DECRETO 1521 1999

Síntesis:

RATIFICACIÓN DE PROGRAMAS EN EJECUCIÓN EN EL CENTRO PARA LA PARTICIPACIÓN Y EL CONTROL CIUDADANO. APROBACIÓN DE PROYECTOS DE CONVENIO DE COOPERACIÓN Y MODELO DE CONVENIO DE ASISTENCIA TÉCNICA - ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES - UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES

Publicación:

17/08/1999

Sanción:

06/08/1999

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto el Decreto N° 465-GCBA-96 de creación del F/N Centro Para la Participación y el Control Ciudadano, dependiente de la Vicejefatura de Gobierno; y

CONSIDERANDO:

Que el objetivo general de dicho organismo es el de fortificar las relaciones entre el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y la sociedad, para la elaboración de planes concretos de lucha contra la corrupción y el fortalecimiento de las instituciones democráticas;

Que entre las funciones específicas del Centro para la Participación y el Control Ciudadano se encuentran las de presentar a consideración del Jefe de Gobierno propuestas de participación ciudadana; implementar a través de las organizaciones intermedias proyectos que estimulen la participación social y la lucha contra la corrupción; sugerir las políticas y acciones a seguir por el Gobierno en materia de lucha contra la corrupción y la participación ciudadana y presentar anualmente los planes de trabajo, elaborarlos y someterlos a experiencias piloto;

Que por estas consideraciones resulta pertinente desarrollar programas de trabajo que contribuyan al logro de los objetivos mencionados;

Que a fin de desarrollar dichos programas se hace necesario proceder a la aprobación de los Proyectos de Convenio que se suscribirán para tal cumplimiento;

Que teniendo en cuenta que se prevé la implementación de actividades destinadas a la capacitación, resulta conveniente celebrar Convenios específicos con la Universidad de Buenos Aires, dentro de los términos del Convenio Marco N° 5, suscripto con fecha 11 de marzo de 1997 (B.O. N° 161), por lo que corresponde, en consecuencia, aprobar el Modelo de los mismos;

Que por lo expuesto, resulta necesario autorizar a la señora Directora del F/N Centro para la Participación y el Control Ciudadano a celebrar los Convenios mencionados;

Por ello, y de conformidad con lo establecido en los artículos 101 in fíne y 104 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°- Ratifícanse los once (11) Programas que se encuentran en ejecución en el presente año en el F/N Centro para la Participación y el Control Ciudadano, dependiente de la Vicejefatura de Gobierno, cuyos lineamientos generales se adjuntan al presente como Anexo I y que se enumeran a continuación:
1. Programa de Capacitación de Líderes para la Participación.
2. Programa de Presupuesto Participativo.
3. Programa de organización y coordinación de Audiencias Públicas.
4. Programa de Participación Ciudadana para:
a. Desarrollo de instancias de participación ciudadana para consensuar el Plan Estratégico y el Plan Urbano Ambiental.
b. Prevenir la Discriminación y la Violencia en la Ciudad de Buenos Aires.
c. Nuevas Formas de Ciudadanía.
d. Desarrollar debates relacionados a temáticas relevantes para la sociedad, los que podrán ser coordinados con otras áreas de Gobierno, Instituciones Públicas y/o Privadas.
5. Programa de Capacitación para Líderes de Organizaciones Comunitarias.
6. Programa El Espacio Público es de Todos.
7. Programa de asesoramiento, capacitación y financiamiento para la Formación, Registro y Funcionamiento de Instituciones Intermedias.
8. Programa de Formación de Comités de Usuarios de Servicios Públicos.
9. Programa de estímulo a los vecinos y vecinas de la Ciudad de Buenos Aires.
10. Programa de cooperación con Organizaciones No Gubernamentales que promuevan la participación en temas que atañen a personas con capacidades diferentes y personas con factores de riesgo y vulnerabilidad.
11. Programa de participación de debate ciudadano sobre Traspaso de la Justicia.

