RESOLUCIÓN 207 2019 INSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PUBLICA - LEY 5688

Síntesis:

SE APRUEBA - PLAN ANUAL DE ENTRENAMIENTO AÑO 2020 - ETAPA I - SISTEMA INTEGRAL DE SEGURIDAD PÚBLICA - SE DEJA SIN EFECTO - PLAN ANUAL DE ENTRENAMIENTO DE TIRO - POLICÍA DE LA CIUDAD - BOMBEROS - PERSONAL CON ESTADO POLICIAL - INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA

Publicación:

30/12/2019

Sanción:

23/12/2019

Organismo:

INSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PUBLICA - LEY 5688

Estado:

No vigente


VISTO: La Ley N° 5.688 (texto consolidado según Ley N° 6.017), la Resoluciones N°

4/ISSP/2019 y 40/ISSP/2019, la Nota N° 39293789/SAISSP/19, el Expediente

Electrónico N° 39498890/GCABA/SGISSP/19, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 5.688 (texto consolidado según Ley N° 6.017), establece las bases

jurídicas e institucionales fundamentales del Sistema Integral de Seguridad Pública de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en lo referente a su composición, misión,

función, organización, dirección, coordinación y funcionamiento, y para la formulación,

implementación y control de las políticas y estrategias de seguridad pública;

Que el Instituto Superior de Seguridad Pública se constituye como una instancia de

apoyo de la conducción política del mencionado Sistema, siendo además el órgano

rector de la formación y capacitación continua y permanente de los actores

involucrados, entre los que se destaca el personal de la Policía de la Ciudad y del

Cuerpo de Bomberos de la Ciudad (Artículo 355 Ley N° 5.688);

Que la Policia de la Ciudad es una institución civil armada jerarquizada

profesionalmente, depositaria de la fuerza pública del Estado en el ámbito de la

Ciudad (Artículo 69 Ley 5688) y cumple funciones de seguridad general, prevención,

conjuración, investigación de los delitos, protección y resguardo de personas y bienes,

y de auxiliar de la justicia (Artículo 68 Ley 5688);

Que el estado policial confiere derechos esenciales entre los que se encuentra la

capacitación permanente para la mejora del desarrollo de sus funciones y labores

policiales e impone deberes y obligaciones esenciales como lo es el asistir a las

actividades de capacitación, actualización, entrenamiento y especialización que

establezca el Instituto Superior de Seguridad Pública;

Que la capacitación consiste en el adiestramiento, entrenamiento, perfeccionamiento y

actualización permanente a lo largo de toda la carrera profesional y está asentada en

la producción de capacidades y competencias específicas derivadas de las tareas

básicas propias de los perfiles y especialidades policiales (art. 370 Ley 5688);

Que mediante el artículo 2 de la Resolución N° 4/ISSP/2019 se aprobó el "Plan Anual

de Entrenamiento de Tiro" cuyo anexo fuera rectificado por la Resolución

N°40/ISSP/19;

Que a efectos de implementar los mandatos contenidos en las disposiciones legales y

tomando en consideración la experiencia colectada, se ha estimado necesario

rediseñar una estrategia que permita realizar el seguimiento anual de las habilidades

técnicas del personal con estado policial de la Policía de la Ciudad, propendiendo al

logro de una aptitud operativa que permita afrontar de manera eficiente las exigencias

que requiere la función encomendada;

Que, en tal sentido, el Sr. Secretario Académico mediante la Nota N°

xxx/SAISSP/2019, elevó a consideración la propuesta de un "Plan Anual de

Entrenamiento Año 2020. Etapa I" destinado al personal con estado policial de la

Policía de la Ciudad que consta de dos etapas, la primera a desarrollarse entre los

meses de Enero y Julio y la segunda entre Agosto y Diciembre, efectos de su

aprobación;

Que esta Primer Etapa del Plan consiste en una práctica de Tiro y el personal que se

encuentre prestando servicios en Especialidad Transitoria de Bomberos, también

deberá cumplir con una instancia de entrenamiento operativo;

Que con el objetivo de entrenar de forma constante a los mencionados destinatarios

en el uso adecuado del arma de fuego provista, en el cumplimiento de las medidas de

seguridad, en la importancia del entrenamiento para garantizar el conocimiento pleno

del armamento asignado, en la práctica en el uso, en el control de las estructuras

corporales para la correcta ejecución de la actividad, y en el entrenamiento operativo

pertinente en el caso señalado, es que se ha diseñado el presente "Plan Anual de

Entrenamiento Año 2020. Etapa I";

Que a la luz de lo expuesto, corresponde dejar sin efecto el artículo 2 de la Resolución

N° 4/ISSP/2019 que aprueba el "Plan Anual de Entrenamiento de Tiro" y la Resolución

N° 40/ISSP/2019 que lo rectifica, y proceder a aprobar este nuevo plan.

Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR DEL INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA

RESUELVE

Artículo 1.- Dejar sin efecto el "Plan Anual de Entrenamiento de Tiro" aprobado el

Artículo 2 de la Resolución N° 4/ISSP/19 y la Resolución N° 40/ISSP19 que lo rectifica.

Artículo 2.- Aprobar el "Plan Anual de Entrenamiento Año 2020. Etapa I" cuyo

programa y contenidos obran en el Anexo que como IF-39492540-ISSP-2019, forma

parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 3.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

para su conocimiento y demás efectos comuníquese al ministerio de Justicia y

Seguridad, a la Jefatura de la Policia de la Ciudad de Buenos Aires, a la Secretaría

Académica y a la Secretaría General del Instituto Superior de Seguridad Pública.

Cumplido, archívese. Unrein


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5770

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 16-ISSP/22 deja sin efecto el “Plan Anual de Entrenamiento Año 2020. Etapa I” aprobado por el artículo 2 de la Resolución N° 207-ISSP/19.</p>
DEROGA
<p>Art. 1 de la Resolución 207-ISSP-19 deja sin efecto el Plan Anual de Entrenamiento de Tiro, aprobado el<br />Art. 2 de la Resolución 4-ISSP-19 y la Resolución 40-ISSP-19 que lo rectifica.</p>
DEROGA
<p>Art. 1 de la Resolución 207-ISSP-19 deja sin efecto el Plan Anual de Entrenamiento de Tiro, aprobado el<br />Art. 2 de la Resolución 4-ISSP-19 y la Resolución 40-ISSP-19 que lo rectifica.</p>