DECRETO 41 2019
Síntesis:
SE MODIFICA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA - UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES - UPE - JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD 2018 - UNIDADES - ASUNTOS LEGALES - PATRIMONIO Y FINANZAS - CONTROL PATRIMONIAL Y GESTIÓN DE CONTRATOS - COMPRAS Y CONTRATACIONES - MODIFICA DENOMINACIÓN Y RESPONSABILIDAD - UNIDAD DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS - COORDINACIÓN LEGAL E INSTITUCIONAL
Publicación:
16/01/2019
Sanción:
14/01/2019
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
La Ley N° 5.460 (texto consolidado por Ley N° 6.017) y su modificatoria N° 5.960, los
Decretos Nros. 66/14, 363/15 y modificatorios, y el Expediente Electrónico N°
02451638-MGEYA-AVJG/19, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 5.460 y su modificatoria N° 5.960, se sancionó la Ley de Ministerios
del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose a la
Vicejefatura de Gobierno;
Que por Decreto N° 66/14 se creó la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Juegos
Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018 con el objeto de ejecutar las acciones
tendientes a la planificación, organización y celebración del mencionado evento;
Que por el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico
funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
estableciendo como Organismo Fuera de Nivel a la Unidad de Proyectos Especiales
(UPE) Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018 en la órbita de la
Secretaría de Desarrollo Ciudadano de la Vicejefatura de Gobierno;
Que durante el mes de octubre del año 2018 se celebraron los Juegos Olímpicos de la
Juventud con la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como sede;
Que en consecuencia, es menester realizar modificaciones en la estructura
organizativa dela Unidad de Proyectos Especiales Juegos Olímpicos de la Juventud
2018, a los fines de viabilizar un mejor desarrollo técnico-operativo y una mayor
eficiencia de sus competencias tendientes a la disolución y gestión del legado de los
Juegos Olímpicos de la Juventud 2018.
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°. - Modificase, a partir del 1° de enero de 2019, la estructura organizativa de
la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Juegos Olímpicos de la Juventud 2018,
Organismo Fuera de Nivel en el ámbito de la Secretaría de Desarrollo Ciudadano de la
Vicejefatura de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quedando
modificado parcialmente el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, de acuerdo con los
Anexos I (IF-2019-02453030- -SECDCI) (Organigrama) y II (IF-2019-02452985- -
SECDCI) (Objetivos y Responsabilidades Primarias), los que a todos sus efectos
forman parte integrante del presente Decreto.
Artículo 2°. - Suprímanse la Unidad de Control Patrimonial y Gestión de Contratos y la
Unidad de Compras y Contrataciones dependientes de la Unidad de Proyectos
Especiales Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018.
Artículo 3°. - Modifícase la denominación y responsabilidades primarias de la Unidad
de Administración y Finanzas, la que pasará a denominarse Unidad Patrimonio y
Finanzas dependiente de la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Juegos Olímpicos
de la Juventud Buenos Aires 2018.
Artículo 4°. - Modifícase la denominación y las responsabilidades primarias de la
Unidad de Coordinación Legal e Institucional la que pasará a denominarse Unidad de
Asuntos Legales dependiente de la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Juegos
Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018.
Artículo 5°. - El Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General
Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes para dar
cumplimiento al presente Decreto.
Artículo 6°. - El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Economía y
Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 7°. - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a las Direcciones
Generales Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y Desarrollo del Servicio Civil,
ambas del Ministerio de Economía y Finanzas, y para su conocimiento y demás
efectos, remítase a la Vicejefatura de Gobierno. Cumplido archívese. RODRÍGUEZ
LARRETA - Mura - Miguel