Art. 2°- Apruébanse los Proyectos de Convenio y de Convenio de Cooperación a celebrarse respectivamente entre este Gobierno y el Centro para la Participación y el Control Ciudadano con Organizaciones No Gubernamentales (ONG) y/o Ecuménicas, los que como Anexos II y III forman parte integrante del presente decreto.

Art. 3°- Apruébase el Modelo de Convenio Específico a celebrarse entre este Gobierno y la Universidad de Buenos Aires, dentro de los términos del Convenio Marco N° 5, suscripto con fecha 11 de marzo de 1997, el cual como Anexo IV forma parte integrante del presente decreto.

Art. 4°- Autorízase a la señora Directora del F/N Centro para la Participación y el Control Ciudadano a celebrar los Convenios a que se refieren los artículos 2° y 3°.

Art. 5°- El presente decreto será refrendado por el señor Secretario de Hacienda y Finanzas.

Art. 6°- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos comuníquese a las Secretarías y Subsecretarías del Poder Ejecutivo. Cumplido, archívese.


ANEXOS

Anexo I


1. Programa de Capacitación de Líderes para la Participación:

El objeto de este programa es preparar formadores adolescentes y jóvenes para la participación ciudadana, como modo de coadyuvar con la formación de ciudadanos/as participativos/as en el ámbito de las organizaciones comunitarias del Sector Social.

Este Programa contribuirá a una capacitación más abarcativa e integral para la participación ciudadana, atrayendo hasta los núcleos participativos como son las Organizaciones No Gubernamentales, instituciones ecuménicas y áreas gubernamentales de participación, a adolescentes y jóvenes.

El Programa está destinado a generar un espacio concreto de creatividad y acción para estimular la vocación de liderazgo de jóvenes y adolescentes, contribuyendo a la construcción de una democracia participativa.

Es un compromiso de este Gobierno de la Ciudad brindar los canales y ámbitos adecuados para esa capacitación. Desde este Programa se genera además una activa asociación y participación de la gestión intra gubernamental y el Sector Social para fomentar el desarrollo de actividades complementarias gubernamentales y no gubernamentales cuyo eje sea siempre la mejor calidad de vida de la gente.

2. Programa de Presupuesto Participativo:

El artículo 52 de la Constitución de la Ciudad establece el carácter participativo del presupuesto y prescribe que la ley debe fijar los procedimientos de consulta sobre las prioridades de asignación de recursos. En esta inteligencia, la Ley N° 70 de Sistemas de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad en su artículo 9° "garantiza la participación de la población en la elaboración y seguimiento del Presupuesto Anual, del Programa General de Gobierno y del Plan de Inversiones Públicas del Gobierno de la Ciudad a través de foros temáticos y zonales. A esos efectos se articularán los mecanismos que surjan de la Ley de Presupuesto Participativo".

Conforme estos preceptos legales, el Centro para la Participación y el Control Ciudadano viene llevando a cabo desde el año 1997 el Programa de Presupuesto Participativo, que incluyó la realización de un Plan Piloto en el área de influencia del CGP N° 3 (La Boca - Barracas) y de cinco Talleres Barriales de Priorización de Necesidades, en los barrios de Agronomía, Palermo, Montserrat, Villa Luro y Saavedra (CGP Nos. 1, 7, 11, 12 y 14 Este), a fin de brindar insumos para el diseño de una metodología de trabajo idónea para desarrollar el presupuesto participativo en la Ciudad de Buenos Aires.

Participaron de estos Talleres los representantes de organizaciones comunitarias de cada uno de los barrios -asociaciones vecinales, cooperadoras escolares, asociación de comerciantes, etc.- así como sindicatos y partidos políticos con representación parlamentaria. Durante el año 1999 se continuará con este curso de acción.

