DISPOSICIÓN 590 2023 DIRECCION GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

Síntesis:

DEROGA - DISPOSICIÓN N° 858-DGCYC/20 - MODIFICA - ANEXO I DE LA RESOLUCIÓN N° 424-MHGC/13 -  PROCEDIMIENTOS DE SELECCIÓN - SOLICITUD DE GASTO - PROCESOS DE COMPRA - OFERTAS - ADJUDICACIÓN - ORDEN DE COMPRA - PARTE DE RECEPCIÓN DEFINITIVA - GARANTÍAS - REDETERMINACIÓN DE PRECIOS - CONVENIO MARCO - REGISTRO DE PROVEEDORES - LIMITACIONES

Publicación:

06/07/2023

Sanción:

04/07/2023

Organismo:

DIRECCION GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES


VISTO: La Ley N° 2.095 (Texto consolidado por Ley N° 6.588), el Decreto N° 129/23,

la Resolución N° 424/MHGC/2013, la Disposición N° 858/GCABA-DGCYC/2020, el

Expediente Electrónico N° EX-2023- 25334977- GCABA-DGCYC, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 2.095 establece las normas básicas que deben observarse para los

procesos de compras, ventas y contrataciones de bienes y servicios en el Sector

Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el Artículo 77 de la Ley N° 2.095 determina que "Todos los procesos de compras,

ventas y contrataciones que efectúen los órganos contratantes comprendidos en la

presente ley, deben realizarse utilizando los sistemas electrónicos o digitales que

establezca el Órgano Rector, abarcando todas las instancias y actos administrativos

del proceso...";

Que en ese marco, se ha procedido a implementar el Sistema Electrónico de

Adquisiciones y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

denominándolo "Buenos Aires Compras" (BAC);

Que distintas normas han previsto la informatización de las contrataciones por

jurisdicción, en forma gradual y progresiva, previéndose tanto los procedimientos de

selección y modalidades de contratación, como las entidades que quedaban obligadas

a gestionar sus adquisiciones por el sistema BAC;

Que por ello, el Ministro de Hacienda y Finanzas, a través de la Resolución N°

424/MHGC/13, estableció en su Artículo 1° la obligatoriedad para todas las

jurisdicciones dependientes del Poder Ejecutivo de la Ciudad de gestionar todas las

compras y contrataciones por Buenos Aires Compras (BAC), a partir del 1 de agosto

de 2013, de acuerdo con las modalidades y con las limitaciones detalladas en el

Anexo I que la integra;

Que, en virtud de los términos del Artículo 2° de la Resolución antes mencionada, esta

Dirección General de Compras y Contrataciones está facultada para modificar el

contenido del mentado Anexo I a los fines de actualizar los procedimientos,

modalidades y funcionalidades que se incorporen a BAC en el futuro;

Que mediante Disposición N° 858/GCABA-DGCYC/2020, se modificó el contenido del

Anexo I de la Resolución N° 424/MHGC/13;

Que la incorporación de nuevas funcionalidades a BAC desde el dictado de la citada

Disposición pone de manifiesto la necesidad de actualizar las modalidades y

limitaciones detalladas en el Anexo I que la integra.

Por ello, y en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 2° de la Resolución

N° 424/MHGC/13,

LA DIRECTORA

GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

DISPONE:

Artículo 1°.- Derogar la Disposición N° 858/GCABA-DGCYC/2020.

Artículo 2°.- Modificar el contenido del Anexo I de la Resolución N° 424/MHGC/13,

según términos obrantes en el Anexo I (IF-2023-25337688-GCABA-DGCYC) que

forma parte integrante de la presente disposición.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Comuníquese. Cumplido, archívese. Tojo


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6655

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 2° de la Disposición N° 590/DGCYC/23, modifica el contenido del Anexo I de la Resolución N° 424/MHGC/13.</p>
DEROGA
<p>Artículo 1° de la Disposición N° 590/DGCYC/23, deroga la Disposición N° 858/GCABA-DGCYC/2020.</p>