RESOLUCIÓN 279 2019 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Síntesis:
MODIFICACIÓN ART. 4 RESOLUCIÓN 913-MEFGC-18 - CRITERIOS - DEFINICIÓN DE VACANTES - UNIDAD ORGANIZATIVA - ORGANISMOS - MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS - AGRUPAMIENTO Y TRAMO - NUEVA CARRERA ADMINISTRATIVA - PLANTA ORGÁNICO FUNCIONAL - CARGOS VACANTES - NUEVO RÉGIMEN ESCALAFONARIO Y DE CARRERA ADMINISTRATIVA - ACTA 17/13 - CAUSALES - DESOCUPACIÓN - BAJA - ALTA - COMITÉ PARA EL FINANCIAMIENTO DE LAS VACANTES DEL PERSONAL - PRESUPUESTO - INGRESO DE PERSONAL - PLANTA PERMANENTE - AGENTES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA - PROCEDIMIENTO APROBACIÓN ANUAL DE VACANTES CON FINANCIAMIENTO PRESUPUESTARIO DE CADA UNIDAD ORGANIZATIVA - DIRECCIÓN GENERAL - HOSPITALES - COMUNAS - EXCEPCIONES - PUESTOS DE TRABAJO - CUPO - DOTACIÓN - PROCEDIMIENTO DE MOVILIDAD DEL PERSONAL - DIRECCIÓN GENERAL DESARROLLO DEL SERVICIO CIVIL - DIRECCIÓN GENERAL PLANIFICACIÓN Y CONTROL OPERATIVO - CUADRO DE VACANTES - PROMOCIÓN DE TRAMO - ASIGNACIÓN DE RECURSOS
Publicación:
15/02/2019
Sanción:
22/01/2019
Organismo:
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Estado:
No vigente
VISTO:
Las Leyes Nros. 471 y modificatoria (Texto Consolidado por Ley N° 6.017) 5.460 y
modificatoria (Texto Consolidado por Ley N° 6.017), las Actas de Negociación
Colectiva Nros. 17/13 y modificatoria, instrumentada por Resoluciones Nros.
20/MHGC/14 y la 625/MEFGC/18, 14/14, instrumentada por Resolución N°
2020/MHGC/14, 3/17, instrumentada por Resolución N° 1440/MHGC/2017, 19/17,
instrumentada por Resolución N° 625/MEFGC/18, Resolución N° 913/MEFGC/18, el
Expediente Electrónico N° 19.918.650-MGEYA-DGPLYCO-2018 y,
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 471 y modificatoria se sancionó el régimen de relaciones laborales
en la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
estableciéndose, entre otros, los principios generales sobre los cuales debe
organizarse la carrera administrativa y el respectivo escalafón;
Que el artículo 17 de la Ley N° 5.460 y modificatoria dispone que al Ministerio de
Economía y Finanzas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires le
corresponde diseñar e implementar la carrera administrativa, así como el régimen
gerencial, o cualquier régimen especial, establecido en la Ley 471, de Relaciones
Laborales en la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por Acta de Negociación Colectiva N° 17/13 y modificatorias, instrumentada por
Resoluciones Nros. 20/MHGC/14 y 625/MEFGC/18, se aprobó el Nuevo Régimen
Escalafonario y de Carrera Administrativa aplicable al personal del Escalafón General
de la planta permanente de la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, dependiente del Poder Ejecutivo, al personal del
Escalafón General de los Cuerpos Artísticos, Escenotécnicos y de Servicios Auxiliares,
comprendidos en el Anexo IV del Decreto N° 671/MCBA/92, modificado por el Decreto
N° 1.880/MCBA/92, y al personal dependiente de las comunas;
Que mediante la Resolución N° 913/MEFGC/18 se aprobó el procedimiento para la
definición de vacantes de cada Unidad Organizativa por agrupamiento y tramo del
Régimen Escalafonario y de Carrera Administrativa aplicable al personal comprendido
en el Anexo I del Acta de Negociación Colectiva N° 17/13 y modificatorias;
Que en dicho marco y a los fines de establecer nuevos lineamientos que no fueron
receptados oportunamente, la Dirección General Planificación y Control Operativa
dependiente de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de
Economía y Finanzas, quien tiene a cargo el planeamiento de dotaciones, ha tomado
su debida intervención, considerando pertinente modificar el artículo 4° de la
Resolución N° 913/MEFGC/18;
Que asimismo, la mencionada Dirección General requiere sustituir el Anexo III
(IF.2018-20009484-MEFGC) de la referida Resolución, que aprueba el procedimiento
de movilidad del personal en el Régimen Escalafonario y de Carrera Administrativa;
Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos ha tomado debida
intervención en el marco de sus competencias;
Que en tal sentido, resulta necesario dictar el acto administrativo correspondiente.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 5.460 y modificatoria,
Artículo 1°.- Modifícase el artículo 4° de la Resolución N° 913/MEFGC/18 el que
quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 4°.- Establézcase el
Procedimiento de Aprobación Anual de Vacantes con Financiamiento Presupuestario
de cada Unidad Organizativa, con rango mínimo de Dirección General, según
agrupamiento y tramo del Nuevo Régimen Escalafonario y de Carrera Administrativa,
que como Anexo I (IF-2018-20009119-MEFGC) forma parte integrante de la presente.
Tanto los Hospitales como las Comunas serán considerados como Unidades
Organizativas en los términos de la presente norma. Establézcase que, por su
criticidad, necesidad funcional y de servicio a la población, las vacantes asociadas a
los puestos y jurisdicciones detallados en el Anexo II (IF-2018-20009350-MEFGC), se
consideraran automáticamente financiadas en el tramo inicial del agrupamiento que
corresponda ante la ocurrencia de una baja definitiva en los términos del Artículo 2°.
Para la promoción de tramo de los puestos mencionados, la determinación de las
vacantes con financiamiento presupuestario se realizará en un todo de acuerdo con el
procedimiento aprobado en el párrafo primero del presente artículo".
Artículo 2°.- Sustitúyase el Anexo III (IF-2018-20009487-MEFGC) de la Resolución N°
913/MEFGC/18 por el Anexo III (IF-2019-3927310-MEFGC), que forma parte
integrante de la presente Resolución.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su
conocimiento y demás efectos, remítase a la Secretaría de Planificación, Evaluación y
Coordinación de Gestión de la Jefatura de Gabinete de Ministros, a las Subsecretarías
de Gestión de Recursos Humanos y de Gestión y Administración Económica, y a las
Direcciones Generales Planificación y Control Operativo, Desarrollo del Servicio Civil,
Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, y Técnica, Administrativa y Legal
dependientes del Ministerio de Economía y Finanzas. Cumplido, archívese. Mura