RESOLUCIÓN 1 2019 SUBSECRETARIA DE HIGIENE URBANA

Síntesis:

SE APRUEBAN LOS CRITERIOS DE UBICACIÓN DE CONTENEDORES - RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS DOMICILIARIOS FRACCIÓN SECA Y HÚMEDA - UBICACIÓN DE  CONTENEDORES EN LA VÍA PÚBLICA - GESTIÓN INTEGRAL DE LOS RESIDUOS - MEDIO AMBIENTE - RESIDUOS - HIGIENE URBANA - DISPOSICIÓN INICIAL SELECTIVA - SEGURIDAD VIAL - DEROGACIÓN DE LA RESOLUCIÓN 226-SSHU-2011 - OBJETOS AUTORIZADOS PARA ESTAR SOBRE LA VÍA PÚBLICA - CONTENEDORES DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS - CONTAINERS DE BASURA EN LAS CALLES - DEFINE LA UBICACIÓN OBLIGATORIA DE LOS CONTENEDORES EN LA CALZADA VEHICULAR

Publicación:

09/05/2019

Sanción:

03/05/2019

Organismo:

SUBSECRETARIA DE HIGIENE URBANA


VISTO: las Leyes N° 1.854, N° 2.148 y N° 5.460 - en sus textos consolidados por Ley

N° 6.017 y sus modificatorias-, los Decretos N° 639/GCBA/2007, N° 217/GCBA/2018,

la Resolución N° 226/GCBA/2011, y el Expediente Electrónico N° EX-2019-03981465-

-MGEYA-SSHU y;

CONSIDERANDO:

Que por la actuación citada en el Visto, tramita la iniciativa propiciada por la

Subsecretaría de Higiene Urbana, dependiente del Ministerio de Ambiente y Espacio

Público, tendiente a establecer un conjunto de pautas para la ubicación en la vía

pública de los contenedores de residuos sólidos urbanos domiciliarios - en sus

fracciones seca y húmeda;

Que la Ley N° 1.854 en su texto consolidado por Ley N° 6.017 y modificatoria, tiene

por objeto... establecer el conjunto de pautas, principios, obligaciones y

responsabilidades para la gestión integral de los residuos sólidos urbanos que se

generen en el ámbito territorial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en forma

sanitaria y ambientalmente adecuadas, a fin de proteger el ambiente, seres vivos y

bienes...;

Que conforme surge del artículo 3°, la gestión de los residuos sólidos urbanos

comprende el... conjunto de actividades interdependientes y complementarias entre sí,

que conforman un proceso de acciones para la administración de un sistema que

comprende, generación, disposición inicial selectiva, recolección diferenciada,

transporte, tratamiento y transferencia, manejo y aprovechamiento, con el objeto de

garantizar la reducción progresiva de la disposición final de residuos sólidos urbanos,

a través del reciclado y la minimización de la generación...;

Que en ese sentido, los capítulos V y VI de la referida norma, regulan lo atinente a la

disposición inicial selectiva y la recolección diferenciada de los residuos sólidos

urbanos domiciliarios, en su fracción seca y húmeda;

Que el Decreto N° 639/GCBA/2007, en su artículo 17 prevé que... la Autoridad de

Aplicación arbitrará los métodos operativos de disposición inicial selectiva (...),

previendo la posibilidad de instalar contenedores en la vía pública...;

Que mediante la Ley N° 2.148 en su texto consolidado por Ley N° 6.017 y

modificatorias, rige el Código de Tránsito y Transporte, el cual en su Artículo 5.1.2

prevé que la colocación de objetos sobre la vía pública requiere autorización previa

para resguardar la posible afectación a la seguridad vial;

Que la Resolución N° 226/GCBA/2011 establece en su Artículo 1° que... se consideran

objetos autorizados para estar sobre la vía pública en cumplimiento del artículo 5.1.2

del Código de Tránsito y Transporte (Ley 2.148 y modificatorias) a aquellos

contenedores para la disposición inicial de residuos sólidos urbanos que sean

ubicados en el marco de la aplicación de la Ley 1.854 y su reglamentación...;

