DISPOSICIÓN 8 2019 DIRECCION GENERAL DE CONCESIONES Y PERMISOS

Síntesis:

APRUEBA PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES - PROCEDIMIENTOS DE LICITACIÓN Y SUBASTA PÚBLICA - OTORGAMIENTO DE CONCESIONES DE USO DE BIENES DEL DOMINIO PÚBLICO Y PRIVADO

Publicación:

29/07/2019

Sanción:

23/07/2019

Organismo:

DIRECCION GENERAL DE CONCESIONES Y PERMISOS


VISTO: La Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 6.017), los Decretos N°

168/GCABA/19 y su modificatorio, N° 194/GCABA/19 y N° 210/GCABA/19, el

Expediente Electrónico N° 19309760-GCABA-DGCOYP/19;

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 6.017), en su Título Quinto, se

establecieron las normas básicas que contienen los lineamientos que debe observar el

Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en los procesos de

Concesiones de Uso de los Bienes del Dominio Público y Privado del Poder Ejecutivo,

Legislativo y Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que mediante el Decreto N° 168/GCABA/19 y su modificatorio, se aprobó la

reglamentación de la referida Ley y se fijaron los niveles de decisión y cuadro de

competencias de los distintos procedimientos de selección;

Que en tal sentido, el artículo 66 del mencionado Decreto establece que la entonces

Dirección General Administración de Bienes y Concesiones, dependiente del Ministerio

de Economía y Finanzas o la que en el futuro la reemplace es el organismo

competente que tiene a su cargo las concesiones de uso, ocupación y explotación, ya

sea a título oneroso o gratuito, de los espacios del dominio público y privado de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires así como de aquellos espacios que le sean

asignados en virtud de contratos y convenios;

Que asimismo, la misma normativa establece que el referido organismo elabora y

aprueba el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales al cual se someterán los

llamados a licitación o subasta pública de los espacios de dominio público y privado,

como así también los textos que regirán las relaciones contractuales inherentes a las

concesiones de uso, ocupación y explotación de aquéllos, a formalizarse como

consecuencia de las decisiones que se dicten al respecto;

Que por otro lado, mediante el Decreto N° 194/GCABA/19, se modificó la estructura

organizativa del Ministerio de Economía y Finanzas del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, creándose la Subsecretaría de Administración de Bienes

Inmuebles, dependiente del Ministerio de Economía y Finanzas, y modificándose así

también la dependencia funcional y responsabilidades primarias de la Dirección

General Administración de Bienes y Concesiones que se denominará Dirección

General Concesiones y Permisos dependiente de la referida Subsecretaría;

Que el dictado de Leyes y Decretos, y la experiencia recogida desde el dictado de la

Disposición N° 188/DGABC/17 por el que se aprobara el Pliego de Bases y

Condiciones General para la licitaciones y subastas públicas de concesiones de uso

de bienes del dominio público y privado de la Ciudad de Buenos Aires, hacen

necesario propiciar la elaboración y aprobación de un nuevo marco normativo a fin de

adaptarlo a las situaciones jurídico-administrativas existentes;

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, ha tomado la intervención

que le compete atento las atribuciones conferidas por la Ley 1.218 (texto consolidado

por Ley N° 6.017).

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias, conforme lo dispuesto en los

Decretos N° 168/GCBA/19, N° 194/GCABA/19 y N° 210/GCABA/19,

LA DIRECTORA GENERAL DE CONCESIONES Y PERMISOS

DISPONE

Artículo 1°.- Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Generales que regirá los

procedimientos de licitación y subasta pública para el otorgamiento de concesiones de

uso de bienes del dominio público y privado de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

el que como Anexo (PLIEG-2019-23127420-GCABA-DGCOYP) y a todo efecto, forma

parte integrante de la presente.

Artículo 2°.- Establécese que los procesos de selección iniciados con anterioridad al

dictado de la presente Disposición, se rigen por la normativa vigente en aquel

momento.

Artículo 3°.- Derógase la Disposición N° 188/DGABC/17.

Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y

en el sitio web del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cumplido,

archívese. Ureta


ANEXOS

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 3 de la Disposición 32-DGCOYP/20 establece que todas las disposiciones establecidas en la Disposición 8-DGCOYP/19,  solo se mantendrán vigentes a los efectos enunciados en el Art. 2 de la presente.</p><p>Art. 4 establece que todos aquellos artículos de la Disposición 8-DGCOYP/19 que refieran al procedimiento de subasta pública para la concesión de uso y explotación de bienes del dominio público y privado de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se mantendrán vigentes y resultaran de aplicación para dicha modalidad.</p>
DEROGA
<p>Art 3 Disposición 8- DGCYP-19 deroga Disposición 188- DGABC-17.</p>