RESOLUCIÓN 1183 2019 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Síntesis:

AMPLÍA TÉRMINOS - RESOLUCIÓN N° 2919-MEFGC-18 - DELEGACIÓN  DE FACULTADES - TITULAR MINISTERIO DE HÁBITAT Y DESARROLLO HUMANO - APROBAR GASTOS - SERVICIOS ESENCIALES Y PERMANENTES - APROBACIÓN DE GASTOS - MINISTROS - PRESUPUESTO - MONTO

Publicación:

21/03/2019

Sanción:

18/03/2019

Organismo:

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS


VISTO:

El Decreto N° 433/16, la Resolución N° 2919/MEFGC/18 y el Expediente N°

8341147/GCABA/DGTALMEF/19, y

CONSIDERANDO:

Que a través de la sanción de la Ley N° 5460, se asignaron los objetivos primarios del

Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires;

Que la ley referida precedentemente ha incrementado las competencias de la citada

jurisdicción involucrando actualmente a la totalidad de políticas públicas destinadas a

la atención social de la población en situación de vulnerabilidad;

Que dentro de sus objetivos de gestión se encuentran, entre otros, el "diseño e

implementación de políticas, planes, programas de promoción y desarrollo social

destinados a la población en situación de vulnerabilidad social", el "diseño e

implementación de políticas referidas a la tercera edad, la juventud, la niñez y de

género", así como también el "diseño y ejecución de las política, planes y programas

vinculados a la regularización y urbanización de las villas, núcleos habitacionales

transitorios y asentamientos informales de la Ciudad";

Que la citada Jurisdicción informa que en la actualidad parte del servicio esencial

alimentario, limpieza y transporte brindado en y para los distintos efectores que de ella

dependen han tramitado acorde a los procedimientos previstos en la normativa y en

forma diferenciada de acuerdo a las especiales características de los servicios

públicos brindados por cada repartición;

Que hasta tanto avancen los respectivos procesos licitatorios en curso, los gastos por

servicios alimentario y de limpieza no pueden ser interrumpidos puesto que los

mismos son calificados como esenciales, impostergables y transversales al citado

Ministerio, teniendo en cuenta que del mismo depende la alimentación y la atención

integral de miles de ciudadanos de esta ciudad, que concurren a hogares, paradores y

varios efectores pertenecientes a dicha Jurisdicción;

Que por el Decreto N° 433/16 se establecen los niveles de decisión y cuadros de

competencias complementarias correspondientes a los actos de ejecución

presupuestaria para las Jurisdicciones y Entidades del Poder Ejecutivo de la Ciudad,

de acuerdo al artículo 4° de la Ley N° 70 y conforme a su Anexo I;

Que asimismo, en el referido Anexo I se establece que para gastos superiores a

$ 15.000.000 los mismos deben ser aprobados por el entonces Ministro de Hacienda o

por quien éste delegue;

Que como antecedente por Resolución N° 2919/MEFGC/18 se procedió a delegar en

la titular del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano durante, la facultad de aprobar

gastos en el marco de los servicios esenciales y permanentes que brinda la citada

jurisdicción, hasta la suma de PESOS SESENTA MILLONES ($ 60.000.000)

mensuales, durante los meses de diciembre de 2018 y enero/febrero de 2019 y desde

marzo a diciembre de 2019 la suma de PESOS TREINTA MILLONES ($ 30.000.000)

mensuales;

Que en consecuencia, la titular de la citada Jurisdicción solicita un incremento en el

cupo hasta la suma total de PESOS SESENTA MILLONES ($ 60.000.000) mensuales

durante los meses de marzo a junio de 2019 y desde julio a diciembre de 2019 hasta

la suma total de PESOS TREINTA MILLONES ($ 30.000.000);

Que fundamenta dicha solicitud en la necesidad de contar con las herramientas

necesarias que permitan garantizar el adecuado cumplimiento de los objetivos

asignados a esa Jurisdicción a través de la sanción de la Ley N° 5460, y de acuerdo

con la estructura orgánica funcional establecida a partir del Decreto N° 363/15 y sus

modificatorios;

Que en virtud de lo expuesto y a fin de lograr una mayor celeridad y eficiencia, resulta

necesario dictar el acto administrativo ampliando los términos de la Resolución N°

2919/MEFGC/18, a efectos de atender gastos por servicios esenciales, alimentarios,

limpieza y transporte y los brindados por la Dirección General de Infraestructura Social

y el Organismo fuera de Nivel Unidad de Gestión e Intervención Social (UGIS).

Por ello, en uso de las facultades conferidas por el punto 5 del Anexo I del Decreto N°

433/16,

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y FINANZAS

RESUELVE

Artículo 1°. Amplíase los términos de la Resolución N° 2919/MEFGC/18, en el sentido

que se procede a delegar en la titular del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano, la

facultad de aprobar gastos en el marco de los servicios esenciales y permanentes que

brinda la citada Jurisdicción hasta la suma total de PESOS SESENTA MILLONES

($ 60.000.000) mensuales durante los meses de marzo a junio de 2019 y desde julio a

diciembre de 2019 hasta la suma total de PESOS TREINTA MILLONES

($ 30.000.000).

Artículo 2°. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese al Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano y a las Direcciones

Generales de Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, de Contaduría y de Tesorería.

Cumplido, remítase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del

Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano. Mura

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 2766-MEF-19 amplía los términos de las Resoluciones Nros. 2919/MEFGC/18 y 1183/MEFGC/19.</p>
MODIFICA
<p>Art. 1 Resolución 1183-MEFGC-19 amplía términos de la Resolución 2919-MEFGC-18.</p>