DISPOSICIÓN 590 2023 DIRECCION GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
Síntesis:
DEROGA - DISPOSICIÓN N° 858-DGCYC/20 - MODIFICA - ANEXO I DE LA RESOLUCIÓN N° 424-MHGC/13 - PROCEDIMIENTOS DE SELECCIÓN - SOLICITUD DE GASTO - PROCESOS DE COMPRA - OFERTAS - ADJUDICACIÓN - ORDEN DE COMPRA - PARTE DE RECEPCIÓN DEFINITIVA - GARANTÍAS - REDETERMINACIÓN DE PRECIOS - CONVENIO MARCO - REGISTRO DE PROVEEDORES - LIMITACIONES
Publicación:
06/07/2023
Sanción:
04/07/2023
Organismo:
DIRECCION GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
VISTO: La Ley N° 2.095 (Texto consolidado por Ley N° 6.588), el Decreto N° 129/23,
la Resolución N° 424/MHGC/2013, la Disposición N° 858/GCABA-DGCYC/2020, el
Expediente Electrónico N° EX-2023- 25334977- GCABA-DGCYC, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 2.095 establece las normas básicas que deben observarse para los
procesos de compras, ventas y contrataciones de bienes y servicios en el Sector
Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el Artículo 77 de la Ley N° 2.095 determina que "Todos los procesos de compras,
ventas y contrataciones que efectúen los órganos contratantes comprendidos en la
presente ley, deben realizarse utilizando los sistemas electrónicos o digitales que
establezca el Órgano Rector, abarcando todas las instancias y actos administrativos
del proceso...";
Que en ese marco, se ha procedido a implementar el Sistema Electrónico de
Adquisiciones y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
denominándolo "Buenos Aires Compras" (BAC);
Que distintas normas han previsto la informatización de las contrataciones por
jurisdicción, en forma gradual y progresiva, previéndose tanto los procedimientos de
selección y modalidades de contratación, como las entidades que quedaban obligadas
a gestionar sus adquisiciones por el sistema BAC;
Que por ello, el Ministro de Hacienda y Finanzas, a través de la Resolución N°
424/MHGC/13, estableció en su Artículo 1° la obligatoriedad para todas las
jurisdicciones dependientes del Poder Ejecutivo de la Ciudad de gestionar todas las
compras y contrataciones por Buenos Aires Compras (BAC), a partir del 1 de agosto
de 2013, de acuerdo con las modalidades y con las limitaciones detalladas en el
Anexo I que la integra;
Que, en virtud de los términos del Artículo 2° de la Resolución antes mencionada, esta
Dirección General de Compras y Contrataciones está facultada para modificar el
contenido del mentado Anexo I a los fines de actualizar los procedimientos,
modalidades y funcionalidades que se incorporen a BAC en el futuro;
Que mediante Disposición N° 858/GCABA-DGCYC/2020, se modificó el contenido del
Anexo I de la Resolución N° 424/MHGC/13;
Que la incorporación de nuevas funcionalidades a BAC desde el dictado de la citada
Disposición pone de manifiesto la necesidad de actualizar las modalidades y
limitaciones detalladas en el Anexo I que la integra.
Por ello, y en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 2° de la Resolución
N° 424/MHGC/13,
Artículo 1°.- Derogar la Disposición N° 858/GCABA-DGCYC/2020.
Artículo 2°.- Modificar el contenido del Anexo I de la Resolución N° 424/MHGC/13,
según términos obrantes en el Anexo I (IF-2023-25337688-GCABA-DGCYC) que
forma parte integrante de la presente disposición.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Comuníquese. Cumplido, archívese. Tojo