RESOLUCIÓN 424 2013 MINISTERIO DE HACIENDA
Síntesis:
ESTABLECE PROCEDIMIENTO - ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES REGIDAS POR LEY 2095 - JURISDICCIONES DEPENDIENTES DEL PODER EJECUTIVO - SISTEMA ELECTRÓNICO DE ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES - BUENOS AIRES COMPRAS BAC - FACULTA A LA DIRECCIÓN GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES REALIZAR MODIFICACIONES ACTUALIZAR PROCEDIMIENTOS MODALIDADES Y FUNCIONALIDADES
Publicación:
28/05/2013
Sanción:
22/05/2013
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA
El texto actualizado muestra el último texto de la norma, recogiendo todas las reformas introducidas desde su dictado. Se presenta con fines exclusivamente informativos, para servir como herramienta de consulta.
Fecha de actualización: 6 de julio de 2023.
VISTO:
Las Leyes N° 2.095, N° 3.304 y N° 4.013, los Decretos N° 449/08, 589/09, N° 1.145/09
y N° 196/11, la Resolución N° 1.160-MHGC-2011, las Resoluciones N°
182/SECLYT/11, 286/SECLYT/11, 293/SECLYT/11, 319/SECLYT/11, 77/SECLYT/12,
107/SECLYT/2012, 108/SECLYT/2012 y Resolución N° 8/SECLYT-MHGC/12 y el
Expediente N° 1758588/13;
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 2.095 regula el Régimen de Compras y Contrataciones en el ámbito de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el artículo 17 determina como Órgano Rector del Sistema de Compras y
Contrataciones del Gobierno de la Ciudad a la Dirección General de Compras y
Contrataciones del Ministerio de Hacienda;
Que el artículo 83 establece que "Todos los procesos de compras, ventas y
contrataciones que efectúen los órganos contratantes comprendidos en la presente
ley, deben realizarse utilizando sistemas electrónicos o digitales que establezca el
órgano rector, abarcando todas las instancias y actos administrativos del proceso...";
Que por Decreto N° 449/08 se creó el Programa de Transformación de la Gestión de
Compras y Contrataciones, en el ámbito del Ministerio de Hacienda, en cuyo marco se
llamó a Concurso Público N° 1-SIGAF-08 para contratar el diseño, desarrollo y/o
provisión del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Gobierno de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el que fue adjudicado y comenzó a ejecutarse
de conformidad;
Que por Decreto N° 1.145/09 se aprobó la reglamentación del citado artículo 83 de la
Ley N° 2.095 y se implementó "el Sistema Electrónico de Adquisiciones y
Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
denominándoselo en adelante como Buenos Aires Compras (BAC", con alcance a
todas las jurisdicciones dependientes del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires;
Que asimismo, por Resolución N° 1.160-MHGC/11 se aprobaron las normas de
Procedimiento de Compras y Contrataciones que realiza el Sector Público de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires a través del portal denominado "Buenos Aires
Compras (BAC)", complementando lo normado en el Decreto N° 1.145/09;
Que en el marco de la política de modernización de la Administración Pública este
Gobierno ha propiciado la informatización de los trámites, actuaciones, procedimientos
y contrataciones de la Administración Pública, destacándose, entre otros, la
implementación de un sistema transaccional de contrataciones electrónicas a través
del portal www.buenosairescompras.gob.ar, de acceso público y gratuito, donde el
Gobierno publica sus llamados y efectúa los procesos de contratación de bienes y
servicios regulados por la Ley N° 2.095;
Que el citado Decreto N° 1.145/09 dispuso que se procediera a la incorporación
gradual de las respectivas jurisdicciones a BAC, con criterios fundados en la
infraestructura y condiciones tecnológicas de cada uno de los organismos o de los
medios disponibles a esos efectos;
Que dicha norma facultó al Ministerio de Hacienda a dictar las normas
complementarias que resultaren necesarias para la implementación de BAC;
Que posteriormente, la Ley N° 3.304 estableció el Plan de Modernización de la
Administración Pública del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a fin de encarar un
