RESOLUCIÓN 2766 2019 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Síntesis:

SE AMPLÍAN LOS TÉRMINOS DE LAS RESOLUCIONES 2919-MEFGC-18 - 1183-MEFGC-19 - DELEGACIÓN DE FACULTADES - SERVICIOS ESENCIALES Y PERMANENTES - ALIMENTARIO - LIMPIEZA Y TRANSPORTE - DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA SOCIAL  - ORGANISMO FUERA DE NIVEL UNIDAD GESTIÓN E INTERVENCIÓN SOCIAL  - UGIS - JULIO A DICIEMBRE DE 2019

Publicación:

11/07/2019

Sanción:

04/07/2019

Organismo:

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS


VISTO: El Decreto N° 433/16, la Resolución N° 2919/MEFGC/18 y su ampliatoria

Resolución N° 1183/MEFGC/19 y el Expediente N°

21.331.338/GCABA/DGTALMEF/19, y

CONSIDERANDO:

Que a través de la sanción de la Ley N° 5460, se asignaron los objetivos primarios del

Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires;

Que la ley referida precedentemente ha incrementado las competencias de la citada

jurisdicción involucrando actualmente a la totalidad de políticas públicas destinadas a

la atención social de la población en situación de vulnerabilidad;

Que dentro de sus objetivos de gestión se encuentran, entre otros, el "diseño e

implementación de políticas, planes, programas de promoción y desarrollo social

destinados a la población en situación de vulnerabilidad social", el "diseño e

implementación de políticas referidas a la tercera edad, la juventud, la niñez y de

género", así como también el "diseño y ejecución de las política, planes y programas

vinculados a la regularización y urbanización de las villas, núcleos habitacionales

transitorios y asentamientos informales de la Ciudad";

Que la citada Jurisdicción informa que en la actualidad parte del servicio esencial

alimentario, limpieza y transporte brindado en y para los distintos efectores que de ella

dependen han tramitado acorde a los procedimientos previstos en la normativa y en

forma diferenciada de acuerdo a las especiales características de los servicios

públicos brindados por cada repartición;

Que hasta tanto avancen los respectivos procesos licitatorios en curso, los gastos por

servicios alimentario y de limpieza no pueden ser interrumpidos puesto que los

mismos son calificados como esenciales, impostergables y transversales al citado

Ministerio, teniendo en cuenta que del mismo depende la alimentación y la atención

integral de miles de ciudadanos de esta ciudad, que concurren a hogares, paradores y

varios efectores pertenecientes a dicha Jurisdicción;

Que por el Decreto N° 433/16 se establecen los niveles de decisión y cuadros de

competencias complementarias correspondientes a los actos de ejecución

presupuestaria para las Jurisdicciones y Entidades del Poder Ejecutivo de la Ciudad,

de acuerdo al artículo 4° de la Ley N° 70 y conforme a su Anexo I;

Que asimismo, en el referido Anexo I se establece que para gastos superiores a

$ 15.000.000 los mismos deben ser aprobados por el entonces Ministro de Hacienda o

por quien éste delegue;

Que en el contexto descrito por Resolución N° 2919/MEFGC/18 se delegó en la titular

del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano la facultad de aprobar gastos en el

marco de los servicios esenciales y permanentes que brinda la citada Jurisdicción

hasta la suma de PESOS SESENTA MILLONES ($ 60.000.000) mensuales, durante

los meses de diciembre de 2018 y enero/febrero de 2019 y desde marzo a diciembre

de 2019 hasta la suma de PESOS TREINTA MILLONES ($ 30.000.000) mensuales;

Que asimismo por Resolución N° 1183/MEFGC/19 se procedió a ampliar los términos

de la citada Resolución N° 2919/MEFGC/18 delegando en la titular del mencionado

Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano, la facultad de aprobar gastos por el mismo

concepto, hasta la suma total de PESOS SESENTA MILLONES ($ 60.000.000)

mensuales durante los meses de marzo a junio de 2019 y desde julio a diciembre de

2019 hasta la suma total de PESOS TREINTA MILLONES ($ 30.000.000) mensuales;

Que en el marco de las políticas públicas destinadas a la atención social de la

población en situación de vulnerabilidad social, la titular de la citada Jurisdicción

solicita una nueva delegación para aprobar gastos hasta la suma total de PESOS

SESENTA MILLONES ($ 60.000.000) mensuales durante los meses de julio a

diciembre de 2019;

Que a su vez fundamenta dicha solicitud en la necesidad de contar con las

herramientas necesarias que permitan garantizar el adecuado cumplimiento de los

objetivos asignados a esa Jurisdicción a través de la sanción de la Ley N° 5460, y de

acuerdo con la estructura orgánica funcional establecida a partir del Decreto N° 363/15

y sus modificatorios;

Que en virtud de lo expuesto y a fin de lograr una mayor celeridad y eficiencia, resulta

necesario dictar un nuevo acto administrativo ampliando los términos de las

Resoluciones N° 2919/MEFGC/18 y 1183/MEFGC/19, a los efectos de atender gastos

por servicios esenciales y permanentes, alimentarios, limpieza y transporte y los

brindados por la Dirección General de Infraestructura Social y el Organismo fuera de

Nivel Unidad de Gestión e Intervención Social (UGIS).

Por ello, en uso de las facultades conferidas por el punto 5 del Anexo I del Decreto N°

433/16,

EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

RESUELVE

Artículo 1°. Amplíase los términos de las Resoluciones N° 2919/MEFGC/18 y

1183/MEFGC/19, en el sentido que se procede a delegar en la titular del Ministerio de

Hábitat y Desarrollo Humano, la facultad de aprobar gastos en el marco de los

servicios esenciales y permanentes, alimentario, limpieza y transporte prestados por la

citada Jurisdicción como así también los brindados por la Dirección General de

Infraestructura Social y el Organismo fuera de Nivel Unidad Gestión e Intervención

Social (UGIS) hasta la suma total de PESOS SESENTA MILLONES ($ 60.000.000)

mensuales, durante los meses de julio a diciembre de 2019.

Artículo 2°. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese al Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano y a las Direcciones

Generales de Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, de Contaduría y de Tesorería.

Cumplido, remítase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del

Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano. Mura

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Resolución 2766-MEF-19 amplía los términos de las Resoluciones Nros. 2919/MEFGC/18 y 1183/MEFGC/19.</p>
MODIFICA
<p>Art. 1 de la Resolución 2766-MEF-19 amplía los términos de las Resoluciones Nros. 2919/MEFGC/18 y 1183/MEFGC/19.</p>