RESOLUCIÓN 309 2020 MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO Y HABITAT

Síntesis:

SE MODIFICA - ART 6° RESOLUCIÓN  955-MHYDHGC-2018 - FACULTADES - TITULARES SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO DEL POTENCIAL HUMANO Y DIRECCIÓN GENERAL DE ECONOMÍA POPULAR Y SOCIAL -  DICTADO DE ACTOS ADMINISTRATIVOS REGLAMENTARIOS Y COMPLEMENTARIOS - SUSCRIPCIÓN DE INSTRUMENTOS Y CONVENIOS - PROGRAMA DE FORMACIÓN E INCLUSIÓN PARA EL TRABAJO - FIT - DEROGA RESOLUCION 116- MHYDH -19

Publicación:

25/03/2020

Sanción:

17/03/2020

Organismo:

MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO Y HABITAT


VISTO el Decreto N° 578/2008, el Decreto N° 463/2019 y su modificatorio Decreto N°

69/2020 la Resolución N° 955/MHYDGC/2018, Resolución N° 116/MHYDHGC/2019 y

EX-2020-09002846-GCABA-DGTALMDHYHGC y

CONSIDERANDO:

Que por el Artículo 1° del Decreto N° 578/2008 se creó el Programa de Formación e

Inclusión para el Trabajo (FIT), el cual tiene por objeto la inclusión social y laboral de

las personas en situación de pobreza y con problemas de empleo, siendo sus

finalidades la orientación laboral y el apoyo en la búsqueda de empleo, la formación y

la capacitación laboral, y el apoyo económico, financiero y técnico para el desarrollo de

unidades productivas;

Que por el Artículo 3° del decreto mencionado se facultó al entonces Ministerio de

Desarrollo Social, hoy Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat, como Autoridad de

Aplicación del Programa de Formación e Inclusión para el Trabajo (FIT), para dictar las

normas reglamentarias y todo acto administrativo que fuere necesario para su

implementación, como así también para la suscripción de los convenios que fueren

menester para la implementación, cumplimiento y ejecución de dicho decreto;

Que por Resolución N° 955/MHYDHGC/2018 se aprobó la Reglamentación del

Programa de Formación e Inclusión para el Trabajo (FIT) creado por Decreto N°

578/08;

Que asimismo por intermedio del artículo 6° de la mencionada resolución se facultó a

los titulares de las entonces Subsecretaría de Fortalecimiento Familiar y Comunitario y

de la Dirección General de Economía Social, esta última en su carácter de Autoridad

de Ejecución del Programa, a dictar los actos administrativos reglamentarios y

complementarios, así como a suscribir todos los instrumentos que posibiliten la

concreción del presente programa. No obstante ello, dicha norma determinó que los

convenios a suscribirse con las instituciones capacitadoras serán suscriptos por el/la

titular del entonces Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano;

Que con posterioridad, por Resolución N° 116/MHYDHGC/2019 se aprueba el Modelo

de Convenio a suscribirse con las Instituciones Capacitadoras en el marco del

Programa de Formación e Inclusión para el Trabajo (FIT), y se establece que los

convenios a ser suscriptos en el marco del mencionado programa sólo podrán ser

firmados por el titular del entonces Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano;

Que por Decreto N° 463/2019, y su modificatorio Decreto N° 69/2020 se aprueba la

estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y las responsabilidades primarias y objetivos de

las distintas Unidades de Organización, contemplándose en la órbita del Ministerio de

Desarrollo Humano y Hábitat a la Dirección General Economía Popular y Social

dependiente de la Subsecretaría de Desarrollo del Potencial Humano;