proceso de modernización administrativa en el Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires;
Que por su parte el artículo 26 de la Ley de Ministerios N° 4.013 designó al Ministerio
de Modernización como la Autoridad de Aplicación del referido Plan de Modernización
de la Administración Pública, quedando además facultado a diseñar e implementar las
políticas de incorporación y mejoramiento de los procesos, tecnologías, infraestructura
informática y sistemas y tecnologías de gestión, del Gobierno de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires;
Que en ese marco de modernización de la Administración Pública, por Decreto N°
196/11 se ordenó la implementación del "Expediente Electrónico", en los términos de
la Ley N° 3.304;
Que dicho decreto encomendó a la Jefatura de Gabinete de Ministros y a la Secretaría
Legal y Técnica a dictar las normas reglamentarias, aclaratorias y complementarias
que resulten necesarias a los fines de la aplicación del referido Decreto;
Que con el objeto de fomentar la planificación, la eficiencia y la transparencia a fin de
poder potenciar su labor, el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, ha buscado
estandarizar procesos, procedimientos y tareas, entre las que se cuentan las
contrataciones, regidas por los principios de centralización normativa y
descentralización operativa;
Que distintas normas han previsto la informatización de las contrataciones por
jurisdicción, en forma gradual y progresiva, tanto previéndose los procedimientos de
selección y modalidades de contratación, como las entidades que quedaban obligadas
a gestionar sus adquisiciones por BAC;
Que en efecto, por imperio de lo dispuesto en las Resoluciones 182/SECLYT/11,
286/SECLYT/11, 293/SECLYT/11, 319/SECLYT/11, 77/SECLYT/12,
107/SECLYT/2012, 108/SECLYT/2012 y Resolución N° 8/SECLYT-MHGC/12, las
distintas entidades y reparticiones del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires deben tramitar sus adquisiciones y contrataciones con las
limitaciones allí explicitadas respecto de los procedimientos y modalidades
alcanzados- por BAC;
Que en esta instancia resulta pertinente avanzar en el proceso de incorporación de
organismos al Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Gobierno de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires BAC-, a fin de dar cumplimiento a lo previsto
en el artículo 83 de la Ley N° 2.095 y en el Decreto N° 1.145/09.
Por ello y en uso de las facultades conferidas por el artículo 4° del Decreto N°
1145/09,
Artículo 1°.- Establécese que a partir del 1 de agosto de 2013 las adquisiciones y
contrataciones regidas por la Ley N° 2.095 que realicen todas las jurisdicciones
dependientes del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por los
procedimientos y de acuerdo con las modalidades y con las limitaciones que se
detallan en el Anexo I que forma parte integrante de esta Resolución, deberán
realizarse por medio del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, denominado Buenos Aires
Compras (BAC).
Artículo 2°.- Facúltase a la Dirección General de Compras y Contrataciones, del
Ministerio de Hacienda, a modificar el contenido del Anexo I referido en el artículo 1° a
los fines de actualizar los procedimientos, modalidades y funcionalidades que se
incorporen a BAC en el futuro.
Artículo 3°.- Establécese que las solicitudes de caratulación de Expedientes
Electrónicos del Módulo Expediente Electrónico del sistema de Administración de
Documentos Electrónicos SADE- con tratas que se aparten de la gestión mediante
BAC de las adquisiciones y contrataciones quedarán sujetas al trámite especial que
establecerá la Dirección General de Compras y Contrataciones quedarán sujetas al
trámite especial que establecerá la Dirección General de Compras y Contrataciones,
del Ministerio de Hacienda.
Artículo 4°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a las respectivas jurisdicciones del Gobierno de la Ciudad de Buenos
Aires, a la Dirección General de Compras y Contrataciones y a la Dirección General
Unidad Informática de Administración Financiera del Ministerio de Hacienda.
Cumplido, archívese. Grindetti
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4162