DECRETO 4189 1991

Síntesis:

DICTA NORMAS COMPLEMENTARIAS CON RELACIÓN A LA POLÍTICA DE REORGANIZACIÓN DEL PERSONAL. REORGANIZACIÓN-PERSONAL-AGENTES-RECURSOS HUMANOS-NORMAS COMPLEMENTARIAS-POLÍTICA DE PERSONAL-TRANSFERENCIAS-TRASLADOS-RÉGIMEN DE DISPONIBILIDAD Y REDISTRIBUCIÓN DEL PERSONAL MUNICIPAL-COMISIONES DE SERVICIO-COMISIÓN DE SERVICIOS

Publicación:

04/10/1991

Sanción:

24/09/1991

Organismo:

MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES


Visto la política de reorganización de los recursos humanos y lo previsto en el Decreto N° 296/91, y

CONSIDERANDO:

Que con motivo de hallarse en pleno proceso de estudio las plantas de personal de todos los organisnios dependientes del Departamento Ejecutivo, resulta conveniente el dictado de normas complementarlas que aseguren un adecuado control de la política de personal,

Por ello,

El Intendente Municipal

DECRETA:

Artículo 1° - A partir del 1° de octubre de 1991 todas las tramitaciones que tenga como objeto disponer cambios de grupo o función y transferencias de personal que involucren a agentes comprendidos en el escalafón para el personal municipal, deberán resolverse conforme a los normas dictadas al efecto en el Régimen de Disponibilidad y Redistribución del personal aprobado por el Decreto N° 3.837/90 y su modificatorio.

Art. 2° - Las partidas presupuestarias correspondientes a los agentes que a la fecha del dictado del presente decreto se encuentren en comisión de servicio, serán transferidas a la partida asignada al Régimen de Disponibilidad y Redistribución aprobado por Decreto N° 3.837/90 y su modificatorio, a cuyo fin las Direcciones Generales Técnicas Administrativas de las Secretarías del Departamento Ejecutivo, deberán comunicar tal situación a la Subsecretaría de Recursos Humanos dentro de los diez (10) días de publicado el presente.

Art. 3° - Suprímese a partir de la fecha del presente, todas las delegaciones de facultades vigentes para el otorgamiento de comisiones de servicio, quedando facultado el Secretario de Hacienda y Finanzas para tal fin, en los términos de la norma antes citada.

Art. 4° - Derógese el Decreto N° 2.936/91 (B.M. N° 19.097).

Art. 5° - El presente decreto será refrendado por todos los señores Secretarios del Departamento Ejecutivo.

Art. 6° - Regístrese, comuníquese y publíquese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REFERENCIA