DISPOSICIÓN 4455 2019 DIRECCIÓN GENERAL DE DEFENSA CIVIL

Síntesis:

APRUEBA - PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS INTERNOS - EVALUACIÓN - SISTEMAS AUTOPROTECCIÓN - DIRECCIÓN GENERAL DE DEFENSA CIVIL

Publicación:

28/08/2019

Sanción:

27/08/2019

Organismo:

DIRECCIÓN GENERAL DE DEFENSA CIVIL


VISTO: La Ley N° 5.920, los Decretos N° 482/17, N° 51/18, la Disposición

1358/DGDCIV/2018, la Disposición N° 1424/DGDCIV/2018, la Disposición N°

1727/DGDCIV/2018, la Disposición N° 4171/DGDCIV/2019 y

CONSIDERANDO:

Que, la Ley 5920 creó el Sistema de Autoprotección de aplicación obligatoria en el

ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, el Decreto Reglamentario N° 51 designó como autoridad de aplicación de la Ley

5920 a la Dirección General de Defensa Civil;

Que, por Disposición N° 1358/DGDCIV/2018, Anexo IV, se han establecido los

requisitos exigibles e indispensables para la presentación de los Sistemas de

Autoprotección;

Que, mediante el dictado de las Disposiciones N° 1424 y 1727/DGDCIV/18 se

dispusieron que la totalidad de los Sistemas de Autoprotección previstos por la Ley

5920 deben ser presentados a través de la Plataforma de Trámites a Distancia

(T.A.D.) y cuales son los requisitos necesarios para realizar la misma;

Que, el objetivo del mencionado sistema es tener una herramienta de acceso,

presentación de documentación, seguimiento de trámites y notificaciones de los

Sistemas de Autoprotección incrementando la relación directa de la administración con

los ciudadanos;

Que, por cuestiones operativas es menester determinar cuales van a ser los pasos

que deben seguirse relacionados con ciertos aspectos vinculados con la evaluación de

los expedientes, ya sean, el tratamiento a seguir cuando hay una desvinculación del

profesional interviniente, los pasos administrativos para los pedidos de subsanaciones

de simulacros y los pedidos que entran a través del mail

(dgdcivregistrodeprofesionales@gmail.com), ya sean técnicas como documentales;

Que, en consecuencia, resulta necesario indicar las normas procedimentales a las

que deberán ajustarse los particulares administrados a través de los profesionales

intervinientes, y nuestros evaluadores, para asegurar una óptima y efectiva evaluación

de los Sistemas de Autoprotección;

Que, en la Disposición N° 4171/DGDCIV/19 hubo un error en la confección de los

Anexos I, II y III que disponían el procedimiento administrativo interno de los sistemas

de autoprotección, por lo cual, en éste acto administrativo se procede a derogar la

mencionada disposición.

Por ello, en uso de las facultades que le fueran conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE DEFENSA CIVIL

DISPONE:

Artículo 1.- Apruébanse los procedimientos administrativos internos para la evaluación

de los Sistemas de Autoprotección, presentados a través de la Plataforma de Trámites

a Distancia (T.A.D.) que como Anexo I (IF-2019- 26639928-GCABA-DGDCIV), