, en los términos de la Resolución 1152-MJYSGC-18.</p>