3. Programa de organización y coordinación de Audiencias Públicas:

El Centro para la Participación y el Control Ciudadano es el Organismo de Implementación de todas las Audiencias Públicas convocadas por el Poder Ejecutivo de la Ciudad de Buenos Aires (conf. Decreto N° 1.597-98).

Dentro de este marco se llevaron a cabo los días 23 de octubre y 11 de diciembre de 1998 dos Audiencias Públicas, la primera referida a la "Evaluación de la Precalificación y Traza de la Línea H de Subterráneos", y la segunda a la "Transferencia a la Ciudad de Buenos Aires de la Concesión de Subterráneos", ambas con masiva participación de vecinos y funcionarios y el monitoreo de la Organización No Gubernamental Transparencia Internacional.

El Centro para la Participación y el Control Ciudadano cuenta ya con numerosas solicitudes de realización de Audiencias Públicas por parte de diferentes Secretarías del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, por lo que durante el año 1999 se incrementará el número de Audiencias Públicas que el Centro para la Participación y el Control Ciudadano organizará y coordinará.

A lo largo del año 1999 el Centro para la Participación y el Control Ciudadano continuará junto a la Universidad de Buenos Aires desarrollando este Programa, en virtud del éxito obtenido y la gran demanda por parte de funcionarios y vecinos integrantes de organizaciones

4. Programa de Participación Ciudadana:

a) Desarrollo de instancias de participación ciudadana para consensuar el Plan Estratégico y el Plan Urbano Ambiental:

El objeto de este programa es contribuir con la elaboración y puesta en práctica de los sistemas y mecanismos de participación ciudadana que hagan del Plan Urbano Ambiental un producto de la ciudadanía en su conjunto, conforme los preceptos de la Constitución de la Ciudad.

A través del trabajo conjunto entre diferentes áreas del Gobierno de la Ciudad y el Centro para la Participación y el Control Ciudadano, en un proyecto liderado por la Secretaría de Planeamiento Urbano y Medio Ambiente, se llevará a cabo un proceso de consulta ciudadana mediante el cual se lograrán los imprescindibles intercambios de ideas entre los funcionarios, los especialistas, las organizaciones intermedias y la ciudadanía en su conjunto.

En este proceso de consulta respecto de un proyecto marco para la Ciudad futura, tendrán lugar diferentes talleres y foros temáticos de debate sobre los temas propuestos por la Ley N° 71.

La participación en los mismos se circunscribirá a profesionales y organizaciones intermedias que se encuentren trabajando en las temáticas a debatir.

Toda la documentación conteniendo las propuestas, críticas y conclusiones que resulten como consecuencia de dichos foros multidisciplinarios, serán volcados detalladamente en actas y expedientes de trabajo. Este material correspondiente a cada uno de los foros realizados previamente servirá de invalorable insumo, para informar a la ciudadanía sobre los principales ejes del debate, a los efectos de que puedan emitir su opinión para la elaboración de un Plan Urbano Ambiental definitivo y consensuado,

b) Prevenir la discriminación y la violencia en la ciudad de Buenos Aires:

Es sabido que a pesar de poder acceder a buenos niveles educativos, ello no significa que se garantice la conducta tolerante y solidaria hacia otras personas que pueden aparecer como diferentes. Permanentemente tomamos conocimiento de actitudes y acciones fuertemente excluyentes respecto de sectores con mayor vulnerabilidad, como suelen ser quienes proceden de zonas empobrecidas o pertenecen a alguna comunidad indígena o padecen alguna enfermedad estigmatizante.

El Centro para la Participación y el Control Ciudadano llevará a cabo cursos, seminarios y actividades destinadas a la educación cívica para la tolerancia y el respeto por los Derechos de las personas, para que su condición social y económica, su origen, su educación, su etnia, su religión y/o sus capacidades, no deriven en acciones de exclusión, por parte de la sociedad.

