RESOLUCIÓN 424 2013 MINISTERIO DE HACIENDA

Síntesis:

ESTABLECE PROCEDIMIENTO - ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES REGIDAS POR LEY 2095 - JURISDICCIONES DEPENDIENTES DEL PODER EJECUTIVO - SISTEMA ELECTRÓNICO DE ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES - BUENOS AIRES COMPRAS BAC - FACULTA A LA DIRECCIÓN GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES REALIZAR MODIFICACIONES ACTUALIZAR PROCEDIMIENTOS MODALIDADES Y FUNCIONALIDADES

Publicación:

28/05/2013

Sanción:

22/05/2013

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA


 

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VISTO:

Las Leyes N° 2.095, N° 3.304 y N° 4.013, los Decretos N° 449/08, 589/09, N° 1.145/09

y N° 196/11, la Resolución N° 1.160-MHGC-2011, las Resoluciones N°

182/SECLYT/11, 286/SECLYT/11, 293/SECLYT/11, 319/SECLYT/11, 77/SECLYT/12,

107/SECLYT/2012, 108/SECLYT/2012 y Resolución N° 8/SECLYT-MHGC/12 y el

Expediente N° 1758588/13;

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 2.095 regula el Régimen de Compras y Contrataciones en el ámbito de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el artículo 17 determina como Órgano Rector del Sistema de Compras y

Contrataciones del Gobierno de la Ciudad a la Dirección General de Compras y

Contrataciones del Ministerio de Hacienda;

Que el artículo 83 establece que "Todos los procesos de compras, ventas y

contrataciones que efectúen los órganos contratantes comprendidos en la presente

ley, deben realizarse utilizando sistemas electrónicos o digitales que establezca el

órgano rector, abarcando todas las instancias y actos administrativos del proceso...";

Que por Decreto N° 449/08 se creó el Programa de Transformación de la Gestión de

Compras y Contrataciones, en el ámbito del Ministerio de Hacienda, en cuyo marco se

llamó a Concurso Público N° 1-SIGAF-08 para contratar el diseño, desarrollo y/o

provisión del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Gobierno de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el que fue adjudicado y comenzó a ejecutarse

de conformidad;

Que por Decreto N° 1.145/09 se aprobó la reglamentación del citado artículo 83 de la

Ley N° 2.095 y se implementó "el Sistema Electrónico de Adquisiciones y

Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

denominándoselo en adelante como Buenos Aires Compras (BAC", con alcance a

todas las jurisdicciones dependientes del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires;

Que asimismo, por Resolución N° 1.160-MHGC/11 se aprobaron las normas de

Procedimiento de Compras y Contrataciones que realiza el Sector Público de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires a través del portal denominado "Buenos Aires

Compras (BAC)", complementando lo normado en el Decreto N° 1.145/09;

Que en el marco de la política de modernización de la Administración Pública este

Gobierno ha propiciado la informatización de los trámites, actuaciones, procedimientos

y contrataciones de la Administración Pública, destacándose, entre otros, la

implementación de un sistema transaccional de contrataciones electrónicas a través

del portal www.buenosairescompras.gob.ar, de acceso público y gratuito, donde el

Gobierno publica sus llamados y efectúa los procesos de contratación de bienes y

servicios regulados por la Ley N° 2.095;

Que el citado Decreto N° 1.145/09 dispuso que se procediera a la incorporación

gradual de las respectivas jurisdicciones a BAC, con criterios fundados en la

infraestructura y condiciones tecnológicas de cada uno de los organismos o de los

medios disponibles a esos efectos;

Que dicha norma facultó al Ministerio de Hacienda a dictar las normas

complementarias que resultaren necesarias para la implementación de BAC;

Que posteriormente, la Ley N° 3.304 estableció el Plan de Modernización de la

Administración Pública del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a fin de encarar un

proceso de modernización administrativa en el Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires;

Que por su parte el artículo 26 de la Ley de Ministerios N° 4.013 designó al Ministerio

de Modernización como la Autoridad de Aplicación del referido Plan de Modernización

de la Administración Pública, quedando además facultado a diseñar e implementar las

políticas de incorporación y mejoramiento de los procesos, tecnologías, infraestructura

informática y sistemas y tecnologías de gestión, del Gobierno de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires;

Que en ese marco de modernización de la Administración Pública, por Decreto N°

196/11 se ordenó la implementación del "Expediente Electrónico", en los términos de

la Ley N° 3.304;

Que dicho decreto encomendó a la Jefatura de Gabinete de Ministros y a la Secretaría

Legal y Técnica a dictar las normas reglamentarias, aclaratorias y complementarias

que resulten necesarias a los fines de la aplicación del referido Decreto;

Que con el objeto de fomentar la planificación, la eficiencia y la transparencia a fin de

poder potenciar su labor, el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, ha buscado

estandarizar procesos, procedimientos y tareas, entre las que se cuentan las

contrataciones, regidas por los principios de centralización normativa y

descentralización operativa;

Que distintas normas han previsto la informatización de las contrataciones por

jurisdicción, en forma gradual y progresiva, tanto previéndose los procedimientos de

selección y modalidades de contratación, como las entidades que quedaban obligadas

a gestionar sus adquisiciones por BAC;

Que en efecto, por imperio de lo dispuesto en las Resoluciones 182/SECLYT/11,

286/SECLYT/11, 293/SECLYT/11, 319/SECLYT/11, 77/SECLYT/12,

107/SECLYT/2012, 108/SECLYT/2012 y Resolución N° 8/SECLYT-MHGC/12, las

distintas entidades y reparticiones del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires deben tramitar sus adquisiciones y contrataciones con las

limitaciones allí explicitadas respecto de los procedimientos y modalidades

alcanzados- por BAC;

Que en esta instancia resulta pertinente avanzar en el proceso de incorporación de

organismos al Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Gobierno de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires BAC-, a fin de dar cumplimiento a lo previsto

en el artículo 83 de la Ley N° 2.095 y en el Decreto N° 1.145/09.