Que el referido acto administrativo prevé criterios para la ubicación de los

contenedores, los que, debido al dinamismo de las prestaciones que involucra el

Servicio Público de Higiene Urbana y a las variaciones en las condiciones de la vía

pública, resulta menester actualizar;

Que conforme las misiones y funciones asignadas por Decreto N° 217/GCBA/2018,

reglamentario de la Ley N° 5.460, la Subsecretaría de Higiene Urbana tiene

competencia para... intervenir en la implementación y velar por el cumplimiento de los

objetivos y pautas establecidas por la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos

Urbanos N° 1.854;

Que al efecto de cumplir con sus competencias, la Subsecretaría propició un proyecto

de "Criterios de ubicación de contenedores de residuos sólidos urbanos domiciliarios -

fracción seca y húmeda" para determinar el emplazamiento en la vía pública de los

contenedores de disposición inicial de residuos;

Que por medio de la Nota N° NO-2019-06195579-GCABA-SSHU, se dio intervención a

la Subsecretaría de Tránsito y Transporte y a la Subsecretaría de Administración

General y Uso del Espacio Público, conforme las misiones y funciones asignadas por

Decreto N° 217/GCBA/2018;

Que por medio de las Notas N° NO-2019-06584140-GCABA-SSAGUEP, NO-2019-

08379710-GCABA-SSTYTRA y NO-2019-09394382-GCABA-SSMSS, se recibieron las

respectivas conformidades al proyecto de establecer una normativa actualizada que

prevea los criterios técnicos aplicables en la materia;

Que por lo expuesto, a los efectos de garantizar la correcta prestación del Servicio

Público de Higiene Urbana, de acuerdo con las pautas de ordenamiento del espacio

público previamente establecidas, resulta necesario establecer el marco normativo que

contenga los criterios de ubicación de los contenedores en esta Ciudad.

Por ello y en el uso de sus atribuciones,

EL SUBSECRETARIO DE HIGIENE URBANA,

EL SUBSECRETARIO DE ADMINISTRACIÓN GENERAL

Y USO DEL ESPACIO PÚBLICO, EL SUBSECRETARIO DE TRÁNSITO

Y TRANSPORTE Y EL SUBSECRETARIO

DE MOVILIDAD SUSTENTABLE Y SEGURA

RESUELVEN:

Artículo 1°.-Apruebanse los "Criterios de ubicación de contenedores de residuos

sólidos urbanos domiciliarios-fracción seca y húmeda", que como Anexo IF-2019-

12237480-GCABA-SSHU, forman parte integrante de la presente.

Artículo 2°.- Autorizase a colocar en la vía pública a aquellos contenedores para la

disposición inicial de residuos sólidos urbanos domiciliarios, fracción seca y húmeda,

en el marco de la aplicación de la Ley N° 1.854 y su reglamentación, de acuerdo a lo

normado en el Artículo 5.1.2 del Código de Tránsito y Transporte para la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 3°.-Derógase la Resolución N° 226/GCBA/2011.

Artículo 4°.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a las Subsecretaría de Tránsito y Transporte, Subsecretaría de

Movilidad Sustentable y Segura y a la Subsecretaría de Administración General y Uso

del Espacio Público. Cumplido, archívese. Limodio - Bisiau - Galuzzi - Morosi


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5613

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Resolución 1-SSHU-19 define los criterios de ubicación de los contenedores de residuos sólidos urbanos domiciliarios dentro de la Ciudad, complementando al Art. 5.1.2 del  Código de Tránsito y Transporte (Ley 2148) y  a la Ley 1854. </p>
COMPLEMENTA
<p>Resolución 1-SSHU-19 define los criterios de ubicación de los contenedores de residuos sólidos urbanos domiciliarios dentro de la Ciudad, complementando al Art. 5.1.2 del  Código de Tránsito y Transporte (Ley 2148) y  a la Ley 1854. </p>
DEROGA
<p>Art. 3 de la Resolución 1-SSHU-19 deroga la Resolución 226-SSHU-11. </p>