RESOLUCIÓN 40 2019 INSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PUBLICA - LEY 5688

Síntesis:

RECTIFICA ANEXO RESOLUCIÓN N° 4-ISSP-19 - REQUISITOS ADMISIÓN  -PLAN ANUAL DE ENTRENAMIENTO DE TIRO - LICENCIAS -

Publicación:

25/03/2019

Sanción:

20/03/2019

Organismo:

INSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PUBLICA - LEY 5688

Estado:

No vigente


VISTO:

La Ley N° 5.688, la Resolución N° 280/MJYSGC/2019, la Resolución N° 4/ISSP/2019,

la Nota N° 8533488/GCABA/SAISSP/2019 y el Expediente Electrónico

3419936/GCABA/ISSP/2019, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 5.688 establece las bases jurídicas e institucionales fundamentales del

Sistema Integral de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en lo

referente a su composición, misión, función, organización, dirección, coordinación y

funcionamiento, así como las bases jurídicas e institucionales para la formulación,

implementación y control de las políticas y estrategias de seguridad pública;

Que, en ese contexto, el Instituto Superior de Seguridad Pública, regulado en el Libro

IV de la citada Ley, se constituye como una instancia de apoyo de la conducción

política del Sistema Integral de Seguridad Pública y órgano rector de la formación y

capacitación continua y permanente de los actores involucrados en todo el sistema y la

producción de conocimientos científicos y técnicos sobre seguridad;

Que tiene la misión de formar profesionalmente y capacitar funcionalmente al personal

de la Policía de la Ciudad;

Que la capacitación de los oficiales consiste en el adiestramiento, entrenamiento,

perfeccionamiento y actualización permanente a lo largo de toda la carrera profesional

y está asentada en la producción de capacidades y competencias específicas

derivadas de las tareas básicas de los perfiles y especialidades policiales (Art. 370 Ley

5688);

Que siguiendo el objetivo de entrenar en forma constante al personal con estado

policial en el uso adecuado del arma de fuego provista, verificar el cumplimiento de las

medidas de seguridad, crear conciencia de la importancia del entrenamiento para

garantizar el conocimiento pleno del armamento asignado a la práctica en el uso, y

controlar las estructuras corporales para la correcta ejecución de la actividad, es que

se ha diseñado y aprobado por Resolución 04/ISSP/19 el "Plan Anual de

Entrenamiento de Tiro";

Que de acuerdo a lo establecido en los requisitos de admisión del Anexo de la

Resolución 04/ISSP/19, no se permitirá la asignación de turno para realizar el Plan

Anual de Entrenamiento de Tiro al personal que se encuentre comprendido, entre

otros, en alguno de los siguientes supuestos: licencias previstas en el art. 160 de la

Ley 5688, A.R.T (Aseguradora de Riesgos de Trabajo), tareas aliviadas, suspensión,

revista en disponibilidad o pasiva;

Que mediante Resolución 280/MJYSGC/19 se aprobó el "Procedimiento para la

implementación del régimen de ascenso ordinario de la Policía de la Ciudad";

Que el artículo 3 del Anexo de la Resolución 280/MJYSGC/19, dispone que, entre

otros, pueden inscribirse en el procedimiento de ascenso quienes se encuentren

cursando licencia médica, en situación de disponibilidad, pasiva, prestando tareas

adecuadas o sometido a sumario disciplinario por falta grave puede participar de dicho

proceso de selección;

Que el artículo 4 inciso e) del Anexo de la Resolución 280/MJYSGC/19, establece que

no pueden inscribirse en el procedimiento de selección para el ascenso quienes no

hayan realizado la práctica anual de tiro convocada por el ISSP;

Que el Sr. Secretario Académico mediante la Nota N° 8533488/SAISSP/19, elevó a

consideración la rectificación del Anexo de la Resolución 4/ISSP/2019, sobre los

requisitos de admisión establecidos para poder realizar el Plan Anual de

Entrenamiento de Tiro;

Que con el fin de adecuar ambos textos normativos, corresponde rectificar el Anexo de

la Resolución 04/ISSP/19 en cuanto a los Requisitos de admisión del "Plan Anual de

Entrenamiento de Tiro", dejándose establecido que no resultan ser impedimentos para

inscribirse a dicho plan de entrenamiento, las licencias previstas en el art. 160 de la

Ley 5688, A.R.T (Aseguradora de Riesgos de Trabajo), tareas aliviadas, suspensión,

revista en disponibilidad o pasiva;

Que ante la ausencia de la Sra. Directora, en cumplimiento de lo dispuesto por el

Artículo 2 de la Resolución N° 11/ISSP/19, suscribe la presente la Sra. Vicedirectora

del Instituto Superior de Seguridad Pública.

Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias,

LA DIRECTORA DEL INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA

RESUELVE

Artículo 1.- Rectificar el Anexo de la Resolución 04/ISSP/19 en cuanto a los Requisitos

de admisión del "Plan Anual de Entrenamiento de Tiro", dejándose establecido que no

resultan ser impedimentos para inscribirse a dicho Plan, las licencias previstas en el

art. 160 de la Ley 5.688, A.R.T (Aseguradora de Riesgos de Trabajo), tareas aliviadas,

suspensión, revista en disponibilidad o pasiva.

Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

comuníquese al Ministerio de Justicia y Seguridad, a Jefatura de la Policía de la

Ciudad, a la Secretaría Académica y a la Secretaría General. Cumplido, archívese.

Colombo p/p

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 207-ISSP-19 deja sin efecto el Plan Anual de Entrenamiento de Tiro, aprobado el<br />Art. 2 de la Resolución 4-ISSP-19 y la Resolución 40-ISSP-19 que lo rectifica.</p>
MODIFICA
<p>Art. 1 Resolución 40-ISSP-19 rectifica Anexo Resolución 4-ISSP-19.</p>