RESOLUCIÓN 4254 2019 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Síntesis:

SE CREA COMITÉ - FINANCIAMIENTO - VACANTES DEL PERSONAL - CARRERA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA - CARRERA DE ENFERMERÍA Y ESPECIALIDADES TÉCNICO PROFESIONALES DE LA SALUD - PLANTA PERMANENTE - PROMOCIÓN - AGRUPAMIENTO - TRAMO - PROCEDIMIENTO DE APROBACIÓN ANUAL DE VACANTES CON FINANCIAMIENTO PRESUPUESTARIO -  PROCEDIMIENTO DE MOVILIDAD - UNIDAD ORGANIZATIVA - HOSPITALES - COMUNAS - UNIDAD PLANEAMIENTO DE DOTACIONES Y CONCURSOS - UPDYC - RÉGIMEN ESCALAFONARIO - PLANTA ORGÁNICO FUNCIONAL - POF -  CARGO VACANTE - MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS - SUBSECRETARIA GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS - SUBSECRETARÍA GESTIÓN Y ADMINISTRACIÓN ECONÓMICA - SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN EVALUACIÓN Y COORDINACIÓN DE GESTIÓN - REGISTRO DE AGENTES EN DISPONIBILIDAD - PROGRAMA DE CAPACITACIÓN Y MOVILIDAD -  BÚSQUEDAS INTERNAS Y REUBICACIÓN LABORAL - 

Publicación:

24/10/2019

Sanción:

10/10/2019

Organismo:

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS


VISTO: La Ley N° 5460 y modificatoria, las Actas de Negociación Colectiva Nros.

16/19 instrumentada por Resolución N° 2675-GCABA-MEFGC/19 y 17/13

instrumentada por Resolución N° 20/MHGC/14 y 625/MEFGC/18, el Decreto N° 194-

GCABA-AJG/19, las Resoluciones Nros. 913-GCABA-MEFGC/18 y 279-GCABA-

MEFGC/19 y el Expediente Electrónico N° 31540621-GCABA-UPDYC/19, y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución N° 913-GCABA-MEFGC/18 se creó en el ámbito del Ministerio de

Economía y Finanzas el Comité para el Financiamiento de las Vacantes del Personal

con el objetivo de determinar anualmente el cuadro de vacantes con financiamiento

presupuestario tanto para el ingreso como para la promoción de tramo en el marco del

Régimen Escalafonario y de Carrera Administrativa;

Que asimismo, la mencionada Resolución aprobó el Procedimiento de Aprobación

Anual de Vacantes con Financiamiento Presupuestario de cada Unidad Organizativa,

con rango mínimo de Dirección General, según agrupamiento y tramo del Nuevo

Régimen Escalafonario y de Carrera Administrativa, y el Procedimiento de Movilidad

del Personal en el Régimen referido;

Que posteriormente, por Resolución N° 279-GCABA-MEFGC/19, se modificó el

procedimiento de aprobación de vacantes referido en el considerando que antecede;

Que mediante Decreto N° 194-GCABA-AJG/19 se creó como Organismo Fuera de

Nivel dentro de la órbita de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos la

Unidad de Planeamiento de Dotaciones y Concursos;

Que el mencionado decreto contempla entre los objetivos de la referida unidad el de

realizar la planificación de la dotación de personal, asistiendo a las distintas

jurisdicciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en la evaluación

de sus necesidades;

Que mediante Acta de Negociación Colectiva N° 16/19, instrumentada por Resolución

N° 2675-GCABA-MEFGC/19, se creó la Carrera de Enfermería y Especialidades

Técnico-Profesionales de la Salud;

Que en ese contexto resulta oportuno aprobar un nuevo Procedimiento de Aprobación

Anual de Vacantes con Financiamiento Presupuestario de cada Unidad Organizativa y

de Movilidad del Personal tanto para la Carrera referida en el apartado precedente

como para el Régimen Escalafonario y de Carrera de la Administración Pública

aprobado por Acta de Negociación Colectiva N° 17/13 e instrumentada por Resolución

N° 20/MHGC/14.

Por ello y en uso de atribuciones conferidas por la Ley N° 5460 y modificatoria,

EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

RESUELVE:

Artículo 1o.- Déjase sin efecto la Resolución N° 279-GCABA-MEFGC/19.

Artículo 2o.- Déjanse sin efecto los artículos 1° y 2° de la Resolución N° 913-GCABA-

MEFGC/18.

