RESOLUCIÓN 47 2019 SECRETARIA DE TRANSPORTE
Síntesis:
SE IMPLEMENTA LA BASE DE CÁLCULO - RÉGIMEN TARIFARIO - SERVICIOS DE TAXÍMETROS DE LA CIUDAD - TERMINAL DE ÓMNIBUS DE LARGA DISTANCIA RETIRO - MINISTERIO DE TRANSPORTE DE LA NACIÓN - SECRETARIA DE TRANSPORTE
Publicación:
21/02/2019
Sanción:
18/02/2019
Organismo:
SECRETARIA DE TRANSPORTE
Estado:
No vigente
VISTO:
La Ley N° 2.148 (Texto Consolidado por Ley N° 6017), las Resoluciones Nros 104/93
del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos, 2019-12-APN-MTR y 18-
SECTRANS/2019, el Expediente Electrónico N° 2019-3451505-DGHCT,y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 2.148 aprobó el Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, el cual dispone en su artículo 12.2.15 que los Taxis
habilitados por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, están
autorizados a transportar pasajeros que hayan requerido el servicio exclusivamente en
el territorio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. En los casos de Puertos,
Aeropuertos, Aeródromos y Terminales de Transporte de pasajeros de larga distancia
de jurisdicción nacional están autorizados a transportar pasajeros de conformidad a las
condiciones establecidas en la normativa aplicable;
Que por Resolución N° 2019-12-APN-MTR de fecha 8 de enero de 2019 del Ministerio
de Transporte de la Nación se derogó la Resolución N° 104 del año 1993 del entonces
Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos y se aprobó la base de cálculo
para determinar el régimen tarifario para los servicios de taxímetros de carácter
interjurisdiccional, que efectúen ascenso e pasajeros en el ámbito Portuario y
Aeroportuario de Jurisdicción Nacional o en la Estación Terminal de Ómnibus de
Retiro hacia cualquier destino dentro de la REGION METROPOLITANA DE BUENOS
AIRES (RMBA);
Que, la resolución mencionada precedentemente invita a la CIUDAD DE BUENOS
AIRES, a la PROVINCIA DE BUENOS AIRES y a los Municipios de esta última a que
adhieran a la medida adoptada en sus respectivas jurisdicciones;
Que para la implementación del régimen tarifario aprobado por Resolución N° 2019-
12-APN-MTR, es necesario la realización de tareas en conjunto con los principales
Puertos, Aeropuertos y Terminales de Ómnibus de larga distancia para que el servicio
pueda darse con los estándares exigibles;
Que, en consecuencia, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires va a ir incorporando
mediante los actos administrativos correspondientes, los distintos Puertos,
Aeropuertos y Terminal de Ómnibus de Retiro de Jurisdicción Nacional a medida que
esas tareas hayan sido realizadas;
Que mediante Resolución N° 18-SECTRANS/2019, esta secretaría de Transporte
adhirió a la Resolución N° 2019-12-APN-MTR del Ministerio de Transporte de la
Nación;
Que en la mencionada Resolución se dispuso la implementación en los Aeropuertos
ministro Pistrani y Jorge Newbery y en la Terminal de "Buquebus" en la Dársena Norte
de Puerto Madero;
Que habiéndose realizado las tareas correspondientes para la implementación de la
tarifa aprobada por Resolución N° 2019-12-APN-MTR en la terminal de Ómnibus de
Retiro, corresponde su implementación;
Por ello, y en uso de las atribuciones y facultades conferidas,
Artículo 1°.- Impleméntase, a partir de la entrada en vigencia de la Resolución N°
2019-12-APN-MTR del Ministerio de Transporte de la Nación, en la Terminal de
Ómnibus de Larga distancia Retiro la base de cálculo para determinar el régimen
tarifario para los servicios de taxímetros de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
aprobada por dicha Resolución.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y
comuníquese la presente resolución a la Dirección General de Habilitación de
Conductores y Transporte. Cumplido, archívese. Méndez