RESOLUCIÓN 40 2019 INSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PUBLICA - LEY 5688
Síntesis:
RECTIFICA ANEXO RESOLUCIÓN N° 4-ISSP-19 - REQUISITOS ADMISIÓN -PLAN ANUAL DE ENTRENAMIENTO DE TIRO - LICENCIAS -
Publicación:
25/03/2019
Sanción:
20/03/2019
Organismo:
INSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PUBLICA - LEY 5688
Estado:
No vigente
VISTO:
La Ley N° 5.688, la Resolución N° 280/MJYSGC/2019, la Resolución N° 4/ISSP/2019,
la Nota N° 8533488/GCABA/SAISSP/2019 y el Expediente Electrónico
3419936/GCABA/ISSP/2019, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 5.688 establece las bases jurídicas e institucionales fundamentales del
Sistema Integral de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en lo
referente a su composición, misión, función, organización, dirección, coordinación y
funcionamiento, así como las bases jurídicas e institucionales para la formulación,
implementación y control de las políticas y estrategias de seguridad pública;
Que, en ese contexto, el Instituto Superior de Seguridad Pública, regulado en el Libro
IV de la citada Ley, se constituye como una instancia de apoyo de la conducción
política del Sistema Integral de Seguridad Pública y órgano rector de la formación y
capacitación continua y permanente de los actores involucrados en todo el sistema y la
producción de conocimientos científicos y técnicos sobre seguridad;
Que tiene la misión de formar profesionalmente y capacitar funcionalmente al personal
de la Policía de la Ciudad;
Que la capacitación de los oficiales consiste en el adiestramiento, entrenamiento,
perfeccionamiento y actualización permanente a lo largo de toda la carrera profesional
y está asentada en la producción de capacidades y competencias específicas
derivadas de las tareas básicas de los perfiles y especialidades policiales (Art. 370 Ley
5688);
Que siguiendo el objetivo de entrenar en forma constante al personal con estado
policial en el uso adecuado del arma de fuego provista, verificar el cumplimiento de las
medidas de seguridad, crear conciencia de la importancia del entrenamiento para
garantizar el conocimiento pleno del armamento asignado a la práctica en el uso, y
controlar las estructuras corporales para la correcta ejecución de la actividad, es que
se ha diseñado y aprobado por Resolución 04/ISSP/19 el "Plan Anual de
Entrenamiento de Tiro";
Que de acuerdo a lo establecido en los requisitos de admisión del Anexo de la
Resolución 04/ISSP/19, no se permitirá la asignación de turno para realizar el Plan
Anual de Entrenamiento de Tiro al personal que se encuentre comprendido, entre
otros, en alguno de los siguientes supuestos: licencias previstas en el art. 160 de la
Ley 5688, A.R.T (Aseguradora de Riesgos de Trabajo), tareas aliviadas, suspensión,
revista en disponibilidad o pasiva;
Que mediante Resolución 280/MJYSGC/19 se aprobó el "Procedimiento para la
implementación del régimen de ascenso ordinario de la Policía de la Ciudad";
Que el artículo 3 del Anexo de la Resolución 280/MJYSGC/19, dispone que, entre
otros, pueden inscribirse en el procedimiento de ascenso quienes se encuentren
cursando licencia médica, en situación de disponibilidad, pasiva, prestando tareas
adecuadas o sometido a sumario disciplinario por falta grave puede participar de dicho
proceso de selección;
Que el artículo 4 inciso e) del Anexo de la Resolución 280/MJYSGC/19, establece que
no pueden inscribirse en el procedimiento de selección para el ascenso quienes no
hayan realizado la práctica anual de tiro convocada por el ISSP;
Que el Sr. Secretario Académico mediante la Nota N° 8533488/SAISSP/19, elevó a
consideración la rectificación del Anexo de la Resolución 4/ISSP/2019, sobre los
requisitos de admisión establecidos para poder realizar el Plan Anual de
Entrenamiento de Tiro;
Que con el fin de adecuar ambos textos normativos, corresponde rectificar el Anexo de
la Resolución 04/ISSP/19 en cuanto a los Requisitos de admisión del "Plan Anual de
Entrenamiento de Tiro", dejándose establecido que no resultan ser impedimentos para
inscribirse a dicho plan de entrenamiento, las licencias previstas en el art. 160 de la
Ley 5688, A.R.T (Aseguradora de Riesgos de Trabajo), tareas aliviadas, suspensión,
revista en disponibilidad o pasiva;
Que ante la ausencia de la Sra. Directora, en cumplimiento de lo dispuesto por el
Artículo 2 de la Resolución N° 11/ISSP/19, suscribe la presente la Sra. Vicedirectora
del Instituto Superior de Seguridad Pública.
Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias,
Artículo 1.- Rectificar el Anexo de la Resolución 04/ISSP/19 en cuanto a los Requisitos
de admisión del "Plan Anual de Entrenamiento de Tiro", dejándose establecido que no
resultan ser impedimentos para inscribirse a dicho Plan, las licencias previstas en el
art. 160 de la Ley 5.688, A.R.T (Aseguradora de Riesgos de Trabajo), tareas aliviadas,
suspensión, revista en disponibilidad o pasiva.
Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
comuníquese al Ministerio de Justicia y Seguridad, a Jefatura de la Policía de la
Ciudad, a la Secretaría Académica y a la Secretaría General. Cumplido, archívese.
Colombo p/p