RESOLUCIÓN 723 2014 MINISTERIO DE MODERNIZACION

Síntesis:

APRUEBA LA REGLAMENTACIÓN DEL TÍTULO IV DEL NUEVO RÉGIMEN ESCALAFONARIO Y DE CARRERA ADMINISTRATIVA - DE LAS JEFATURAS - NIVELES DE CARGOS DE JEFATURA - ACCESO A CARGOS DE JEFATURA - CESE DE LA FUNCIÓN DE JEFATURA - RETRIBUCIÓN - REMUNERACIONES - JEFATURA DE DIVISIÓN - JEFATURA DE SECCIÓN - JEFATURA DE DEPARTAMENTO

Publicación:

07/10/2014

Sanción:

26/09/2014

Organismo:

MINISTERIO DE MODERNIZACION


VISTO:

Las Leyes Nros. 471 y 4013, el Convenio Colectivo de Trabajo instrumentado por

Resolución N° 2778/MHGC/10, el Acta de Negociación Colectiva N° 17/13,

instrumentada por Resolución N° 20-MHGC/14, el Acta de Negociación Colectiva N°

10/14, instrumentada por Resolución N° 1464-MHGC/14, el Decreto N° 660/11 y

modificatorios, el Expediente Electrónico N° 11860924/DGPLC/14, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 471, de Relaciones Laborales en la Administración Pública de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, establece en su artículo 31, los principios a los que debe

estar sujeta la Carrera Administrativa para los trabajadores de la planta permanente

del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que dichos principios, deben ser cumplidos y desarrollados mediante la aplicación de

normas y procedimientos surgidos de la negociación colectiva;

Que en tal sentido, se suscribió entre los representantes del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires y el Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la

Ciudad de Buenos Aires (SUTECBA), el Convenio Colectivo de Trabajo, que en su

Capítulo VII, desarrolla las pautas, principios y procedimientos generales, sobre los

cuales debe regirse la Carrera Administrativa para los trabajadores de la planta

permanente de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que en base a las normas antes citadas, se suscribió en el ámbito de la Comisión

Paritaria Central, el Acta de Negociación Colectiva N° 17/13, instrumentada por

Resolución N° 20-MHGC/14, que da por aprobado el nuevo Régimen Escalafonario y

de Carrera Administrativa, instruyendo a la Comisión Permanente de Interpretación de

la Carrera Administrativa (COPICA), a realizar las tareas de análisis, relevamiento y

reglamentación necesarias para la instrumentación del mismo;

Que la antes mencionada Comisión acordó las pautas fundamentales que dan

sustento a la reglamentación del Título IV del Régimen Escalafonario y de Carrera

Administrativa mediante el Acta de Negociación Colectiva N° 10/14, instrumentada por

Resolución N° 1464-MHGC/14;

Que según lo normado por el Artículo 2° del Régimen Escalafonario y de Carrera

Administrativa, el Ministerio de Modernización es la Autoridad de Aplicación del mismo,

y como tal posee la competencia de dictar las normas aclaratorias, complementarias

y/o reglamentarias a que diera lugar su implementación, como asimismo instrumentar

los acuerdos celebrados en el ámbito de la COPICA;

Que según lo dictado por la actual Ley N° 4013, el Ministerio de Modernización posee

las funciones correspondientes al diseño e instrumentación de las políticas de recursos

humanos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que los cargos de Jefatura de los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo, se

crean mediante decreto emitido por el Jefe de Gobierno, según lo dispuesto por los

artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con la

intervención del Ministerio de Modernización, según lo establecido por la Ley N° 4013

y sus normas reglamentarias;

Que en el marco de lo dispuesto por la Ley N° 4013, el Ministerio de Modernización, a

través de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y sus áreas

dependientes, deberá controlar el cumplimiento de los requisitos dispuestos para la

aprobación técnica y presupuestaria de las estructuras organizativas de los

organismos descentralizados y autárquicos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 660/11 y

modificatorios;

Que en dicho contexto y en respuesta a la necesidad de completar las estructuras

organizativas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se estima

conveniente la reglamentación del Título IV del nuevo Régimen Escalafonario y de

Carrera Administrativa, correspondiente a las Jefaturas, proporcionando a la

administración una adecuada asignación de funciones y responsabilidades.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 4013,

EL MINISTRO DE MODERNIZACIÓN

RESUELVE

Artículo 1°.- Apruébase la reglamentación del Título IV del nuevo Régimen

Escalafonario y de Carrera Administrativa, en el marco del Acta de Negociación

Colectiva N° 17/13, instrumentada por Resolución N° 20-MHGC/14 y el Acta de

Negociación Colectiva N° 10/14, instrumentada por Resolución N° 1464-MHGC/14,

que como Anexo (IF- 2014-13617485-DGPLC), forma parte de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Instrúyase a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y sus

áreas dependientes, a realizar las acciones en forma conjunta con los órganos de

gobierno intervinientes, para la conformación de las nuevas estructuras organizativas

de la Administración Central y los organismos descentralizados y autárquicos del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que incluyan los cargos de

Jefatura reglamentados por el Anexo de la presente Resolución.

Artículo 3°.- Establécese que la designación y el cese de los cargos de Jefatura

ocupados en forma transitoria, de acuerdo con lo dispuesto por la Cláusula Transitoria

N° 1 del Anexo I del Acta Paritaria N° 17/13, se instrumentará a través de acto

administrativo emanado por este Ministerio y a pedido del Ministro y/o Secretario o

Titular del Organismo Descentralizado o Autárquico al cual pertenezcan.

Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su

conocimiento y demás efectos, comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de

Recursos Humanos, y a las Direcciones Generales Técnicas Administrativas y Legales

del Ministerio de Hacienda y del Ministerio de Modernización y a la Dirección General

de Capital Humano y Planeamiento de Carreras de este Ministerio. Cumplido,

archívese. Ibarra


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4496

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTADA POR
<p>Arts. 1, 2 y 3 del Decreto 261-17 delega en los señores Ministros la facultad de delegar y crear estructuras, en el marco de la reglamentación dictada por Resolución 723-MMGC-14.</p>
REGLAMENTA
<p>Artículo 1 de la Resolución 723-MMGC-14, aprueba a reglamentación del Título IV del nuevo Régimen Escalafonario y de Carrera Administrativa, aprobado por el Acta de Negociación Colectiva 17/13.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>El Art. 1° de la Resolucion N° 2880-MEFGC-19 establece que los actos administrativos que dispongan designaciones encomendando funciones de conducción, coordinación, jefatura o supervisión,  sin la previa existencia del cargo respectivo en la estructura de la repartición en la que se desempeña, por autoridades no competentes o sin dar cumplimiento a los procedimientos de designación legalmente establecidos de acuerdo a la naturaleza del régimen,  resultan nulos de nulidad absoluta, complementando al art. N° 31 del anexo de la Resolucion N° 723-MMGC-14.</p>
REGLAMENTA
<p>Artículo 1 de la Resolución 723-MMGC-14, aprueba a reglamentación del Título IV del nuevo Régimen Escalafonario y de Carrera Administrativa, aprobado por el Acta 17-13, complementada por el Acta de Negociación Colectiva 10-14.</p>