DECRETO 66 2019

Síntesis:

SE MODIFICA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA  - ORGANIGRAMA - RESPONSABILIDADES PRIMARIAS OBJETIVOS Y DESCRIPCIÓN DE ACCIONES - UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA - OFICINA DE TRANSPARENCIA Y CONTROL EXTERNO DE LA POLICÍA DE LA CIUDAD - LEY 5688 - SECRETARÍAS - SUBSECRETARÍAS - DIRECCIONES GENERALES - GERENCIAS Y SUBGERENCIAS OPERATIVAS - COORDINACIÓN GENERAL - ADMINISTRACIÓN DE SEGURIDAD Y EMERGENCIAS  - JUSTICIA Y SEGURIDAD - TECNOLOGÍA E INFORMÁTICA - CAPITAL HUMANO DE SEGURIDAD - GESTIÓN ADMINISTRATIVA - JEFATURA DE POLICÍA DE LA CIUDAD - SUBJEFATURA - JUSTICIA - SEGURIDAD CIUDADANA - INVESTIGACIONES Y ESTADÍSTICA CRIMINAL - VINCULACIÓN CIUDADANA CON LA SEGURIDAD - EMERGENCIAS - PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA Y SEGUIMIENTO DE GESTIÓN - ESTUDIOS Y TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN - ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS - LIQUIDACIONES Y SERVICIOS COMPLEMENTARIOS DE SEGURIDAD - COMUNICACIÓN INTERNA  - GESTIÓN DE CAPITAL HUMANO - ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES SEGURIDAD Y EMERGENCIAS - LOGÍSTICA Y DISTRIBUCIÓN DE SEGURIDAD Y EMERGENCIAS  - INFRAESTRUCTURA DE SEGURIDAD Y EMERGENCIAS - ADMINISTRATIVA Y LEGAL DE SEGURIDAD Y EMERGENCIAS - TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL - CONUNICACIÓN Y RELACIONES INSTITUCIONALES - ELECTORAL - JUSTICIA REGISTRO Y MEDIACIÓN - ADMINISTRACIÓN DE INFRACCIONES - SEGURIDAD PRIVADA - CUSTODIA DE BIENES - COORDINACIÓN OPERATIVA - EVENTOS MASIVOS - INFORMACIÓN Y ESTADÍSTICA CRIMINAL - INVESTIGACIÓN CRIMINAL - PLANIFICACIÓN DE SEGURIDAD CON RECURSOS NO POLICIALES - PREVENCIÓN DEL DELITO - CONTENCIÓN PRIMARIA DE LA CIUDADANÍA ANTE DELITOS - LOGÍSTICA - GUARDIA DE AUXILIO Y EMERGENCIAS - DEFENSA CIVIL - PLANEAMIENTO DE EMERGENCIA Y COORDINACIÓN DE BOMBEROS - FUERA DE NIVEL - UNIDAD ORGANIZACIÓN ELECTORA - DEFENSORÍA DEL PERSONAL DE LA POLICÍA DE LA CIUDAD - UNIDAD ADMINISTRATIVA DE CONTROL DE FALTAS - ORGANISMO DEL REGISTRO PÚBLICO DE COMERCIO Y CONTRALOR DE PERSONAS JURÍDICAS - UNIDAD DE ENLACE DE FALTAS ESPECIALES - INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA - AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - UNIDAD DE ENLACE DE FALTAS DE TRÁNSITO - COMITÉ DE SEGURIDAD EN EL FÚTBOL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES  - UNIDAD DE ENLACE DEL CONSEJO DE SEGURIDAD Y PREVENCIÓN DEL DELITO - UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES  PARA LA TRANSFERENCIA DE FUNCIONES Y FACULTADES EN MATERIA DE SEGURIDAD - MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD - RANGO DE DIRECTOR GENERAL - NIVEL - ATRIBUCIONES - DIRECTOR EJECUTIVO - ORGANISMO FUERA DE NIVEL COMITÉ DE SEGURIDAD EN EL FÚTBOL - ORGÁNICA

Publicación:

07/02/2019

Sanción:

05/02/2019

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO:

La Ley N° 5.460 (texto consolidado por Ley N° 6.017) y su modificatoria N° 5.960, el

Decreto N° 363/15 y modificatorios, el Decreto N° 173/18 y el Expediente Electrónico

N° 04606305-GCABA-DGTALMJYS/19, y

CONSIDERANDO:

Que la actual administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

tiene por objetivo desarrollar diversas políticas públicas para mejorar la eficiencia y la

eficacia de su gestión, siendo la implementación y mejora constante de sus estructuras

organizativas una de las acciones centrales para la consecución de ese objetivo;