Es un compromiso indelegable de nuestro Centro, contribuir para la construcción de conductas participativas e inclusivas de la sociedad, respecto de aquellas personas que por sus condiciones han sufrido o pueden sufrir cualquier forma de discriminación, violencia y/o exclusión.

c) Nuevas formas de Ciudadanía:

Es evidente que este final de siglo nos encuentra con cambios fundamentales. El abandono del estado de bienestar de la última década y la irrupción de las nuevas formas de estado eminentemente privatizadores, han concentrado en el mercado la regulación social y han producido la mayor brecha entre los que más tienen y los que menos tienen. Esa situación ha provocado la ruptura del contrato social benefactor y ha dejado a la deriva importantes sectores poblacionales.

Esa situación conlleva el establecimiento de nuevas formas de ciudadanía que contemple no solo el respeto de los derechos civiles y políticos, sino también el respeto a los derechos económicos, sociales, culturales y los nuevos derechos, todo lo cual pone en debate la construcción de nuevas formas de ciudadanía, que tengan como objetivo esencial la inclusión de las personas.

d) Desarrollar debates relacionados a temáticas relevantes para la sociedad:

El crecimiento y desarrollo de la ciudadanía requiere no solamente instrumentar los mecanismos de participación ciudadana que ofrece la nueva situación institucional de la ciudad, sino también reflexionar sobre temáticas y situaciones que preocupan a la sociedad, a los efectos de poder extraer conclusiones válidas que permitan brindar amplios elementos de juicio a los vecinos de Buenos Aires. En esta inteligencia se organizarán debates, mesas redondas, seminarios o cualquier otra forma de intercambio productivo de ideas, que permitan coadyuvar al logro de los objetivos propuestos. Esta tarea podrá ser encarada por el Centro para la Participación y el Control Ciudadano por sí, o en coordinación con otras áreas de gobierno o Instituciones públicas o privadas.

5. Programa de Capacitación para Líderes de Organizaciones Comunitarias:

Programa de Capacitación de Líderes de las Organizaciones de la Comunidad -se lleva a cabo conjuntamente entre el Centro para la Participación y el Control Ciudadano y el Programa de Desarrollo Social de la Secretaría de Extensión Universitaria de la Universidad de Buenos Aires-. Es fundamental la continuidad de este programa porque desde el mismo, el Gobierno de la Ciudad puede relacionarse e interactuar con instituciones de la comunidad, a fin de desarrollar una gestión más participativa, eficiente y transparente. Esto contribuirá a un fortalecimiento de la sociedad a partir del fortalecimiento de sus organizaciones, siendo la propuesta una de las metodologías idóneas, que se vehiculiza a través de la capacitación de los líderes del sector social. De este modo, el Programa de Capacitación brinda herramientas de gestión para un mejor desarrollo de los objetivos que sostienen las organizaciones sociales.

Participaron de los talleres que se desarrollaron en 1998, representantes y expertos de Organizaciones No Gubernamentales, profesores de la Universidad de Buenos Aires y diferentes Centros de Gestión y Participación.

6. Pograma "El Espacio Público es de Todos":

El Centro para la Participación y el Control Ciudadano ha desarrollado conjuntamente con la Dirección General de Promoción Cultural, el Programa "Consolidación del Espacio Público" de la Secretaría de Cultura y la Dirección General de Estadísticas y Censos del Gobierno de la Ciudad - una consulta popular en torno a la utilización y reglamentación del espacio público, bajo la consigna "El Espacio Público es de Todos".

Esta consulta pública - que tuvo lugar al final de 1998, en toda la Ciudad a través del Centro Cultural Recoleta, los Centros de Gestión y Participación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y los Centros Culturales Barriales - tiene como finalidad democratizar el espacio público; devolverle a las calles, parques y paseos de nuestra ciudad su carácter solidario, el de una ciudad para el encuentro entre vecinos, un ámbito de respeto por los derechos humanos, un lugar para la participación cultural y la libre expresión de las ideas y las acciones consensuadas.

