DECRETO 66 2014

Síntesis:

MODIFICA LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS - CREACIÓN - ORGANISMO FUERA DE NIVEL - CREA LA UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES - UPE -  JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD BUENOS AIRES 2018 -   NIVEL ATRIBUCIONES RANGO DE SUBSECRETARÍA  - APRUEBA RESPONSABILIDADES PRIMARIAS - OBJETIVOS -  CREA - BAJO SU ÓRBITA - LAS UNIDADES ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS  Y ORGANIZACIÓN DEPORTIVA CON RANGO DE DIRECCIÓN GENERAL 

Publicación:

17/02/2014

Sanción:

14/02/2014

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO:

Las Leyes Nros. 1.624 y 4.013, el Decreto N° 660/11, el Expediente Electrónico 2013-

7057545- MGEYA-SSDEP, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 1.624 tiene por objeto regular, promover, fiscalizar y coordinar el

deporte amateur y profesional y la actividad físico recreativa, a nivel comunitario,

reconociéndole una finalidad social;

Que por la Ley N° 4.013 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

de Buenos Aires contemplándose entre los Ministerios del Poder Ejecutivo, a la

Jefatura de Gabinete de Ministros;

Que por Decreto N° 660/11, se aprobó la estructura orgánico funcional del Poder

Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, hasta el nivel Dirección General;

Que la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha sido seleccionada por el Comité

Olímpico Internacional como sede de la tercera edición de los Juegos Olímpicos de la

Juventud, a desarrollarse en el año 2018, evento de carácter deportivo, cultural, y

educativo de primer nivel internacional;

Que la planificación, organización, financiación y celebración de los Juegos Olímpicos

de la Juventud 2018 ha sido asignada por el Comité Olímpico Internacional, en forma

conjunta, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y al Comité Olímpico Argentino;

Que las partes se han obligado, de acuerdo con los términos del Contrato de Ciudad

Sede, a constituir el Comité Organizador de los "Juegos Olímpicos de la Juventud

2018";

Que la ejecución de todas las acciones tendientes a la planificación, organización y

celebración de los Juegos Olímpicos de la Juventud 2018 requerirá necesariamente de

la utilización de recursos materiales, económicos y humanos especializados en la

materia;

Que teniendo en cuenta la envergadura de las tareas a desarrollar, resulta necesaria

la creación de una Unidad de Proyectos Especiales (UPE) "Juegos Olímpicos de la

Juventud Buenos Aires 2018" como Organismo Fuera de Nivel en el ámbito de la

Jefatura de Gabinete de Ministros del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires;

Que las Unidades de Proyectos Especiales llevan a cabo planes, programas o

proyectos específicos, y son susceptibles de adaptación a las necesidades de

funcionamiento de la organización pudiendo modificarse en ellas tanto la definición de

objetivos como la asignación de recursos humanos afectados a medida que se vayan

cumpliendo las metas establecidas en su definición preliminar;

Que en esta instancia la Jefatura de Gabinete de Ministros propicia dotar a la citada

Unidad de una estructura organizativa que le permita el desarrollo de las tareas a su

cargo, mejorando la eficiencia y eficacia de su gestión;

Que en ese sentido, y a los fines de entender en las actividades administrativas,

financieras, legales y de recursos humanos, en la confección del presupuesto, y en el

seguimiento de las compras y contrataciones, se propicia crear la Unidad de

Administración y Finanzas en el ámbito de la Unidad de Proyectos Especiales "Juegos

Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018";

Que en el mismo sentido, a efectos de la formulación de contenidos en materia de

comunicación y diseño de imagen, la generación de una estrategia de comunicación,

el diseño de programas deportivos, educativos y culturales, y el entendimiento en

obras de infraestructura, para la celebración de los "Juegos Olímpicos de la Juventud

2018", se propicia crear la Unidad de Organización Deportiva en el ámbito de la

Unidad de Proyectos Especiales "Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires

2018";

Que en virtud de lo expuesto corresponde modificar parcialmente la estructura

organizativa de la Jefatura de Gabinete de Ministros aprobada por Decreto N° 660/11.

Por ello, y en uso de las facultades legales conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1°.- Modifícase parcialmente la estructura organizativa de la Jefatura de

Gabinete de Ministros del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

quedando modificado el Decreto N° 660/11, de acuerdo con los Anexos I (IF-2014-

02513696-MJGGC) (Organigrama) y II (IF-2014-2325192-MJGGC) (Objetivos y

Acciones), los que a todos sus efectos forman parte integrante del presente Decreto.

Artículo 2°.- Créase la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) "Juegos Olímpicos de la

Juventud Buenos Aires 2018", como Organismo Fuera de Nivel en el ámbito de la

Jefatura de Gabinete de Ministros del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, con rango, nivel y atribuciones de Subsecretaría, de acuerdo con los Objetivos

que se detallan en el Anexo II (IF-2014-2325192-MJGGC), el que a todos sus efectos

forma parte integrante del presente Decreto, dejándose establecido que a los titulares

de las Unidades dependientes del citado Organismo les corresponde la remuneración

equivalente a Director General.

Artículo 3°.- El Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección General Oficina de

Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes a fin de dar

cumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto.

Artículo 4°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Modernización

y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección

General Capital Humano del Ministerio de Modernización, a la Dirección General

Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del Ministerio de Hacienda, y para su

conocimiento y demás efectos, remítase a la Jefatura de Gabinete de Ministros.

Cumplido, archívese. MACRI - Ibarra - Rodríguez Larreta


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4341

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR
<p>Art. 1 del Decreto 41-19 modifica, a partir del 1 de enero de 2019, la estructura organizativa de la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Juegos Olímpicos de la Juventud 2018, creada por Art. 2 del Decreto 66-14.</p><p>Art. 2 suprime la Unidad de Control Patrimonial y Gestión de Contratos y la<br />Unidad de Compras y Contrataciones.</p><p>Art. 3 modifica la denominación y responsabilidades primarias de la Unidad de Administración y Finanzas, la que pasará a denominarse Unidad Patrimonio y Finanzas.</p><p>Art. 4 modifica la denominación y las responsabilidades primarias de la Unidad de Coordinación Legal e Institucional la que pasará a denominarse Unidad de Asuntos Legales.</p>
MODIFICA
Art. 1 del Decreto 66-14 modifica parcialmente la estructura organizativa de la Jefatura de Gabinete de Ministros, de acuerdo con los Anexos I y II. Art. 2 crea la UPE Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018.
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 2-MC-MMIYT-17 establece la coordinación entre la Unidad de Proyectos Especiales Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018 creada por Decreto 66-14, y el Ministerio de Cultura.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 62-SECDCI-18 crea el Programa Súmate a los Juegos, en el marco de las competencias de la Unidad de Proyectos Especiales Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018, creada por Decreto 66-14.</p>