Que dichas políticas, entre otros aspectos, se han enfocado en pos del desarrollo de

un plan operativo estratégico creando nuevas políticas de recursos humanos,

promoción de una nueva cultura de trabajo, modernización de procesos y mecanismos

administrativos, así como la creación y el establecimiento de nuevas estructuras

orgánico funcionales;

Que por la Ley N° 5.460 y su modificatoria la Ley N° 5.960, se sancionó la Ley de

Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose

entre ellos al Ministerio de Justicia y Seguridad;

Que a través del Decreto N° 363/15 se aprobó la estructura orgánico funcional del

Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta el nivel

de Dirección General;

Que por Decreto N° 173/18 se modificó la estructura correspondiente al Régimen

Gerencial del Ministerio de Justicia y Seguridad, en sus dos niveles, Gerencia y

Subgerencia Operativa;

Que en virtud de la experiencia de la gestión de gobierno, es menester realizar

modificaciones en la estructura organizativa del Ministerio de Justicia y Seguridad, a

los fines de viabilizar un mejor desarrollo técnico-operativo y una mayor eficiencia de

sus competencias;

Que conforme lo expuesto, corresponde modificar parcialmente la estructura

organizativa del Ministerio de Justicia y Seguridad, aprobada por el Decreto N° 363/15

y sus modificatorios;

Que asimismo, resulta conveniente modificar la estructura correspondiente al Régimen

Gerencial del Ministerio de Justicia y Seguridad, en sus dos niveles, Gerencia y

Subgerencia Operativa, quedando modificado parcialmente el Decreto N° 173/18;

Que por Decreto N° 391/18 se encomendó con carácter ad honorem, al Vicejefe de

Gobierno, señor Diego César Santilli, las atribuciones necesarias para conducir y

coordinar el Ministerio de Justicia y Seguridad, en el cumplimiento de los objetivos

asignados al mismo.

Por ello, en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1°.- Modifícase, a partir del 1° de enero de 2019, la estructura organizativa del

Ministerio de Justicia y Seguridad del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, quedando modificado parcialmente el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios,

de acuerdo con los Anexos I (IF-2019-04775463-GCABA-MJYSGC) (Organigrama) y II

( IF-2019- 04972593-GCABA-MJYSGC) ( Responsabilidades Primarias, Objetivos y

Descripción de Acciones), los que a todos sus efectos forman parte integrante del

presente Decreto.

Artículo 2°.- Créase la Secretaría de Coordinación General dependiente del Ministerio

de Justicia y Seguridad.

Artículo 3°.- Modifícanse las responsabilidades primarias y la denominación de la

Secretaría de Administración de Seguridad, que se denominará Secretaría de

Administración de Seguridad y Emergencias.

Artículo 4°.- Créase la Subsecretaría de Capital Humano de Seguridad dependiente de

la Secretaría de Administración de Seguridad y Emergencias.

Artículo 5°.- Modifícase la dependencia funcional de la Subsecretaría de Tecnología e

Informática, que dependerá de la Secretaría de Administración de Seguridad y

Emergencias.

Artículo 6°.- Modifícanse las responsabilidades primarias y la denominación de la

Subsecretaría de Gestión Administrativa y de Recursos Humanos de Seguridad

dependiente de la Secretaría de Administración de Seguridad y Emergencias, que se

denominará Subsecretaría de Gestión Administrativa.

Artículo 7°.- Modifícanse las responsabilidades primarias y la denominación de la

Secretaría de Seguridad, que se denominará Secretaría de Justicia y Seguridad.

Artículo 8°.- Modifícase la dependencia funcional de la Subsecretaría de Justicia, que

dependerá de la Secretaría de Justicia y Seguridad.

Artículo 9°.- Modifícase la dependencia funcional de la Subsecretaría de Emergencias,

la que dependerá de la Secretaría de Justicia y Seguridad.

Artículo 10.- Modifícanse las responsabilidades primarias y la denominación de la

Subsecretaría de Seguridad Operativa que se denominará Subsecretaría de

Investigaciones y Estadística Criminal.

Artículo 11.- Modifícanse las responsabilidades primarias de la Subsecretaría de

Seguridad Ciudadana dependiente de la Secretaría de Justicia y Seguridad.

Artículo 12.- Modifícanse las responsabilidades primarias de la Dirección General

Técnica, Administrativa y Legal dependiente del Ministerio de Justicia y Seguridad.