En cuanto a la metodología utilizada para conocer la opinión de los vecinos, se presentaron, por un lado, dos boletas para votar por diferentes propuestas en cuanto a la utilización del espacio público. Por el otro, se instrumentó una detallada encuesta de opinión sobre cuestiones específicas acerca del mismo tema. Este Programa continuará en 1999, a través de diferentes propuestas participativas.

7. Programa de asesoramiento, capacitación, financiamiento para la formación, registro y funcionamiento de Instituciones Intermedias:

Dado el crecimiento del universo no gubernamental, es fundamental para este Centro de Participación y Control Ciudadano, el funcionamiento de un Programa que sirva de guía a aquellas personas interesadas en nuclearse con objetivos concretos, ya sea por grupos temáticos o de interacción multidisciplinaria en Red.

Estas nuevas formas de asociación entre las personas, ofrece dificultades ciertas porque el crecimiento desordenado y meteórico de las Organizaciones No Gubernamentales en los últimos años, no tiene aún la cobertura jurídico legal adecuada y deben encuadrarse en formas jurídico legales tradicionales, que no contemplan la realidad de la organización que quieren formar. Esto genera un bache legal que produce inseguridades para su inscripción y funcionamiento. Situaciones que con adecuada información y capacitación pueden subsanarse rápidamente.

8. Programa de formación de Comités de Usuarios de Servicios Públicos:

La participación activa de este Centro, en ámbitos comunitarios para la participación ciudadana y el control de la gestión, ha generado la necesidad de contribuir a la formación y constitución de Comités de Usuarios de Servicios Públicos en la Ciudad de Buenos Aires.

Siguiendo la línea de descentralización que lleva adelante el Gobierno de la Ciudad, resulta importante la capacitación ciudadana para habituarse a formar comités zonales que contemplen sus intereses como usuarios y garantice en la práctica, el enriquecimiento de la democracia representativa a través de la democracia participativa.

9. Programa de estímulo a los vecinos y vecinas de la Ciudad de Buenos Aires:

Esta es una facultad de nuestro Centro, que en sus ámbitos de participación ciudadana siempre encuentra personas participativas dignas de emular. Por eso, la implementación de estímulos a las y los vecinos.

10. Programa de cooperación con Organizaciones No Gubernamentales que promueven la participación en temas que atañen a personas con capacidades diferentes y personas con factores de riesgo y vulnerabilidad:

Es de interés de este Centro contribuir a la construcción de espacios de integración con organizaciones que se dediquen a tratar temas como las capacidades diferentes y los factores de riesgo y vulnerabilidad, que puedan incluir a personas de cualquier edad y/o condición.

Creemos posible poder cooperar para facilitar el desarrollo de actividades que contemplen la situación de esas personas y coadyuven a la integración social de las mismas, generando ámbitos de participación no tradicionales.

11. Programa de participación de debate ciudadano sobre Reforma y Traspaso de la Justicia:

El traspaso de la Justicia a la Ciudad de Buenos Aires, es un tema pendiente que debe resolverse con rapidez y eficacia para el beneficio de nuestra población. Es un compromiso pendiente que no admite demoras y nuestro Centro está en condiciones de poner en debate este tema con la ciudadanía, a través de actividades concretas.

Tanto las Organizaciones de nuestra sociedad, de carácter específico profesional, como de otras ciudades del mundo, tienen mucho que aportar a este debate. Por otra parte, no podemos excluir la participación de sectores de la ciudadanía agrupados en entidades diferentes a las jurídicas, pero que tienen mucho para debatir desde su conocimiento y experiencia en temáticas que pueden ser judiciables o que participan cuando una situación es judiciable.

Debemos considerar con respeto la opinión de los y las vecinas de la ciudad, por cuanto serán beneficiados o perjudicados por las condiciones del traspaso, lo cual les da el derechos a opinar y debatir el tema en profundidad.

