DISPOSICIÓN 43 2018 OFICINA DE TRANSPARENCIA Y CONTROL EXTERNO DE LA POLICIA DE LA CIUDAD - LEY 5688
Síntesis:
APRUEBA - INSTRUCTIVO - DIVULGACIÓN - MECANISMO - PRESENTACIÓN - DECLARACIÓN JURADA DEL PERSONAL - POLICÍA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - CON Y SIN ESTADO POLICIAL - PLAZO - 90 DÍAS - INGRESO - AÑO 2017 - DECLARACIÓN JURADA PATRIMONIAL INTEGRAL ANUAL - DECLARACIÓN JURADA PATRIMONIAL INTEGRAL INICIAL - DECLARACIÓN JURADA PATRIMONIAL INTEGRAL INICIAL O FINAL - SECRETARÍA DE SEGURIDAD - OFICINA DE TRANSPARENCIA Y CONTROL EXTERNO DE LA POLICÍA DE LA CIUDAD - MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD - SEGURIDAD PÚBLICA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Publicación:
15/01/2019
Sanción:
23/11/2018
Organismo:
OFICINA DE TRANSPARENCIA Y CONTROL EXTERNO DE LA POLICIA DE LA CIUDAD - LEY 5688
VISTO:
Las Leyes N° 4.895 (con texto consolidado según Ley N° 5.666) y N° 5.688, las
Resoluciones N°828/MJYSGC/17 y 1152/MJYSGC/18, el Expediente Electrónico N°
2018-31361909-OTCEPCDAD, y,
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 5.688 establece las bases jurídicas e institucionales fundamentales del
Sistema Integral de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en lo
referente a su composición, misión, función, organización, dirección, coordinación y
funcionamiento, así como las bases jurídicas e institucionales para la formulación,
implementación y control de las políticas y estrategias de seguridad pública;
Que conforme lo normado en el artículo 75 inciso 11) de la Ley N° 5.688, los
integrantes de la Policía de la Ciudad, con y sin estado policial, se encuentran
obligados a presentar una declaración jurada patrimonial;
Que específicamente, la última parte del artículo 34 de la Ley precitada señala que
dicha presentación deberá realizarse al inicio y al final de su función y, a su vez, una
actualización en forma anual;
Que el artículo 109 inciso 7) de la Ley N° 5.688 establece que el personal con estado
policial que integra las filas de la Policía de la Ciudad, debe "presentar y actualizar la
declaración jurada de sus bienes y las modificaciones que se produzcan en su
situación patrimonial y la de su cónyuge, con la periodicidad y los requisitos que
establezca la normativa vigente en la materia";
Que el artículo 255 inciso 5) del mismo cuerpo normativo impone al personal civil sin
estado policial idéntico deber;
Que la Oficina de Transparencia y Control Externo de la Policía de la Ciudad tiene
entre sus responsabilidades primarias proponer al Ministro de Justicia y Seguridad
programas y políticas de promoción de la transparencia en el ámbito de las fuerzas de
seguridad, y de prevención de la corrupción y de aquellas conductas que puedan
constituir faltas éticas y abusos funcionales graves;
Que en igual sentido corresponde a esta repartición recibir las Declaraciones Juradas
Patrimoniales Integrales de los miembros de la Policía de la Ciudad y colaborar con la
autoridad de aplicación de la Ley N° 4.895 (texto consolidado por Ley N° 5.666);
Que sobre el particular, la Ley N° 4.895 tiene como objetivo regular obligaciones,
prohibiciones e incompatibilidades que se aplican al ejercicio de la función pública;
Que la Ley N° 4.895 define a la función como "...aquella actividad temporal o
permanente, remunerada u honoraria, realizada por una persona en nombre del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o al servicio de éste o de sus
organismos, en cualquiera de sus poderes, comunas u órganos de control, en todos
sus niveles y jerarquías, organismos centralizados, descentralizados, entes
autárquicos, organismos de control, organismos de seguridad social, empresas y
sociedades del Estado, sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria,
sociedades de economía mixta y todas aquellas organizaciones donde el Estado de la
Ciudad tenga participación en el capital o en su dirección";
Que al mismo tiempo define al funcionario público como "...toda persona que se
desempeñe en la función pública en todos sus niveles y jerarquías, por elección
popular, designación directa, por concurso o por cualquier otro medio legal,
comprendiéndose a todos los magistrados, legisladores, funcionarios y empleados del