Artículo 13.- Modifícanse las responsabilidades primarias y la dependencia funcional

de la Dirección General Planificación Estratégica y Seguimiento de Gestión, que

dependerá de la Secretaría de Coordinación General.

Artículo 14.- Modifícanse las responsabilidades primarias y la denominación de la

Dirección General Administrativa y Legal de Seguridad dependiente de la Secretaría

Administración de Seguridad y Emergencias, que se denominará Dirección General

Administrativa y Legal de Seguridad y Emergencias.

Artículo 15.- Modifícase la dependencia funcional de la Dirección General

Administración de Recursos Humanos de Seguridad, que dependerá de la

Subsecretaría de Capital Humano de Seguridad dependiente de la Secretaría de

Administración de Seguridad y Emergencias.

Artículo 16.- Créase la Dirección General Comunicación Interna dependiente de la

Subsecretaría de Capital Humano de Seguridad de la Secretaría de Administración de

Seguridad y Emergencias.

Artículo 17.- Modifícanse la dependencia funcional y las denominaciones de la

Dirección General Servicios Complementarios de Seguridad y de la Dirección General

Cultura Organizacional de la Policía de la Ciudad, que se denominarán Dirección

General Liquidaciones y Servicios Complementarios de Seguridad y Dirección General

Gestión de Capital Humano, respectivamente, y dependerán de la Subsecretaría de

Capital Humano de Seguridad dependiente de la Secretaría de Administración de

Seguridad y Emergencias.

Artículo 18.- Modifícanse las responsabilidades primarias y las denominaciones de las

Direcciones Generales Adquisición y Contrataciones de Seguridad, Logística y

Distribución de Seguridad e Infraestructura de Seguridad dependientes de la

Subsecretaría de Gestión Administrativa de la Secretaría de Administración de

Seguridad y Emergencias, las que pasarán a denominarse Dirección General

Adquisiciones y Contrataciones de Seguridad y Emergencias, Dirección General

Logística y Distribución de Seguridad y Emergencias y Dirección General

Infraestructura de Seguridad y Emergencias, respectivamente.

Artículo 19.- Modifícase la dependencia funcional de la Dirección General

Coordinación Operativa y de la Dirección General Eventos Masivos, que dependerán

de la Subsecretaría de Seguridad Ciudadana dependiente de la Secretaría de Justicia

y Seguridad.

Artículo 20.- Modifícase la dependencia funcional de las Dirección General

Planificación de Seguridad con Recursos no Policiales, que pasará a depender de la

Subsecretaría de Investigaciones y Estadística Criminal dependiente de la Secretaría

de Justicia y Seguridad.

Artículo 21.- Modifícase la dependencia funcional de la Dirección General Prevención

del Delito que pasará a depender de la Subsecretaría de Vinculación Ciudadana con la

Seguridad dependiente de la Secretaría de Justicia y Seguridad.

Artículo 22.- Establécese que el Director Ejecutivo del Organismo Fuera de Nivel

Comité de Seguridad en el Fútbol de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Ley

5.847), tendrá rango, nivel y atribuciones de Director General.

Artículo 23.- El Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General

Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes para dar

cumplimiento al presente Decreto.

Artículo 24.- El presente Decreto es refrendado por el señor Vicejefe de Gobierno

(Decreto N° 391/18), por el señor Ministro de Economía y Finanzas y por el señor Jefe

de Gabinete de Ministros.

Artículo 25.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, y a las

Direcciones Generales Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y Desarrollo del

Servicio Civil dependientes del Ministerio de Economía y Finanzas, y para su

conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Justicia y Seguridad.

Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Santilli p/p - Tagliaferri p/p - Moccia