Anexo II


PROYECTO DE CONVENIO ENTRE EL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES Y ORGANIZACION NO GUBERNAMENTAL Y/O ECUMENICA

Entre el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en adelante GCBA con domicilio en Avenida de Mayo 525 de esta ciudad, representado por la señora Lucía Alberti, en su carácter de Directora del Centro para la Participación y el Control Ciudadano, por una parte, y la Organización No Gubernamental XXXX en adelante ONG, con domicilio en _________________ de esta ciudad, representada por __________________________, por la otra, acuerdan celebrar el presente convenio, sujeto a las siguientes cláusulas:

PRIMERA: El objeto del presente convento es la implementación de un servicio de pasantías que cubrirán especialistas de ONG, con el fin de _____________; brindar asesoramiento jurídico; llevar a cabo cursos de capacitación, talleres y seminarios y mejorar los niveles de conocimiento en las temáticas mencionadas. Todas estas actividades tendrán como destinatarios a los vecinos de la ciudad de Buenos Aires, a funcionarios del GCBA, y a todos aquellos individuos y/o instituciones relacionados con la temática objeto de este convenio.

SEGUNDA: ONG, en coordinación con el GCBA, se compromete a cumplir con los objetivos de la cláusula Primera, en el período comprendido entre el _________ y el _________.

TERCERA: ONG será responsable de los gastos y honorarios que demande el desarrollo del presente proyecto, quedando el GCBA exento de toda responsabilidad al respecto, con excepción de las exigencias establecidas en la cláusula quinta.

CUARTA: El monto del proyecto es de pesos XXXX ($ XXXX.-), que el GCBA efectivizará a favor de ONG, en cuotas mensuales y consecutivas, pagaderas a partir de los cinco días hábiles de cada mes, y tendrá como destino el pago de las pasantías, material de trabajo, publicaciones, y todo otro insumo que sea necesario para el eficaz cumplimiento del objeto del presente convenio.

QUINTA: El GCBA se compromete a garantizar la infraestructura necesaria para realizar las actividades pactadas, así como para su difusión.

SEXTA: El presente convenio tendrá vigencia hasta ________. En caso de agregarse nuevas actividades del tipo de las previstas, en las mismas condiciones del presente protocolo y mediando acuerdo de las partes, se renovará la vigencia del presente hasta completar el nuevo ciclo.

SEPTIMA: El presente convenio comenzará a regir a partir de la fecha de su firma, pudiendo las partes denunciarlo unilateralmente en cualquier momento, debiendo comunicar tal circunstancia en forma fehaciente y con una antelación no menor de noventa (90) días a la otra parte, sin que ello genere derecho a resarcimiento alguno.

OCTAVA: En caso de controversias derivadas de la aplicación del presente convenio, ambas partes manifiestan su intención de solucionar amigablemente sus diferencias; de no arribar a un acuerdo se designará por sorteo un mediador de dos (2) candidatos, propuestos por cada una de las partes. Si aún persistiera el desacuerdo, ambas partes se someten a los Tribunales Ordinarios de la Ciudad de Buenos Aires. Las partes constituyen domicilio en las direcciones indicadas precedentemente, en donde serán válidas todas las comunicaciones que se cursen. Para el supuesto de notificaciones judiciales, el GCBA constituye domicilio especial en la calle Uruguay 440, piso 2°, oficina 27, de esta ciudad.

En prueba de conformidad, se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto en la ciudad de Buenos Aires, a los ___ días del mes de ____________ de 1999.

Anexo III


PROYECTO DE CONVENIO DE COOPERACION ENTRE EL CENTRO PARA LA PARTICIPACION Y EL CONTROL CIUDADANO DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES Y LA ORGANIZACION NO GUBERNAMENTAL XXX

Entre el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en adelante GCBA con domicilio en Avenida de Mayo 525 de esta ciudad, representado por la señora Directora del Centro Para la Participación y el Control Ciudadano, Lucía Alberti, por una parte, y la Organización No Gubernamental XXX, en adelante ONG, con domicilio en ___________________ de esta ciudad, representada por ________________ por la otra, acuerdan celebrar el presente convenio marco, que se regirá por las siguientes cláusulas:

PRIMERA: ONG y el GCBA, de común acuerdo, diseñarán y desarrollarán programas de cooperación, asistencia técnica, capacitación o desarrollo en todas las áreas de mutuo interés.