Gobierno de la Ciudad";
Que en tal sentido, el personal que integra las filas de la Policía de la Ciudad reviste el
carácter de funcionario público;
Que por conducto de la Resolución N° 828/MJYSGC/2017, de fecha 31 de octubre de
2017, el Ministro de Justicia y Seguridad aprobó el "Sistema de Declaraciones Juradas
Patrimoniales Integrales de la Policía de la Ciudad", dentro del Sistema SIFOR;
Que en la última parte del artículo 1 del acto aludido, se delega en el titular de la
Oficina de Transparencia y Control Externo de la Policía de la Ciudad la aprobación de
los formularios e instructivos de carga del sistema informático de presentación de las
declaraciones juradas patrimoniales;
Que mediante Resolución N°1152/MJYSGC/18 se encomendó a este órgano de
control a establecer las fechas de presentación de las Declaraciones Juradas anuales
correspondientes al estado patrimonial al 31 de diciembre de 2017, las iniciales
correspondientes al personal que haya ingresado a partir del año 2018 y las finales;
Que la presente medida contribuye en la prevención y erradicación de la corrupción,
siendo necesario proteger los intereses y la actividad pública que realiza la Policía de
la Ciudad;
Que a los fines de brindar la debida difusión a la presente medida, corresponde
solicitar al Sr. Secretario de Seguridad se sirva -por la vía que corresponda- comunicar
el presente a todos los integrantes que, con estado o sin estado policial, integra las
filas de la Policía de la Ciudad;
Que a los fines de cumplir con dicho mandato, resulta necesario el dictado del
presente acto;
Que la Dirección General Administrativa y Legal de Seguridad ha tomado la
intervención de su competencia.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Resolución N°
1152/MJYSGC/2018,
EL TITULAR DE LA OFICINA DE TRANSPARENCIA
Y CONTROL EXTERNO DE LA POLICÍA DE LA CIUDAD
DISPONE:
Artículo 1.- Apruébese el instructivo elaborado para la divulgación del mecanismo para
la presentación de la declaración jurada que el personal de la Policía de la Ciudad de
Buenos Aires, con y sin estado policial, deberá presentar en los términos de la
Resolución N° 1152/MJYSGC/18, en concordancia con los artículos 34, 109 inciso 7) y
255 inciso 5) de la Ley N° 5.688, y que como Anexo I integra la presente.
Artículo 2.- Establézcase el plazo de 90 (noventa) días, a partir de publicada la
presente, para que todo el personal, con o sin estado policial, que haya ingresado a la
Policía de la Ciudad de Buenos Aires durante el año 2017, realice la presentación de
la Declaración Jurada Patrimonial Integral anual, en los términos y de acuerdo a lo que
fuera ordenado mediante la Resolución N° 1152/MJYSGC/18.
Artículo 3.- Establézcase el plazo de 90 (noventa) días, a partir de publicada la
presente, para que todo el personal, con o sin estado policial, que haya ingresado a la
Policía de la Ciudad de Buenos Aires durante el año 2018, realice la presentación de
la Declaración Jurada Patrimonial Integral inicial, en los términos y de acuerdo a lo que
fuera ordenado mediante la Resolución N° 1152/MJYSGC/18.
Artículo 4.- Establézcase que a partir de publicada la presente, para que todo el
personal, con o sin estado policial, que ingrese o se desvincule de la Policía de la
Ciudad de Buenos Aires, realice la presentación de la Declaración Jurada Patrimonial
Integral inicial o final, según corresponda, de acuerdo a los deberes que emanan del
Art. 109 Inc. 5) y Art. 255 Inc. 5) de la Ley N°5688 en concordancia con la Resolución
N° 1152/MJYSGC/18.
Artículo 5.- Requiérase al titular de la Secretaría de Seguridad, para que en el marco
de sus competencias y facultades, proceda por la vía que corresponda a difundir y
comunicar el presente acto a todos los integrantes, con y sin estado policial, de las
filas de la Policía de la Ciudad de Buenos Aires.
Artículo 6.- Comuníquese al Sr. Ministro de Justicia y Seguridad, a la Secretaría de
Seguridad, a la Secretaría de Administración de Seguridad, a la Subjefatura de la
Policía de la Ciudad, a la Dirección General Administrativa y Legal de Seguridad, a la
Dirección General de Estudios y Tecnología de la Información, a la Dirección General
de Recursos Humanos de Seguridad, a la Cumplido, archívese. Palmou