p/p


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5554

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 del Decreto 66-19 modifica, a partir del 1 de enero de 2019, la estructura organizativa del Ministerio de Justicia y Seguridad, quedando modificado parcialmente el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios.</p><p>Art. 2 crea la Secretaría de Coordinación General.</p><p>Art. 3 modifica las responsabilidades primarias y la denominación de la Secretaría de Administración de Seguridad, que se denominará Secretaría de Administración de Seguridad y Emergencias.</p><p>Art. 4 crea la Subsecretaría de Capital Humano de Seguridad.</p><p>Art. 5 modifica la dependencia funcional de la Subsecretaría de Tecnología e Informática, que dependerá de la Secretaría de Administración de Seguridad y Emergencias.</p><p>Art. 6 modifica las responsabilidades primarias y la denominación de la Subsecretaría de Gestión Administrativa y de Recursos Humanos de Seguridad dependiente de la Secretaría de Administración de Seguridad y Emergencias, que se denominará Subsecretaría de Gestión Administrativa.</p><p>Art. 7 modifica las responsabilidades primarias y la denominación de la Secretaría de Seguridad, que se denominará Secretaría de Justicia y Seguridad.</p><p>Art. 8 modifica la dependencia funcional de la Subsecretaría de Justicia, que dependerá de la Secretaría de Justicia y Seguridad.</p><p>Art. 9 modifica la dependencia funcional de la Subsecretaría de Emergencias, la que dependerá de la Secretaría de Justicia y Seguridad.</p><p>Art. 10 modifica las responsabilidades primarias y la denominación de la Subsecretaría de Seguridad Operativa que se denominará Subsecretaría de Investigaciones y Estadística Criminal.</p><p>Art. 11 modifica as responsabilidades primarias de la Subsecretaría de Seguridad Ciudadana dependiente de la Secretaría de Justicia y Seguridad.</p><p>Art. 12 modifica las responsabilidades primarias de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal dependiente del Ministerio de Justicia y Seguridad.</p><p>Art. 13 modifica las responsabilidades primarias y la dependencia funcional de la Dirección General Planificación Estratégica y Seguimiento de Gestión, que dependerá de la Secretaría de Coordinación General.</p><p>Art. 14 modifica las responsabilidades primarias y la denominación de la Dirección General Administrativa y Legal de Seguridad dependiente de la Secretaría Administración de Seguridad y Emergencias, que se denominará Dirección General Administrativa y Legal de Seguridad y Emergencias.</p><p>Art. 15 modifica la dependencia funcional de la Dirección General Administración de Recursos Humanos de Seguridad, que dependerá de la Subsecretaría de Capital Humano de Seguridad dependiente de la Secretaría de Administración de Seguridad y Emergencias.</p><p>Art. 16 crea la Dirección General Comunicación Interna dependiente de la Subsecretaría de Capital Humano de Seguridad de la Secretaría de Administración de Seguridad y Emergencias.</p><p>Art. 17 modifica la dependencia funcional y las denominaciones de la Dirección General Servicios Complementarios de Seguridad y de la Dirección General Cultura Organizacional de la Policía de la Ciudad, que se denominarán Dirección General Liquidaciones y Servicios Complementarios de Seguridad y Dirección General Gestión de Capital Humano, respectivamente, y dependerán de la Subsecretaría de Capital Humano de Seguridad dependiente de la Secretaría de Administración de Seguridad y Emergencias.</p><p>Art. 18 modifica las responsabilidades primarias y las denominaciones de las Direcciones Generales Adquisición y Contrataciones de Seguridad, Logística y Distribución de Seguridad e Infraestructura de Seguridad dependientes de la Subsecretaría de Gestión Administrativa de la Secretaría de Administración de Seguridad y Emergencias, las que pasarán a denominarse Dirección General Adquisiciones y Contrataciones de Seguridad y Emergencias, Dirección General Logística y Distribución de Seguridad y Emergencias y Dirección General Infraestructura de Seguridad y Emergencias, respectivamente.</p><p>Art. 19 modifica la dependencia funcional de la Dirección General Coordinación Operativa y de la Dirección General Eventos Masivos, que dependerán de la Subsecretaría de Seguridad Ciudadana dependiente de la Secretaría de Justicia y Seguridad.</p><p>Art. 20 modifica la dependencia funcional de las Dirección General Planificación de Seguridad con Recursos no Policiales, que pasará a depender de la Subsecretaría de Investigaciones y Estadística Criminal dependiente de la Secretaría de Justicia y Seguridad.</p><p>Art. 21 modifica  a dependencia funcional de la Dirección General Prevención del Delito que pasará a depender de la Subsecretaría de Vinculación Ciudadana con la Seguridad dependiente de la Secretaría de Justicia y Seguridad.</p>
MODIFICA
<p>Art. 1 del Decreto 66-19 modifica la estructura correspondiente al Régimen Gerencial del Ministerio de Justicia y Seguridad, en sus dos niveles, Gerencia y Subgerencia Operativa, quedando modificado parcialmente el Decreto 173-18.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 del Decreto 116-19 modifica la estructura correspondiente al Régimen Gerencial del Ministerio de Justicia y Seguridad, quedando modificado parcialmente el Decreto 66-19. </p>
INTEGRA
<p>Art. 22 del Decreto 66-19 establece que el Director Ejecutivo del Organismo Fuera de Nivel Comité de Seguridad en el Fútbol (Ley 5847), tendrá rango, nivel y atribuciones de Director General.</p>