RESOLUCIÓN 116 2019 MINISTERIO DE HABITAT Y DESARROLLO HUMANO
Síntesis:
DEROGA RESOLUCIÓN 345-MHYDHGC-17 - APRUEBA MODELO DE CONVENIO - INSTITUCIONES CAPACITADORAS - PROGRAMA DE FORMACIÓN E INCLUSIÓN PARA EL TRABAJO -FIT
Publicación:
25/03/2019
Sanción:
06/02/2019
Organismo:
MINISTERIO DE HABITAT Y DESARROLLO HUMANO
Estado:
No vigente
VISTO:
La Ley N° 3.304 (texto consolidado por Ley N° 6.017) y sus normas reglamentarias,
complementarias e integradoras; el Decreto N° 578/08, las Resoluciones N°
345/MHYDHGC/17 y N° 955/MHYDHGC/18, y el Expediente N° EX-2019-04123236-
MGEYA-DGECS, y
CONSIDERANDO:
Que por el Artículo 1° del Decreto N° 578/08 se creó el Programa de Formación e
Inclusión para el Trabajo (FIT), el cual tiene por objeto la inclusión social y laboral de
las personas en situación de pobreza y con problemas de empleo, siendo sus
finalidades la orientación laboral y el apoyo en la búsqueda de empleo, la formación y
la capacitación laboral, y el apoyo económico, financiero y técnico para el desarrollo de
unidades productivas;
Que a través del Artículo 3° del citado Decreto N° 578/08 se facultó al ex Ministerio de
Desarrollo Social, como Autoridad de Aplicación, a dictar las normas reglamentarias y
todo acto administrativo que fuere necesario para su implementación, como así
también a la suscripción de los convenios que fueren menester para la
implementación, cumplimiento y ejecución del FIT;
Que, en su oportunidad, la reglamentación del FIT fue formalizada por la Resolución
N° 1.136/MDSGC/08 y sus modificatorias Resoluciones N° 1.419/MDSGC/09, N°
613/MDSGC/10 y N° 1.702/MDSGC/12;
Que este Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano es organismo continuador de
funciones del ex Ministerio de Desarrollo Social;
Que por la Resolución N° 345/MHYDHGC/17 se aprobó el Modelo de Convenio a
suscribirse con las Instituciones Capacitadoras en el marco del FIT, estableciéndose
asimismo que tales convenios sólo podrán ser firmados por el titular de la Jurisdicción,
en base a dicho modelo y que las modificaciones que fueran propuestas, que excedan
el texto del convenio tipo referido deberán ser fundamentadas en el expediente
administrativo respectivo, quedando a criterio del firmante su pertinencia;
Que por la Resolución N° 955/MHYDHGC/18 se aprobó la actual reglamentación del
FIT, dejándose sin efecto la Resolución N° 1.136/MDSGC/08 y sus modificatorias
Resoluciones N° 1.419/MDSGC/09, N° 613/MDSGC/10, N° 1.702/MDSGC/12, y todo
acto administrativo que se oponga a dicha norma;
Que, de acuerdo al Artículo 1 de dicha reglamentación, la Dirección General de
Economía Social es la Autoridad de Ejecución del FIT;
Que mediante el Capítulo 2 del Título II del Anexo de la citada Resolución N°
955/MHYDHGC/18 se formalizaron los preceptos atinentes a la participación de las
Instituciones Capacitadoras del FIT;
Que, en el marco del Plan de Modernización de la Administración Pública del Gobierno
de la Ciudad de Buenos Aires creado y preceptuado por la Ley N° 3.304 y sus normas
reglamentarias, complementarias e integradoras, y con motivo de la reubicación en el
futuro cercano de la sede de este Ministerio en un edificio inteligente que contempla la
reducción de espacio físico para el archivo y la implementación de acciones derivadas
de la política de uso racional del papel y despapelización, mediante la Nota N°
NO2018-31630820-DGTALMHYDH (vinculada al Expediente N° EX-2019-04123236-
MGEYA-DGECS), se efectuaron las comunicaciones del caso a los fines del circuito
administrativo de suscripción, entre otra documentación, de convenios por parte de
esta Ministra;
Que en función de las acciones de reordenamiento operativo y administrativo
tendientes a dinamizar el desarrollo del FIT, resulta conveniente ajustar asimismo los
alcances de los mecanismos contemplados en los Artículos 8° y 9° del modelo de
convenio antedicho;
Que en orden tanto a las medidas de despapelización señaladas como a las
previsiones indicadas en el considerando inmediato precedente, se hace necesario
adecuar el texto del modelo de convenio a suscribirse con las Instituciones
Capacitadoras del programa referido;
Que por el precitado Expediente N° EX-2019-04123236-MGEYA-DGECS tramita la
adecuación mencionada.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 3° del Decreto N° 578/08,
Artículo 1°.- Derógase la Resolución N° 345/MHYDHGC/17.
Artículo 2°.- Apruébase el Modelo de Convenio a suscribirse con las Instituciones
Capacitadoras en el marco del Programa de Formación e Inclusión para el Trabajo
(FIT), de conformidad al texto consignado en el Anexo (IF-2019-04212620-DGECS)
que, a todos los efectos, forma parte de la presente Resolución.
Artículo 3°.- Establécese que los convenios a ser suscriptos en el marco del Programa
de Formación e Inclusión para el Trabajo (FIT) sólo podrán ser firmados por el titular
de esta jurisdicción, sobre la base del texto del modelo aprobado por el Artículo 2° de
la presente Resolución. Las modificaciones que fueran propuestas, que excedan el
texto del convenio tipo deberán ser fundamentadas en el expediente administrativo
respectivo, quedando a criterio del firmante su pertinencia.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su
conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General Técnica, Administrativa y
Legal de este Ministerio, a la Subsecretaría de Fortalecimiento Familiar y Comunitario
y a la Dirección General de Economía Social; cumplido, archívese. Tagliaferri