DISPOSICIÓN 4455 2019 DIRECCIÓN GENERAL DE DEFENSA CIVIL
Síntesis:
APRUEBA - PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS INTERNOS - EVALUACIÓN - SISTEMAS AUTOPROTECCIÓN - DIRECCIÓN GENERAL DE DEFENSA CIVIL
Publicación:
28/08/2019
Sanción:
27/08/2019
Organismo:
DIRECCIÓN GENERAL DE DEFENSA CIVIL
VISTO: La Ley N° 5.920, los Decretos N° 482/17, N° 51/18, la Disposición
1358/DGDCIV/2018, la Disposición N° 1424/DGDCIV/2018, la Disposición N°
1727/DGDCIV/2018, la Disposición N° 4171/DGDCIV/2019 y
CONSIDERANDO:
Que, la Ley 5920 creó el Sistema de Autoprotección de aplicación obligatoria en el
ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, el Decreto Reglamentario N° 51 designó como autoridad de aplicación de la Ley
5920 a la Dirección General de Defensa Civil;
Que, por Disposición N° 1358/DGDCIV/2018, Anexo IV, se han establecido los
requisitos exigibles e indispensables para la presentación de los Sistemas de
Autoprotección;
Que, mediante el dictado de las Disposiciones N° 1424 y 1727/DGDCIV/18 se
dispusieron que la totalidad de los Sistemas de Autoprotección previstos por la Ley
5920 deben ser presentados a través de la Plataforma de Trámites a Distancia
(T.A.D.) y cuales son los requisitos necesarios para realizar la misma;
Que, el objetivo del mencionado sistema es tener una herramienta de acceso,
presentación de documentación, seguimiento de trámites y notificaciones de los
Sistemas de Autoprotección incrementando la relación directa de la administración con
los ciudadanos;
Que, por cuestiones operativas es menester determinar cuales van a ser los pasos
que deben seguirse relacionados con ciertos aspectos vinculados con la evaluación de
los expedientes, ya sean, el tratamiento a seguir cuando hay una desvinculación del
profesional interviniente, los pasos administrativos para los pedidos de subsanaciones
de simulacros y los pedidos que entran a través del mail
(dgdcivregistrodeprofesionales@gmail.com), ya sean técnicas como documentales;
Que, en consecuencia, resulta necesario indicar las normas procedimentales a las
que deberán ajustarse los particulares administrados a través de los profesionales
intervinientes, y nuestros evaluadores, para asegurar una óptima y efectiva evaluación
de los Sistemas de Autoprotección;
Que, en la Disposición N° 4171/DGDCIV/19 hubo un error en la confección de los
Anexos I, II y III que disponían el procedimiento administrativo interno de los sistemas
de autoprotección, por lo cual, en éste acto administrativo se procede a derogar la
mencionada disposición.
Por ello, en uso de las facultades que le fueran conferidas,
Artículo 1.- Apruébanse los procedimientos administrativos internos para la evaluación
de los Sistemas de Autoprotección, presentados a través de la Plataforma de Trámites
a Distancia (T.A.D.) que como Anexo I (IF-2019- 26639928-GCABA-DGDCIV), Anexo
II (IF-2019- 26640003-GCABA-DGDCIV) y Anexo III (IF-2019- 26642819-GCABA-
DGDCIV ) forman parte de la presente disposición.
Artículo 2.- Derógase la Disposición N° 4171/DGDCIV/2019.
Artículo 3.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires. Cumplido, archívese. Garnica