RESOLUCIÓN 1683 2019 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Síntesis:
VALOR HORA DE LA COMPENSACIÓN POR RECARGO DE SERVICIOS - DECRETO 47-17 - PERSONAL CON ESTADO POLICIAL DE LA POLICÍA DE LA CIUDAD - SERVICIOS EXTRAORDINARIOS FUERA DEL HORARIO NORMAL DE LABOR - REMUNERACIONES - SALARIOS - SUELDOS - MONTO POR HORA
Publicación:
04/07/2019
Sanción:
02/07/2019
Organismo:
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
VISTO: Las Leyes N° 5.460 (texto consolidado por Ley N° 6.017) y su modificatoria N°
5.960, N° 5.688 (conforme texto consolidado según Ley N° 6.017), los Decretos Nros.
47/17 y sus modificatorios, 245/17 y 391/18, el Convenio N° 1/16 aprobado mediante
Resolución N° 298/LCBA/15, las Resoluciones de Firma Conjunta Nros.
1685/MHGC/17, 788/MHGC/18, 1430/MEFGC/2018, el Expediente N°
17689665/DGLSCS /2019, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 5.460 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que la Ley N° 5.960 modificó la citada Ley con el objeto de reorganizar
responsabilidades, competencias y funciones de distintas áreas de gobierno;
Que en tal sentido, se modificó la denominación del Ministerio de Hacienda, el que
pasó a denominarse Ministerio de Economía y Finanzas;
Que mediante el "Convenio de Transferencia Progresiva a la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires de facultades y funciones de seguridad en todas las materias no
federales ejercidas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires" suscripto el 5 de enero
de 2016 entre el Presidente de la Nación y el Jefe de Gobierno de la Ciudad de
Buenos Aires se acordó la transferencia a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de los
efectivos de la Policía Federal Argentina que cumplen funciones de seguridad en
materias no federales en el ámbito territorial local;
Que por Resolución N° 298/LCBA/15 la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires
aprobó el mentado Convenio de Transferencia, registrado bajo el N° 1/16;
Que la Ley N° 5.688 dispuso la creación de la Policía de la Ciudad y estableció que el
personal transferido a la Ciudad de Buenos Aires y el personal de la Policía
Metropolitana integran aquélla a partir del 1°de enero de 2017;
Que el Jefe de Gobierno estableció la estructura salarial de la Policía de la Ciudad en
el Decreto 47/17 y sus modificatorios;
Que mediante el artículo 2 del Decreto 245/17 se modificó el artículo 19 del Anexo I
del Decreto 47/17, el cual quedó redactado del siguiente modo: "Artículo 19.- La
compensación por recargo de servicio, de carácter no remunerativo y no bonificable,
es percibida por el personal que cumpla servicios extraordinarios fuera del horario
normal de labor, liquidándose cuando los mismos excedan una (1) hora diaria. La
compensación por recargo de servicios equivale a un monto fijo por hora excedente
trabajada, conforme al grado del personal. El monto de la compensación por recargo
de servicios es determinado en forma conjunta por los Ministros de Justicia y
Seguridad y Hacienda."
Que mediante la Resolución Conjunta N° 1685/MHGC/17 se estableció el monto por
hora de la compensación por recargo de servicios correspondiente a cada grado del
escalafón de la Policía de la Ciudad;
Que, asimismo, por Resolución Conjunta N° 1430/MEFGC/18 se incrementó el valor
hora de la compensación por recargo de Servicios fijado para los grados de Oficial
Ayudante, Oficial y Oficial Primero de la Policía de la Ciudad, a partir del 1 de
noviembre de 2018;
Que resulta conveniente incrementar el valor fijado en la citada Resolución, para todos
los grados que conforman el Escalafón Policial y el Grupo Auxiliar de Oficiales
Superiores (G.A.O.S.);
Que, por el artículo 3 del Decreto N° 391/18 se encomendó con carácter ad honorem,
al Vicejefe de Gobierno, señor Diego César Santilli, las atribuciones necesarias para
conducir y coordinar el Ministerio de Justicia y Seguridad, en el cumplimiento de los
objetivos asignados al mismo.
Por ello, y de acuerdo con las facultades conferidas por la Ley N° 5460 y su
modificatoria N° 5960 y el Decreto 47/17 y sus modificatorios,
Artículo 1.- Establecer a partir del 1° de julio de 2019 el valor hora de la compensación
por recargo de servicios establecida en el artículo 19 del Anexo I del Decreto 47/17 y
sus modificatorios, en los siguientes montos:
Jefe
$ 594,10
Subjefe
$ 564,40
Superintendente
$ 522,80
Comisionado General
$ 475,28
Comisionado Mayor
$ 427,75
Comisario
$ 380,22
Subcomisario
$ 356,46
Inspector Principal
$ 332,70
Inspector
$ 308,93
Oficial Mayor
$ 257,44
Oficial Primero
$ 203,98
Oficial
$ 196,91
Oficial 1° GAOS
$ 332,70
Oficial 2° GAOS
$ 308,93
Oficial 3° GAOS
$ 308,93
Artículo 2.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en la presente será
imputado a las partidas presupuestarias correspondientes.
Artículo 3.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en la
Orden del Día de la Policía de la Ciudad. Comuníquese a la Subsecretaría de Gestión
de Recursos Humanos y a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y
Presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, a la Secretaría de Seguridad, a la
Secretaría de Administración de Seguridad, a la Subsecretaría de Capital Humano de
Seguridad, a la Dirección General Liquidaciones y Servicios Complementarios de
Seguridad del Ministerio de Justicia y Seguridad y al Instituto Superior de Seguridad
Pública, y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Secretaría de Seguridad.
Cumplido, archívese. Santilli p/p - Mura