RESOLUCIÓN 16 2022 INSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PUBLICA - LEY 5688
Síntesis:
SE DEJA SIN EFECTO - PLAN ANUAL DE ENTRENAMIENTO - AÑO 2020 - ETAPA I - SE APRUEBA - PLAN ANUAL DE ENTRENAMIENTO PARA EL PERSONAL CON ESTADO POLICIAL - AÑO 2022 - INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA
Publicación:
27/01/2022
Sanción:
24/01/2022
Organismo:
INSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PUBLICA - LEY 5688
Estado:
No vigente
VISTO: La Ley N° 5.688 (texto consolidado según Ley N° 6.347), la Resolución N°
207/ISSP/2019, la Nota N° 5028871/SAISSP/2022, el Expediente Electrónico N°
5006548/GCABA/SGISSP/2022, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 5.688 (texto consolidado según Ley N° 6.347), establece las bases
jurídicas e institucionales fundamentales del Sistema Integral de Seguridad Pública de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en lo referente a su composición, misión,
función, organización, dirección, coordinación y funcionamiento, y para la formulación,
implementación y control de las políticas y estrategias de seguridad pública;
Que el Instituto Superior de Seguridad Pública se constituye como una instancia de
apoyo de la conducción política del Sistema Integral de Seguridad Pública y es órgano
rector de la formación y capacitación continua y permanente de los actores
involucrados, entre los que se encuentra la Policía de la Ciudad;
Que conforme el Artículo 69 de la Ley 5688, la Policía de la Ciudad es una institución
civil armada jerarquizada profesionalmente, depositaria de la fuerza pública del Estado
en el ámbito de la Ciudad, y de acuerdo al Artículo 68 de la mencionada Ley, cumple
funciones de seguridad general, prevención, investigación de los delitos, protección y
resguardo de personas y bienes, y de auxiliar de la justicia;
Que el estado policial confiere derechos esenciales entre los que se encuentra la
capacitación permanente para la mejora del desarrollo de sus funciones y labores
policiales e impone deberes y obligaciones esenciales como lo es el asistir a las
actividades de capacitación, actualización, entrenamiento y especialización que
establezca el Instituto Superior de Seguridad Pública;
Que de acuerdo al Artículo 372 de la Ley 5688, la formación y capacitación en general
tiende a la profesionalización y especialización del desempeño policial de acuerdo a la
función específica de cada uno de los cargos que ejerciera el oficial a lo largo de la
carrera policial. Asimismo, el plan de formación y capacitación se desarrolla teniendo
en cuenta las competencias funcionales necesarias para el desempeño eficiente del
cargo;
Que la capacitación consiste en el adiestramiento, entrenamiento, perfeccionamiento y
actualización permanente a lo largo de toda la carrera profesional y está asentada en
la producción de capacidades y competencias específicas derivadas de las tareas
básicas propias de los perfiles y especialidades policiales como surge del Artículo 375
de la ley citada, privilegiándose aspectos relativos al manejo con la comunidad y la
resolución de conflictos de forma autónoma autosuficiente y responsable;
Que tal lo normado por el Artículo 380 de la Ley 5688, el Instituto Superior de
Seguridad Pública desarrolla periódicamente actividades educativas bajo variadas
modalidades para continuar la capacitación, actualización y especialización del
personal con estado policial;
Que en esa inteligencia, mediante el artículo 2 de la Resolución N° 207/ISSP/2019 se
aprobó el "Plan Anual de Entrenamiento Año 2020. Etapa I";
Que de la experiencia colectada en su dictado durante los años 2020 y 2021, y
atendiendo a la necesidad de que el entrenamiento del personal con estado policial de
la Policía de la Ciudad responda a las exigencias profesionales más actuales, se ha
estimado necesario rediseñar la estrategia del plan de manera que permita realizar un
seguimiento anual de las habilidades técnicas, propendiendo al logro de una aptitud
operativa eficiente que permita afrontar las exigencias y estándares de idoneidad que
requiere la función encomendada;
Que, en tal sentido, el Sr. Secretario Académico mediante la Nota N°
5028871/SAISSP/2022, elevó a consideración la propuesta de un "Plan Anual de
Entrenamiento para el Personal con Estado Policial de la Policía de la Ciudad. Año
2022" de carácter obligatorio, destinado al personal con estado policial de la policía de
la Ciudad, inclusive el personal que se encuentre dentro de la Especialidad Transitoria
de "Bomberos", que consta de dos etapas de Entrenamiento, el Entrenamiento I a
desarrollarse durante los meses de febrero a julio y el Entrenamiento II de julio a
diciembre de 2022;
Que las actividades a desarrollar en el Entrenamiento I consisten en prácticas de
defensa policial, una práctica de trabajo en seco con arma de fuego y un
entrenamiento de tiro real en polígono;
Que el Entrenamiento II, procura consolidar las técnicas ejercitadas por medio de
trabajo en seco con el arma de fuego, el entrenamiento de tiro real y finaliza con una
práctica de simulación que permite recrear un supuesto de intervención policial con
distintos tipos de incidencias para utilizar las herramientas del uso racional, progresivo
y diferenciado de la fuerza, afianzando la estricta observancia de los principios básicos
de actuación establecidos en los Artículos 83, 95 y subsiguientes de la Ley 5688;
Que la asistencia al "Plan Anual de Entrenamiento para el Personal con Estado Policial
de la Policía de la Ciudad. Año 2022" es de carácter obligatorio para todo el personal y
su cumplimiento íntegro será condición inexcusable para la inscripción al
Procedimiento de Selección para el Ascenso Ordinario del año 2023;
Que a la luz de lo expuesto, corresponde dejar sin efecto el "Plan Anual de
Entrenamiento Año 2020. Etapa I" aprobado por el artículo 2 de la Resolución N°
207/ISSP/2019 y proceder a aprobar este nuevo plan con sus especificidades.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1.- Dejar sin efecto el "Plan Anual de Entrenamiento Año 2020. Etapa I"
aprobado por el artículo 2 de la Resolución N° 207/ISSP/2019.
Artículo 2.- Aprobar el "Plan Anual de Entrenamiento para el Personal con Estado
Policial de la Policía de la Ciudad. Año 2022" cuyo programa y contenidos obran en el
Anexo que como IF-5040359-ISSP-2022, forma parte integrante de la presente
Resolución.
Artículo 3.- El "Plan Anual de Entrenamiento para el Personal con Estado Policial de la
Policía de la Ciudad. Año 2022" es de carácter obligatorio y su cumplimiento íntegro es
condición necesaria para la inscripción al Procedimiento de Selección para el Ascenso
Ordinario del año 2023.
Artículo 4.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
para su conocimiento y demás efectos comuníquese al Ministerio de Justicia y
Seguridad, a la Jefatura de la Policía de la Ciudad de Buenos Aires, a la Secretaría
Académica y a la Secretaría General del Instituto Superior de Seguridad Pública.
Cumplido, archívese. Unrein