DISPOSICIÓN 1006 2019 DIRECCIÓN GENERAL DE DEFENSA CIVIL
Síntesis:
MODIFICA - ANEXO IV PUNTO 5DISPOSICIÓN 1358-DGDCIV-18 - ORGANIZACIÓN DEL SISTEMA DE AUTOPROTECCION - ASIGNACIÓN DE ROLES - CAPACITACIÓN DEL PERSONAL DEL SISTEMA DE AUTOPROTECCIÓN - CLASIFICACIÓN DE EDIFICIOS - ESTABLECIMIENTOS - PREDIOS - CRITERIOS DE RIESGO - GRUPO DE COMPLEJIDAD DE EVACUACIÓN - EVENTOS MASIVOS - EMERGENCIAS - DIRECCIÓN GENERAL DE DEFENSA CIVIL
Publicación:
05/04/2019
Sanción:
25/03/2019
Organismo:
DIRECCIÓN GENERAL DE DEFENSA CIVIL
Estado:
No vigente
VISTO:
La Ley N° 5920, su Decreto Reglamentario N° 51/18, la Disposición N°
1358/DGDCIV/18 y;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley 5920 creó el Sistema de Autoprotección de apliación obligatoria en el
ámbito de Ciudad Autónoma de Buenos Aires, alcanzando a todos los edificios,
establecimientos y/o predios, tanto del ámbito público como del ámbito privado, de
oficinas, escuelas, hospitales y en todos aquellos edificios, establecimientos y/o
predios, con afluencia de público;
Que, el Decreto Reglamentario N° 51/18, reglamentario de la citada ley, en su artículo
15 del Anexo I establece como autoridad de aplicación a la Dirección General de
Defensa Civil;
Que, en ese orden de ideas, y en uso de sus facultades que le fueran conferidas, la
autoridad de aplicación ha dictado la Disposición N° 1358/DGDCIV/18, como norma
operativa y complementaria de las precitadas;
Que, en el Anexo IV, de la mencionada disposición punto 5 ORGANIZACIÓN DEL
SISTEMA DE AUTOPROTECCION, B) Asignación de Roles, del 4. "Capacitación del
Personal del Sistema de Autoprotección" item1 establece, "Todo personal asignado a
un rol, deberá ser capacitado por el profesional, dejando constancia de ello, en
constancias escritas rubricadas y/o certificadas por el profesional actuante y además
mediante grabación de video, donde la persona a la que le fuera asignado un rol
determinado expondrá las tareas asignadas frente a una situación de emergencia. Se
llevará a cabo de la siguiente manera: primero se presentará, haciendo mención de su
Nombre, Apellido y N° de DNI, Área en la que desempeña habitualmente las tareas, y
horario laboral, el/los roles que le fueron asignados, y finalmente, expondrá la forma en
la que deberá actuar frente a una situación de emergencia según el rol asignado";
Que, los actos administrativos están dirigidos a la satisfacción directa e inmediata del
bien común o interés publico de los ciudadanos, en éste caso de los presentantes de
los sistemas de autoprotección, como elemento ordenador, regulador y sistematizador
del desenvolvimiento de la función administrativa del Estado;
Que, las normas dictadas por la administración tienen pues, un carácter instrumental
en relación con la gestión del bien común, causa final del Estado;
Que, en razón de lo expuesto, y tendiendo a la buena administración publica, ágil,
eficaz, y eficiente, buscando facilitar las presentaciones que realizan los
administrados, sin que ello signifique una disminución en la seguridad de las personas
y bienes, y en lo que respecta al requisito de acreditar mediante soporte de video la
Capacitación del Personal del sistema de autoprotección, no será obligatoria tal
exigencia;
Por ello; en uso de sus atribuciones
Artículo 1°.- Modifíquese de la Disposición N° 1358/DGDCIV/18 el Anexo IV punto 5
ORGANIZACIÓN DEL SISTEMA DE AUTOPROTECCION, B) Asignación de Roles,
del 4. "Capacitación del Personal del Sistema de Autoprotección" item1 el que quedara
redactado de la siguiente manera:
"Todo el personal asignado a un rol en el sistema de autoprotección, deberá ser
capacitado por el profesional interviniente, dejando constancia de ello, en planillas
escritas rubricadas por cada uno de los capacitados y por el profesional actuante."
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido,
archívese. Garnica