RESOLUCIÓN 2880 2019 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Síntesis:

SE ESTABLECE - ACTOS ADMINISTRATIVOS - DESIGNACIONES -  ENCOMENDANDO FUNCIONES DE CONDUCCIÓN  COORDINACIÓN  JEFATURA  SUPERVISIÓN - INEXISTENCIA DEL CARGO EN LA ESTRUCTURA O AUTORIDADES NO COMPETENTES O INCUMPLIMIENTO DE PROCEDIMIENTOS LEGALES  - NULOS DE NULIDAD ABSOLUTA - DECLARACIÓN DE OFICIO - MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS -

Publicación:

23/07/2019

Sanción:

17/07/2019

Organismo:

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS


VISTO: Las Leyes N° 471 (texto consolidado por Ley N° 6.017) y modificatorias, N°

5.460 (texto Consolidado por Ley N° 6.017) y N° 5.960, el Decreto N° 261/17, las

Resoluciones N° 723/MMGC/14, 20/MHGC/14, 1.464/MHGC/14 y 270/MMGC/2015, el

Expediente Electrónico N° 20.379.151/GCABA- DGALP/19, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 471 establece que los trabajadores de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires tienen, entre otros derechos, el de desarrollar una carrera administrativa, que le

posibilite el desarrollo personal y profesional, con un equipamiento conforme a la

tecnología moderna;

Que la Ley N° 5.460 de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, determinó que el Jefe de Gobierno es asistido en sus funciones por los

Ministros, de conformidad con las facultades y responsabilidades que le fueran

conferidas por la misma;

Que posteriormente, la Ley mencionada en el Considerando precedente, fue

modificada por su similar N° 5.960;

Que la Ley N° 5.960, determinó en su artículo 3 la sustitución del artículo 17 del

Capítulo II, Título VIII, de la Ley 5460, el que quedó redactado de la siguiente manera:

"Artículo 17.- Corresponde al Ministerio de Economía y Finanzas asistir al Jefe de

Gobierno en todo lo inherente a sus competencias, de acuerdo con los objetivos que

se enuncian a continuación:... 1. Diseñar e implementar las políticas de gestión y

administración de los recursos humanos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires...";

Que de la norma citada se concluye que este Ministerio resulta la autoridad

competente para el diseño y desarrollo de las políticas de recursos humanos del

personal de la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires;

Que el Convenio Colectivo de Trabajo, en su Capítulo VII, establece las pautas,

principios y procedimientos generales, sobre los cuales debe articularse la Carrera

Administrativa para los trabajadores de la planta permanente de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires;

Que por Resolución N° 20/MHGC/14, se instrumentó el Acta de Negociación Colectiva

N° 17/13, de la Comisión Paritaria Central, suscripta el 4 de noviembre de 2013 entre

los representantes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y del

Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires

(SUTECBA), que dio por aprobado el nuevo Régimen Escalafonario y de Carrera

Administrativa;

Que la Resolución N° 723/MMGC/14, en su anexo, Título IV, de las Jefaturas, artículo

31, se establecieron tres niveles de Jefatura, correspondiéndoles las misiones y

funciones que se establezcan en la Estructura Orgánica Funcional del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que asimismo, mediante el citado artículo se establece que la creación de cargos de

Jefaturas en cada Dirección General o Unidad funcional deberá ajustarse a las pautas

de alcance de control, desagregación vertical, valoración de la unidad organizativa y

descripción de responsabilidad y acciones;

Que posteriormente por Decreto N° 261/17, se delegó en el entonces señor Ministro

de Hacienda en forma conjunta con el señor Vicejefe de Gobierno o la la señora

Secretaria Legal y Técnica o los/as señores/as Ministros/as del Poder Ejecutivo del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la facultad de crear las estructuras

organizativas de jefaturas, así como la de aprobar las modificaciones correspondientes

en cada caso;

Que así también, mediante dicho Decreto se delegó la facultad de modificar las

estructuras organizativas de jefaturas creadas con anterioridad al dictado del presente

Decreto;

Que por Resolución N° 270/MMGC/15 se aprobó el procedimiento para la designación

transitoria de cargos de jefatura y en su Anexo I, Artículo 7, que establece que la

designación de los agentes que ocupen el cargo de jefaturas de forma transitoria será

suscripta por el entonces Señor Ministro de Modernización, y será efectiva a partir de

la fecha de firma de la Resolución de nombramiento.

Que no obstante el marco normativo vigente, se advierten diversos actuados en los

que se reclaman reconocimientos de servicios prestados o el cobro de suplementos

por conducción, coordinación, jefatura o supervisión por cargos no aprobados bajo las

pautas y procedimientos mencionados en los artículos precedentes y cuya designación

no cumple con los requisitos previamente mencionados;

Que en tal sentido, resulta necesario que se cumplan los procesos legales de

designaciones, de acuerdo a la naturaleza de los regímenes en que presten servicios

los agentes;

Que por lo expuesto corresponde dictar la norma a fin de evitar acciones que validen

situaciones irregulares.

Por ello, de conformidad con los términos de la Leyes N° 5.460 (texto Consolidado por

Ley N° 6.017) y N° 5.960,

EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

RESUELVE

Artículo 1°.- Establécese que los actos administrativos que dispongan designaciones

encomendando funciones de conducción, coordinación, jefatura o supervisión, sin la

previa existencia del cargo respectivo en la estructura de la repartición en la que se

desempeña, por autoridades no competentes o sin dar cumplimiento a los

procedimientos de designación legalmente establecidos de acuerdo a la naturaleza del

régimen, resultan nulos de nulidad absoluta, debiendo ésta ser declarada de oficio por

la administración, sin perjuicio de la responsabilidad disciplinaria y penal del

funcionario que suscriba el acto de designación

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a todos los Organismos de la Administración Pública Centralizada,

Descentralizada y Organismos Fuera de Nivel. Cumplido, archívese. Mura

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Detalle

COMPLEMENTA
<p>El Art. 1° de la Resolucion N° 2880-MEFGC-19 establece que los actos administrativos que dispongan designaciones encomendando funciones de conducción, coordinación, jefatura o supervisión,  sin la previa existencia del cargo respectivo en la estructura de la repartición en la que se desempeña, por autoridades no competentes o sin dar cumplimiento a los procedimientos de designación legalmente establecidos de acuerdo a la naturaleza del régimen,  resultan nulos de nulidad absoluta, </p>
COMPLEMENTA
<p>El Art. 1° de la Resolucion N° 2880-MEFGC-19 establece que los actos administrativos que dispongan designaciones encomendando funciones de conducción, coordinación, jefatura o supervisión,  sin la previa existencia del cargo respectivo en la estructura de la repartición en la que se desempeña, por autoridades no competentes o sin dar cumplimiento a los procedimientos de designación legalmente establecidos de acuerdo a la naturaleza del régimen,  resultan nulos de nulidad absoluta, complementando al art. N° 31 del anexo de la Resolucion N° 723-MMGC-14.</p>