RESOLUCIÓN 1928 2019 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Síntesis:
DEJA SIN EFECTO - RESOLUCIÓN 2021-MEFGC-18 - SE DELEGA FACULTADES - SUBSECRETARIA DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS - PROCEDIMIENTO - RECUPERO DE HABERES PERCIBIDOS INDEBIDAMENTE - AGENTES Y EX AGENTES - MODELO DE CERTIFICADO DE DEUDA - TÍTULO EJECUTIVO - RECLAMO JUDICIAL - JUICIO DE EJECUCIÓN FISCAL - FACILIDADES DE PAGO
Publicación:
13/05/2019
Sanción:
29/04/2019
Organismo:
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
VISTO La Ley N° 6.066, La Resolución 2021-MEFGC-18, el Expediente Electrónico
2019-11.349.406-GCABA-DGALP, y
CONSIDERANDO:
Que a través de la Resolución 2021-MEFGC-18 se aprobó el procedimiento de
recupero de haberes percibidos indebidamente por agentes y ex agentes del Gobierno
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que posteriormente, se verificaron cambios en el proceso administrativo de recupero
que no reflejan lo dispuesto en la norma citada precedentemente, siendo actualmente
la Dirección General de Administración y Liquidación de Haberes la encargada de
notificar al deudor;
Que, por otro lado, es dable destacar que a través de la Ley N° 6.066, inciso 62), se
incorporó el artículo 488 bis en el Código Fiscal estableciendo que todo crédito a favor
de la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
originado por haberes percibidos en más por parte de su personal activo, ex agentes o
beneficiarios de subsidios, que no haya sido regularizado en el plazo de sesenta (60)
días contados desde la intimación fehaciente al deudor, podrá ser reclamado
judicialmente mediante el procedimiento de juicio de ejecución fiscal conforme el Título
XIII del Código Contencioso Administrativo y Tributario (Ley N° 189 y normas
complementarias), constituyendo -a tal efecto- suficiente título ejecutivo el certificado
de deuda expedido por la repartición competente de la Subsecretaría de Gestión de
Recursos Humanos, dependiente del Ministerio de Economía y Finanzas;
Que asimismo, por medio del inciso 63) de la citada norma, se incorporó el artículo
488 ter facultando a dicha Subsecretaría a determinar la repartición competente para
emitir el certificado de deuda referido en el artículo anterior y a dictar las normas
reglamentarias, complementarias y/o aclaratorias que estime convenientes a los fines
de la aplicación de lo dispuesto en el artículo precedente;
Que en este sentido es menester dejar sin efecto el procedimiento de recupero de
haberes indebidamente percibidos previsto en la Resolución N° 2021-MEFGC-18 y
aprobar uno nuevo que comprenda los nuevos procesos de notificación, así como
también lo normado por el Código Fiscal en materia de ejecución de la deuda;
Que en razón de lo explicitado en los párrafos precedentes, resulta pertinente delegar
en la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos la facultad para regular dicho
procedimiento aprobando en el mismo acto, el certificado de deuda que servirá como
título ejecutivo;
Por ello, en virtud de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios aprobada por
Ley N° 5460, modificada por la Ley N° 5960,
Artículo 1°.- Déjase sin efecto la Resolución N° 2021-MEFGC-18.
Artículo 2°.- Delégase en la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos la
facultad para aprobar el procedimiento de recupero de haberes indebidamente
percibidos por agentes y ex agentes del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, y
para el dictado de las normas reglamentarias, interpretativas, aclaratorias y operativas
para la aplicación y cumplimiento del mismo.
Artículo 3°.- Facúltase a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos a aprobar
el modelo de certificado de deuda que servirá como título ejecutivo para el reclamo
judicial mediante el juicio de ejecución fiscal previsto en el Título XIII del Código
Contencioso Administrativo y Tributario.
Artículo 4°.- Autorízase a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos a otorgar
planes de facilidades de pago para el recupero de los haberes percibidos
indebidamente por agentes o ex agentes que expresamente lo soliciten.
Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de
Economía y Finanzas. Cumplido, archívese. Mura