RESOLUCIÓN 540 2003 SECRETARIA DE GOBIERNO Y CONTROL COMUNAL
Síntesis:
DESESTIMA EL RECURSO DE METROVÍAS S.A. CONTRA LA RESOLUCIÓN N° 464/SSRYF/03 Y PROVIDENCIAS DICTADAS POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE PROTECCIÓN DEL TRABAJO-DESESTIMACIÓN DE RECURSOS- RECURSO JERÁRQUICO-DECLARACIÓN DE INSALUBRIDAD DEL LUGAR DE TRABAJO-CONDICIONES DE HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO
Publicación:
23/10/2003
Sanción:
08/10/2003
Organismo:
SECRETARIA DE GOBIERNO Y CONTROL COMUNAL
Visto el Expediente N° 53.984/03, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente de referencia la firma Metrovías S.A. interpuso Recurso de Reconsideración y jerárquico en subsidio contra la Resolución N° 464/SSRYF/03 y contra las Providencias dictadas por la Dirección General de Protección del Trabajo Nros. 5.629/DGDPT/03, 5.634/DGDPT/03, 5.637/DGDPT/03, 5.643/DGDPT/03, 5.640/DGDPT/03, 5.649/DGDPT/03, 5.646/DGDPT/03, 5.652/DGDPT/03 y 5.655/DGDPT/03;
Que de las constancias de autos se desprende que la Subsecretaría de Regulación y Fiscalización mediante Resolución N° 1.103/SSRYF/2003, de fecha 2/9/03, y de acuerdo a lo previamente aconsejado por la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, desestimó el Recurso de Reconsideración impetrado por Metrovías S.A.;
Que la empresa en cuestión amplió los fundamentos de su presentación recursiva en los términos del artículo 107 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires;
Que el recurrente insiste en acudir a argumentaciones y efectuar reproches al accionar de la Administración que ya constituyeran fundamento central y excluyente del recurso de reconsideración incoado en su oportunidad contra la Resolución N° 464/SSRYF/2003;
Que en tal sentido, se reiteran consideraciones acerca de la falta de competencia por parte de la Subsecretaría de Regulación y Fiscalización para emitir las normas tendientes a determinar el procedimiento para la declaración de insalubridad de un lugar o ambiente de trabajo, los pretendidos perjuicios que le acarrearía la aplicación de la Resolución N° 464/SSRYF/03, por entender que el procedimiento establecido por la Resolución N° 373/SSRYF/02 es sustancialmente diferente y gravoso para los intereses de la empresa en relación a lo dispuesto en la Resolución N° 212/MTESS/2003, o las supuestas irregularidades que se habrían cometido en el trámite del Expediente N° 50.179/02;
Que todo ello ya ha constituido materia de examen y del análisis correspondiente, habiéndose expedido oportunamente la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con motivo de la consulta que se le formulara, a través de la emisión de los Dictámenes N° 11.971/PG/02, de fecha 4/11/02, y N° 13.453, de fecha 26/12/02, y finalmente en el Dictamen N° 20.037/PG/03, de fecha 1°/9/03, en los que se analiza la cuestión, señalando en forma precisa cual es la normativa que fundamenta el accionar de la Administración que resulta impugnado, por lo que corresponde remitirse a las extensas consideraciones allí efectuadas;
Que en definitiva, no se advierte la existencia de argumentaciones novedosas que ameriten conmover el decisorio atacado;
Por ello, de conformidad con lo dictaminado por la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en uso de las facultades conferidas por el Art. 109 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires (B.O.C.B.A. N° 310),
Artículo 1° - Desestimar el recurso jerárquico impetrado, en subsidio del de reconsideración, por la empresa Metrovías S.A. contra la Resolución N° 464/SSRYF/03 y contra las Providencias dictadas por la Dirección General Protección del Trabajo Nros. 5.629/DGDPT/03, 5.634/DGDPT/03, 5.637/DGDPT/03, 5.643/DGDPT/03, 5.640/DGDPT/03, 5.649/DGDPT/03, 5.646/DGDPT/03, 5.652/DGDPT/03 y 5.655/DGDPT/03.
Artículo 2° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y comuníquese a la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los fines establecidos en el artículo 11 del Decreto N° 698/GCBA/96 y su modificatorio Decreto N° 1.583/GCABA/2001. Cumplido, notifíquese a la empresa Metrovías S.A.; dése traslado para su conocimiento a la Subsecretaría de Regulación y Fiscalización. Cumplido, archívese. Giudici