DECRETO 219 2019
Síntesis:
SE OTORGA CARÁCTER DE ADMINISTRADORA - SECTOR PARQUE OLÍMPICO - CORPORACIÓN BUENOS AIRES SUR SE - PLAZO - ARROYO CILDAÑEZ - 27 DE FEBRERO Y AUTOPISTA PRESIDENTE HÉCTOR JOSÉ CÁMPORA - PARQUE POLIDEPORTIVO JULIO A ROCA - AVENIDA CORONEL ROCA 3980
Publicación:
19/06/2019
Sanción:
14/06/2019
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la LeyNro.470(texto
consolidado por Ley N° 6.017), los Decretos N° 1.814/00, N° 768/03 y N° 308/2016, el
Expediente Electrónico N° 2019-13222232-GCABA-DGABC, y
CONSIDERANDO:
Que por el presente actuado se propicia a otorgar a la Sociedad del Estado
Corporación Buenos Aires Sur S.E., la administración del sector mayormente conocido
como "Parque Olímpico" Parque Polideportivo Julio A. Roca, sito en la Avenida
Coronel Roca Numero 3980 (Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 1, Sección: 58,
Manzana: 14 H);
Que la Sociedad del Estado Corporación Buenos Aires Sur, creada por Ley N° 470
(texto consolidado por Ley N° 6.017), tiene por objeto favorecer el desarrollo humano,
económico y urbano integral de la zona denominada Área de Desarrollo Sur en la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a fin de compensar las desigualdades zonales
dentro del territorio de la Ciudad;
Que la mencionada Sociedad, colabora con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, en el cumplimiento del plan estratégico de revitalización y renovación
urbana de la zona sur de la Ciudad;
Que por Decreto N° 308/2016 se otorgó a la citada Corporación, por el plazo de
cincuenta y cinco (55) meses, contados a partir del 30 de abril de 2016, el carácter de
Administradora, respecto del Sector "C" del Parque Polideportivo Julio A. Roca;
Que, en este sentido, corresponde otorgar la administración del sector mayormente
conocido como "Parque Olímpico" - delimitado por las Avenidas Coronel Roca, Arroyo
Cildañez, 27 de Febrero y la Autopista Presidente Héctor José Cámpora - a la
Corporación Buenos Aires Sur en el entendimiento que la misma contribuirá a
potenciar el Área de Desarrollo Sur de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que siendo un bien del dominio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; resulta
pertinente dictar el acto administrativo correspondiente, otorgando a la Sociedad del
Estado Corporación Buenos Aires Sur el carácter de Administradora del "Parque
Olímpico";
Que la Corporación Buenos Aires Sur S.E. intervino mediante Nota N° 2019-
13433182-GCABA-CBAS, prestando expresa conformidad a la prosecución de la
transferencia en cuestión;
Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado la
intervención de su competencia en virtud de lo establecido en la Ley N° 1.218 (texto
consolidado por ley N° 6017).
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Otórgase a la Corporación Buenos Aires Sur S.E. por el plazo de UN (1)
año, el carácter de Administradora del sector mayormente conocido como "Parque
Olímpico" -delimitado por las Avenidas Coronel Roca, Arroyo Cildañez, 27 de Febrero
y la Autopista Presidente Héctor José Cámpora-, del Parque Polideportivo Julio A.
Roca, sito en la Avenida Coronel Roca Numero 3980 (Nomenclatura Catastral:
Circunscripción: 1, Sección: 58, Manzana: 14 H).
Artículo 2°.- El presente decreto es refrendado por los Señores Ministros de Desarrollo
Urbano y Transporte y de Economía y Finanzas y por el Señor Jefe de Gabinete de
Ministros.
Artículo 3°.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Corporación Buenos Aires Sur S.E. y, para su conocimiento y
demás efectos, remítase a la Dirección General Concesiones y Permisos, dependiente
del Ministerio de Economía y Finanzas. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA
- Moccia - Mura - Miguel