DISPOSICIÓN 4171 2019 DIRECCIÓN GENERAL DE DEFENSA CIVIL
Síntesis:
SE APRUEBAN - PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS INTERNOS - EVALUACIÓN SISTEMAS AUTOPROTECCIÓN - PLATAFORMA DE TRÁMITES A DISTANCIA - DIRECCIÓN GENERAL DE DEFENSA CIVIL
Publicación:
21/08/2019
Sanción:
15/08/2019
Organismo:
DIRECCIÓN GENERAL DE DEFENSA CIVIL
Estado:
No vigente
VISTO: La Ley N° 5.920, los Decretos N° 482/17, N° 51/18, la Disposición
1358/DGDCIV/2018, la Disposición N° 1424/DGDCIV/18, la Disposición N°
1727/DGDCIV/18 y
CONSIDERANDO:
Que, la Ley 5920 creó el Sistema de Autoprotección de aplicación obligatoria en el
ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, el Decreto Reglamentario N° 51 designó como autoridad de aplicación de la Ley
5920 a la Dirección General de Defensa Civil;
Que, por Disposición N° 1358/DGDCIV/2018, Anexo IV, se han establecido los
requisitos exigibles e indispensables para la presentación de los Sistemas de
Autoprotección;
Que, mediante el dictado de las Disposiciones N° 1424 y 1727/DGDCIV/18 se
dispusieron que la totalidad de los Sistemas de Autoprotección previstos por Ley 5920
deben ser presentados a través de la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD) y
cuales son los requisitos necesarios para realizar la misma;
Que, el objetivo del mencionado sistema es tener una herramienta de acceso,
presentación de documentación, seguimiento de trámites y notificaciones a los
Sistemas de Autoprotección incrementando la relación directa de la administración con
los ciudadanos;
Que, por cuestiones operativas es menester determinar cuales van a ser los pasos
que deben seguirse, relacionados con ciertos aspectos vinculados con la evaluación
de los expedientes, ya sean, el tratamiento a seguir cuando hay una desvinculación
del profesional interviniente, los pasos administrativos para los pedidos de
subsanaciones de simulacros y los pedidos que entran a través del mail
dgdcivregistrodeprofesionales@gmail.com , ya sean técnicas como documentales;
Que, en consecuencia resulta necesario indicar las normas procedimentales a las que
deberán ajustarse los particulares administrados a través de los profesionales
intervinientes y nuestros evaluadores, para asegurar una óptima y efectiva evaluación
de los Sistemas de Autoprotección.
Por ello, en uso de las facultades que le fueran conferidas,
Artículo 1.- Apruébanse los procedimientos administrativos internos para la evaluación
de los Sistemas de Autoprotección presentados a través de la Plataforma de Trámites
a Distancia, que como Anexo I (IF-2019- 25534606-GCABA-DGDCIV), Anexo II (IF-
2019- 25284862-GCABA-DGDCIV) y Anexo III (IF-2019- 25284864-GCABA-DGDCIV)
forman parte de la presente disposición.
Articulo 2.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires. Cumplido archívese. Garnica