SEGUNDA: Cada una de las acciones que se decidan implementar serán establecidas en convenios específicos. El GCBA a través de sus Secretarías, Subsecretarías y organismos fuera de nivel, y la ONG a través de su Organo Directivo, serán los responsables de establecer los programas, coordinar este convenio y realizar su seguimiento. Los convenios específicos que las partes acuerden establecerán los objetivos, actividades a desarrollar, un cronograma de trabajo, el presupuesto correspondiente, la forma de pago y los responsables de la dirección y ejecución de las tareas, se anexarán al presente y lo integrarán una vez aprobados por las autoridades superiores que correspondan.

TERCERA: Los convenios específicos que se firmen en el marco de este acuerdo deberán contener cláusulas específicas de resguardo de la propiedad intelectual o de resultado de los trabajos que se realicen. En caso contrario, los derechos intelectuales originados en trabajos realizados en el marco de este acuerdo pertenecen a ambas partes. En los trabajos publicados constará que los mismos se originan en el presente acuerdo.

CUARTA: El presente convenio tendrá una duración de un (1) año a partir de su celebración. A su término se renovará automáticamente, a menos que una de las partes comunique a la otra en forma fehaciente y con una anticipación no menor de tres (3) meses su voluntad de rescindirlo. No obstante, ambas partes se reservan el derecho de rescindirlo unilateralmente sin que ello origine responsabilidad alguna debiendo comunicarlo con una antelación de no menos de tres (3) meses. La rescisión del presente convenio marco suspenderá los convenios específicos aprobados, cuenten o no con principio de ejecución.

QUINTA: En caso de controversias derivadas de la aplicación del presente protocolo adicional, ambas partes manifiestan su intención de solucionar amigablemente sus diferencias; de no arribar a un acuerdo se designará por sorteo un mediador de dos (2) candidatos, propuestos por cada una de las partes. Si aún persistiera el desacuerdo, ambas partes se someten a los Tribunales Ordinarios de la Ciudad de Buenos Aires. Las partes constituyen domicilio en las direcciones indicadas precedentemente, en donde serán válidas todas las comunicaciones que se cursen. Para el supuesto de notificaciones judiciales, el GCBA constituye domicilio especial en la calle Uruguay 440, piso 20, oficina 27, de esta ciudad.

En prueba de conformidad, se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto en la Ciudad de Buenos Aires, a los ___ días del mes de ____________ de 1999.

Anexo IV


PROYECTO DE CONVENIO ESPECIFICO ENTRE EL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES Y LA UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES

Entre el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en adelante "El Gobierno", con domicilio en Avenida de Mayo 525 de la ciudad de Buenos Aires, representado por la señora Directora del Centro para la Participación y el Control Ciudadano, Lucía Alberti, en virtud de la autorización conferida mediante Decreto N° _________ de la fecha ________, por una parte, y por la otra la Universidad de Buenos Aires, en adelante "La U.B.A.", con domicilio en Viamonte 430 de esta ciudad, representada por ________________________, por la otra; acuerdan celebrar el presente protocolo adicional, en el marco del Convenio General N° 5, firmado con fecha 11 de marzo de 1997, sujeto a las siguientes cláusulas:

PRIMERA: El objeto del presente protocolo adicional, es la implementación de actividades de capacitación orientadas a dirigentes vecinales y a quienes aspiren a desarrollar acciones en el ámbito local, para que puedan actuar eficazmente en el marco de descentralización y participación que habilita la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, así como mejorar su desempeño en lo que respecta a organización, funcionamiento y búsqueda de recursos para sus instituciones.