Artículo 3o.- Sustitúyase el artículo 3° de la Resolución N° 913-GCABA-MEFGC/18, el

que quedará redactado de la siguiente manera: "Créase en el ámbito del Ministerio de

Economía y Finanzas el Comité para el Financiamiento de las Vacantes del Personal,

con el objetivo de determinar anualmente el cuadro de vacantes con financiamiento

presupuestario para:

a. el ingreso a la planta permanente y la promoción de tramo en el marco de la Carrera

de la Administración Pública aprobado por Acta de Negociación Colectiva N° 17/13 y

modificatorias e instrumentada por Resolución N° 20-GCABA-MHGC/14 y 625-

GCABA-MEFGC/18, indicando a tales fines el agrupamiento y tramo correspondiente;

b. el ingreso a la planta permanente y la promoción de tramo en el marco de la Carrera

de Enfermería y Especialidades Técnico-Profesionales de la Salud, aprobada por Acta

de Negociación Colectiva N° 16/19 e instrumentada por Resolución N° 2675-GCABA-

MEFGC/19, indicando a tales fines el tramo correspondiente.

El mismo estará presidido por el Ministro de Economía y Finanzas e integrado por los

titulares de las Subsecretarias Gestión de Recursos Humanos, Gestión y

Administración Económica, ambas dependientes del Ministerio de Economía y

Finanzas, y por el titular de la Secretaría de Planificación, Evaluación y Coordinación

de Gestión de la Jefatura de Gabinete de Ministros o, por quienes éstos designen en

su reemplazo."

Artículo 4o.- Apruébase el Procedimiento de Aprobación Anual de Vacantes con

Financiamiento Presupuestario de cada Unidad Organizativa, con rango mínimo de

Dirección General, según agrupamiento y tramo de la Carrera de la Administración

Pública, y según tramo de la Carrera de Enfermería y Especialidades Técnico-

Profesionales de la Salud, que como Anexo I (IF 2019-31579874-MEFGC) forma parte

integrante de la presente.

Tanto los Hospitales como las Comunas serán considerados como Unidades

Organizativas en los términos de la presente norma.

Artículo 5o.- Establézcase que por la criticidad, necesidad funcional y de servicio a la

población, las vacantes asociadas a los puestos y jurisdicciones detallados en el

Anexo II a la Resolución N° 913-GCABA-MEFGC/18 o el que en el futuro lo sustituya,

modifique o reemplace, se considerarán automáticamente financiadas en el tramo

inicial ante la ocurrencia de una baja definitiva en los términos del artículo 2 o incisos

a), b), c) y e) del Anexo I a la presente.

Por su parte, la determinación de las vacantes con financiamiento presupuestario para

la promoción de tramo de los puestos y jurisdicciones referidas en el párrafo que

antecede, se realizará en un todo de acuerdo con el procedimiento aprobado en el

artículo 4° de la presente.

Artículo 6o.- Apruébase el Procedimiento de Movilidad aplicable al Personal

comprendido dentro de la Carrera de la Administración Pública y dentro de la Carrera

de Enfermería y Especialidades Técnico-Profesionales de la Salud, detallado en el

Anexo II (IF-2019-31579949-MEFGC), que forma parte integrante de la presente.

Artículo 7o.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su

conocimiento y demás efectos, remítase a la Secretaría de Planificación, Evaluación y

Coordinación de Gestión de la Jefatura de Gabinete de Ministros, a las Subsecretarías

de Gestión de Recursos Humanos y de Gestión y Administración Económica, a la

Unidad de Planeamiento de Dotaciones y Concursos y a las Direcciones Generales

Planificación y Control Operativo, Desarrollo del Servicio Civil, Oficina de Gestión

Pública y Presupuesto, y Técnica, Administrativa y Legal, todas ellas dependientes del

Ministerio de Economía y Finanzas. Cumplido, archívese. Mura


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5727

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5727

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 2 de la Resolución N° 4254/MEFGC/19 deja sin efecto los Arts. 1 y 2 de la Resolución N° 913/MEFGC/18.</p><p>Art. 3 de la Resolución N° 4254-MEFGC-19 sustituye el Art. 3.</p>
INTEGRA
<p>Art. 4° de la Resolución N° 4254/MEFGC/19 aprueba el Procedimiento de Aprobación Anual de Vacantes con<br />Financiamiento Presupuestario de cada Unidad Organizativa y Art. 6° aprueba el Procedimiento de Movilidad para el Regimen Escalafonario y de Carrera de Administración Pública aprobado por Acta de Negociación Colectiva N° 17/13.</p>
INTEGRA
<p>Art. 4° de la Resolución N° 4254/MEFGC/19 aprueba el Procedimiento de Aprobación Anual de Vacantes con<br />Financiamiento Presupuestario de cada Unidad Organizativa y Art. 6° aprueba el Procedimiento de Movilidad para la Carrera de Enfermería y Especialidades Técnico Profesionales de la Salud aprobada por Acta de Negociación Colectiva N° 16/19 instrumentada por Resolución N° 2675/MEFGC/19.</p>
DEROGA
<p>Art. 1° de la Resolución N° 4254/MEFGC/19 deroga la Resolución N° 279/MEFGC/19.</p>