Que el citado decreto establece las responsabilidades primarias de la Dirección

General Economía Popular y Social, entre las cuales se encuentran las de: "Arbitrar

acciones tendientes a incrementar las capacidades productivas y la generación de

ingresos de unidades de trabajo de la economía popular y social a través del

asesoramiento técnico, acceso al financiamiento y desarrollo de canales de

comercialización. Desarrollar programas que promuevan la participación social y

comunitaria de las personas para mejorar sus condiciones de empleabilidad y generar

oportunidades de inclusión en el mundo del trabajo. Diseñar políticas y proyectos

tendientes a la promoción del trabajo y la gestión comunitaria. Coordinar acciones con

los diferentes actores territoriales involucrados en el fortalecimiento de proyectos y

experiencias socio-productivas. Planificar la estrategia y la implementación para el

desarrollo de proyectos socioproductivos de cooperativas, talleres familiares y

asociaciones comunitarias de la economía social. Promover el trabajo asociativo en

barrios populares a través del diseño e implementación de proyectos de producción

autogestiva. Fomentar el trabajo con impacto local, ajustado a las necesidades y

demandas de cada territorio. Diseñar, recomendar y celebrar aquellos convenios y

acuerdos para generar políticas de promoción laboral para la economía popular y

social que posibiliten la inserción en el mundo del trabajo....";

Que por ello se entiende conveniente derogar la Resolución N° 116/MHYDHGC/2019 y

modificar el artículo 6° de la Resolución N° 955/MHYDHGC/2018, facultando a los

titulares de la Subsecretaría de Desarrollo del Potencial Humano y de la Dirección

General Economía Popular y Social, esta última en su carácter de Autoridad de

Ejecución del Programa, a dictar los actos administrativos reglamentarios y

complementarios, y a suscribir todos los instrumentos que posibiliten la concreción del

Programa de Formación e Inclusión para el Trabajo (FIT), por otra parte facultar al

titular de la Dirección General Economía Popular y Social a gestionar, confeccionar y

suscribir los convenios a celebrarse con las instituciones capacitadoras en el marco

del Programa de Formación e Inclusión para el Trabajo (FIT) ;

Que asimismo corresponde establecer que, a partir de la suscripción de la presente,

toda mención y/referencia a las entonces Subsecretaría de Fortalecimiento Familiar y

Comunitario y Dirección General Economía Social en la Resolución N°

955/MHYDHGC/2018, se modificará por la de "Subsecretaría de Desarrollo del

Potencial Humano" y la de "Dirección General Economía Popular y Social",

respectivamente, de conformidad con los términos del Decreto N° 463/2019 y su

modificatorio Decreto N° 69/2020;

Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

LA MINISTRA DE DESARROLLO HUMANO Y HÁBITAT

RESUELVE

Artículo 1°.- Modifícase el artículo 6° de la Resolución N° 955/MHYDHGC/2018 el cual

quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 6°.- Facúltase a los titulares de la

Subsecretaría de Desarrollo del Potencial Humano y de la Dirección General de

Economía Popular y Social, esta última en su carácter de Autoridad de Ejecución del

Programa, a dictar los actos administrativos reglamentarios y complementarios, y a

suscribir todos los instrumentos que posibiliten la concreción del Programa de

Formación e Inclusión para el Trabajo (FIT), por otra parte facúltase al titular de la

Dirección General Economía Popular y Social a gestionar, confeccionar y suscribir los

convenios a celebrarse con las instituciones capacitadoras en el marco del Programa

de Formación e Inclusión para el Trabajo (FIT)".

Artículo 2°.- Derógase la Resolución N° 116/MHYDHGC/19.

Artículo 3°.- Establécese que, a partir de la vigencia de la presente, toda mención y/

referencia a las entonces "Subsecretaría de Fortalecimiento Familiar y Comunitario" y

"Dirección General de Economía Social" en la Resolución N° 955/MHYDHGC/2018 y

en su Anexo Reglamentario (IF-2018-25389832-SSFFYC), así como todas las

Resoluciones y Disposiciones vigentes emitidas en el marco del Programa de

Formación e Inclusión para el Trabajo (FIT), se modifica por la de "Subsecretaría de

Desarrollo del Potencial Humano" y la de "Dirección General Economía Popular y

Social", respectivamente, o las que en el futuro las reemplacen.

Artículo 4° - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su

conocimiento y demás efectos remítase a la Subsecretaría de Desarrollo del Potencial

Humano y Dirección General Economía Popular y Social. Cumplido, archívese.

Migliore

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 Resolucion 309-MDHYHGC-20 modifica art. 6 Resolucion 955-MHYDHGC-18.</p>
DEROGA
<p> Art. 2 Resolucion 309-MDHYHGC-20 deroga la Resolucion 116-MHYDHGC-19.</p>