SEGUNDA: "La U.B.A." a través del Programa de Desarrollo Social de la Secretaría de Extensión Universitaria y Bienestar Estudiantil en coordinación con "El Gobierno" a través del Centro para la Participación y el Control Ciudadano, se compromete a dictar _____ (X) módulos de talleres temáticos barriales, con inscripción previa y selección a cargo de "El Gobierno", en el período comprendido entre el___ de _________ y el ____ de __________ de 1999, de acuerdo al cronograma y contenidos temáticos que se especifican en el documento que se incorpora a manera de Anexo I.

TERCERA: "El Gobierno" se compromete a garantizar la infraestructura técnica necesaria para realizar las actividades pactadas.

Asimismo y de acuerdo con lo presupuestado "El Gobierno" abonará la suma de pesos ____________ ($ XXX) por cada módulo de taller compuesto de xx (xx) clases de xx (xx) horas de duración cada una.

"El Gobierno" quedará exento de toda responsabilidad en la relación extracontractual existentes entre la "U.B.A." y los docentes designados para estas actividades.

CUARTA: "La U.B.A." a través del Programa de Desarrollo Social de la Secretaría de Extensión Universitaria y Bienestar Estudiantil proveerá el material de apoyo, con las copias necesarias para cada uno de los participantes.

La propiedad intelectual del citado material así como de las conferencias y talleres es de "La U.B.A.". La reproducción a terceros del material impreso y de las grabaciones en audio o su filmación en video deberá contar con la autorización de "La U.B.A." y sus autores.

QUINTA: Los participantes de las distintas actividades recibirán un certificado de asistencia, el que será expedido en forma conjunta por "El Gobierno" y "La U.B.A.", corriendo la impresión por cuenta de la U.B.A.

SEXTA: La difusión de las actividades se realizará en forma conjunta entre "El Gobierno" y "La U.B.A." y será coordinada por los responsables que ambos designen. En lo que respecta al material gráfico, corresponderá a la U.B.A. la impresión del material y la distribución de folletería y afiches en el ámbito de su jurisdicción, y a "El Gobierno" la distribución del mismo en los ámbitos de su jurisdicción, incluidos los Centros de Gestión y Participación. La publicidad por avisos institucionales estará a cargo de "El Gobierno". La difusión por medio de gacetillas a medios gráficos, radiales y audiovisuales estará a cargo de ambas partes. En todos los medios y elementos de difusión constará la intervención conjunta y en un pie de igualdad de "El Gobierno" y "La U.B.A.". "El Gobierno" se hará cargo del cursado de las invitaciones a las organizaciones vecinales y comunitarias para su participación en las actividades.

SEPTIMA: El presente protocolo adicional tendrá vigencia hasta que se realice la última actividad programada, prevista para el mes de _____________ de 1999. En caso de agregarse nuevas actividades del tipo de las previstas, en las mismas condiciones del presente protocolo y mediando acuerdo de las partes, se renovará la vigencia del presente hasta completar el nuevo ciclo.

OCTAVA: En caso de controversias derivadas de la aplicación del presente protocolo adicional, ambas partes manifiestan su intención de solucionar amigablemente sus diferencias, de no arribar a un acuerdo se designará por sorteo un mediador de dos (2) candidatos, propuestos por cada una de las partes; si aún persistiera el desacuerdo ambas partes se someten a los Tribunales Federales de la Capital Federal.

En prueba de conformidad, se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de Buenos Aires, a los ___ días del mes de ______________ de 1999.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
Anexo IV al Dto. 1521-99 aprueba modelo de Convenio específico a suscribirse con la UBA en el marco del Convenio 5-97
INTEGRA
El Dec. 1521-99 ratifica 11 Programas que se encuentran en ejecución en el F/N Centro para la Participación y el Control Ciudadano, creado por Dec. 465-96
INTEGRA
Art. 1 y Anexo I. 3 del Dto. 1521-99 Integra Dto. 1597-98 - Programa de organización y coordinación de Audiencias Públicas