DISPOSICIÓN 32 2020 DIRECCION GENERAL DE CONCESIONES Y PERMISOS
Síntesis:
SE APRUEBAN PLIEGOS - LICITACIÓN PÚBLICA PARA EL OTORGAMIENTO DE CONCESIONES DE USO Y EXPLOTACIÓN DE BIENES DEL DOMINIO PÚBLICO Y PRIVADO - COMPRAS Y CONTRATACIONES - LEY 2095 - LICITACIONES - CONCESIÓN - SUBASTA PÚBLICA
Publicación:
02/06/2020
Sanción:
28/05/2020
Organismo:
DIRECCION GENERAL DE CONCESIONES Y PERMISOS
VISTO: Las Leyes Nros. 1.218, 2.095 (textos consolidados por Ley N° 6.017) y 6.292,
los Decretos Nros. 168/GCABA/19 y sus modificatorios, Nros. 463/GCABA/19 y sus
modificatorios, N° 81/GCABA/20, la Disposición N° 8/DGOYP/19, N° 360/DGCYC/20,
el Expediente Electrónico N° 12509891-GCABADGCOYP/20 y;
CONSIDERANDO:
Que la Ley de Ministerios N° 6.292, contempla entre los Ministerios del Poder
Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires al Ministerio de Desarrollo
Económico y Producción con sus respectivas funciones;
Que la mencionada norma en su artículo 21 inciso 8° atribuye al Ministerio de
Desarrollo Económico y Producción la competencia para entender en lo relativo a las
concesiones en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 6.017), en su Título Quinto, se
establecieron las normas básicas que contienen los lineamientos que debe observar el
Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en los procesos de
Concesiones de Uso de los Bienes del Dominio Público y Privado del Poder Ejecutivo,
Legislativo y Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que mediante el Decreto N° 168/GCABA/19 y sus modificatorios se aprobó la
reglamentación de la referida Ley y se fijaron los niveles de decisión y cuadro de
competencias de los distintos procedimientos de selección;
Que el artículo 66 del Decreto N° 168/GCABA/19 establece que la Dirección General
Concesiones y Permisos es el organismo competente en materia de concesiones de
uso, ocupación y explotación, a título oneroso o gratuito, de los espacios del dominio
público y privado de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y entenderá en todo lo
relacionado con la materia;
Que por Decretos N° 463/GCABA/19 y sus modificatorios, se aprobó la estructura
orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, estableciéndose las responsabilidades primarias y
objetivos de la Dirección General Concesiones y Permisos, dependiente de la
Subsecretaría de Bienes Inmuebles;
Que asimismo, la misma normativa establece que el referido organismo elabora y
aprueba el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales al cual se someterán los
llamados a licitación o subasta pública de los espacios de dominio público y privado,
como así también los textos que regirán las relaciones contractuales inherentes a las
concesiones de uso, ocupación y explotación de aquéllos, a formalizarse como
consecuencia de las decisiones que se dicten al respecto;
Que la inminente tramitación del proceso licitatorio a través del sistema electrónico
BAC, es necesario propiciar la elaboración y aprobación de un nuevo marco normativo
que contenga las disposiciones relativas adecuadas en sus artículos a las
particularidades de dicho sistema;
Que, la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 6.017) establece como Órgano
Rector del Sistema de Compras y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires a esta Dirección General de Compras y Contrataciones,
dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas;
Que mediante la Disposición N° 360/DGCYC/20 la Dirección General de Compras y
Contrataciones aprobó la tramitación de las licitaciones públicas para la concesión de
uso y explotación de bienes del dominio de la Ciudad mediante el sistema electrónico
BAC;
Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, ha tomado la intervención
que le compete atento las atribuciones conferidas por la Ley N° 1.218 (texto
consolidado por Ley N° 6.017).
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias, conforme lo dispuesto en el
Decreto N° 81/GCABA/20,
Artículo 1°.- Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Generales que regirá los
procedimientos de licitación pública para el otorgamiento de concesiones de uso y
explotación de bienes del dominio público y privado de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, el que como Anexo (PLIEG-2020-14245378-GCABADGCOYP) y a todo efecto,
forma parte integrante de la presente.
Artículo 2°.- Establécese que los procesos de selección iniciados con anterioridad al
dictado de la presente Disposición, se rigen por la normativa vigente en aquel
momento.
Artículo 3°.- A partir de la publicación de la presente todas las disposiciones
establecidas en la Disposición N° 8/DGCOYP/19 referidas al procedimiento de
licitación pública de concesión de uso y explotación de bienes del dominio público y
privado de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires solo se mantendrán vigentes a los
efectos enunciados en el artículo 2° de la presente.
Artículo 4°.- Todos aquellos artículos de la Disposición N° 8/DGCOYP/19 que refieran
al procedimiento de subasta pública para la concesión de uso y explotación de bienes
del dominio público y privado de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se mantendrán
vigentes y resultaran de aplicación para dicha modalidad.
Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el sitio
web del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cumplido, archívese.
Squillaci