Por ello y en uso de las facultades conferidas por el artículo 4° del Decreto N°

1145/09,

EL MINISTRO DE HACIENDA

DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE

Artículo 1°.- Establécese que a partir del 1 de agosto de 2013 las adquisiciones y

contrataciones regidas por la Ley N° 2.095 que realicen todas las jurisdicciones

dependientes del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por los

procedimientos y de acuerdo con las modalidades y con las limitaciones que se

detallan en el Anexo I que forma parte integrante de esta Resolución, deberán

realizarse por medio del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, denominado Buenos Aires

Compras (BAC).

Artículo 2°.- Facúltase a la Dirección General de Compras y Contrataciones, del

Ministerio de Hacienda, a modificar el contenido del Anexo I referido en el artículo 1° a

los fines de actualizar los procedimientos, modalidades y funcionalidades que se

incorporen a BAC en el futuro.

Artículo 3°.- Establécese que las solicitudes de caratulación de Expedientes

Electrónicos del Módulo Expediente Electrónico del sistema de Administración de

Documentos Electrónicos SADE- con tratas que se aparten de la gestión mediante

BAC de las adquisiciones y contrataciones quedarán sujetas al trámite especial que

establecerá la Dirección General de Compras y Contrataciones quedarán sujetas al

trámite especial que establecerá la Dirección General de Compras y Contrataciones,

del Ministerio de Hacienda.

Artículo 4°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a las respectivas jurisdicciones del Gobierno de la Ciudad de Buenos

Aires, a la Dirección General de Compras y Contrataciones y a la Dirección General

Unidad Informática de Administración Financiera del Ministerio de Hacienda.

Cumplido, archívese. Grindetti


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4162

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR
<p>Art.1 de la Disposición 858-DGCYC-20 modifíca el contenido del Anexo I de la Resolución 424-MHGC-13.</p>
COMPLEMENTA
<p>Resolución 424-MHGC-13 establece que a partir del 1 de agosto de 2013 las adquisiciones y contrataciones regidas por Ley 2095 deberán realizarse por medio del BAC,implementado por Decreto 1145-09.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Disposicion 401-DGCYC-17 modifica contenido del Anexo I de la Resolución 424MHGC13.- </p>
COMPLEMENTA
<p>Art. 1 Resolución 424-MHGC-13, establece que a partir del 1 de agosto de 2013 las adquisiciones y contrataciones regidas por Ley 2095, que realicen todas las jurisdicciones dependientes del Poder Ejecutivo de la Ciudad, deberán realizarse por medio del Sistema Electrónico, denominado Buenos Aires Compras (BAC).</p>
MODIFICADA POR
<p>Disposición 121-DGCYC-15, en su art. 1, modifica el contenido del  anexo I de la Resolución 424-MHGC-13.</p>
MODIFICADA POR
Artículo 1 de la Disposición 573-DGCYC-14, modifica el Anexo I de la Resolución 424/MHGC/13.
MODIFICADA POR
Dispos. 1-DGCYC-14 modifica el contenido del Anexo I de la Res 424-MHGC-13, en uso de las facultades conferidas por los arts. 2 y 3 de la citada Resolución.
MODIFICADA POR
Art. 1 Dispo. 372-DGCYC-13 modifica contenido del Anexo I Resolución 424-MHGC-13.
MODIFICADA POR
Art. 1 Res. 607-MHGC-13 modifica artículo 3 Resolución 424-MHGC-13.
COMPLEMENTA
Art. 3 Res. 424-MHGC-13 establece la caratulación de Expedientes Electrónicos del Módulo Expediente Electrónico del sistema de Administración de Documentos Electrónicos SADE- por Dec. 196-11 cuando hayan tratas que se aparten de la gestión mediante BAC.
RATIFICADA POR
<p>Artículo 1° de la Disposicion N° 211-DGCYC/23 ratifica todas las tramitaciones realizadas mediante el módulo de Comunicaciones Oficiales del Sistema SADE por las diversas áreas de la Administración, con anterioridad al dictado de la presente, mediante las cuales se solicitó la excepción a la gestión de adquisiciones y contrataciones de bienes y servicios a través del Sistema Buenos Aires Compras (BAC)</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Disposición 360-DGCYC-20 modifica el Anexo I de la Resolución 424-MHGC-13. </p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 Disposición 832-DGCYC-19 modifica contenido del Anexo I Resolución 424-MHGC-13.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1 de la Disposición 32-DGCOYP/20 aprueban el Pliego de Bases y Condiciones Generales que regirá los<br />procedimientos de licitación pública para el otorgamiento de concesiones de uso y explotación de bienes del dominio público y privado que la integra como Anexo I, según lo previsto por Resolución 424-MHGC/13.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 Disposición 1110-DGYC-18 modifica contenido del Anexo I Resolución  424-MHGC-13.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Disposición 165-DGCYC-19 modifica el contenido del Anexo I de la Resolución 424-MHGC-13.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 Disposición 171-DGCYC-18 modifica contenido del Anexo I Resolución 424-MHGC-13.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 2° de la Disposición N° 590/DGCYC/23, modifica el contenido del Anexo I de la Resolución N° 424/MHGC/13.</p>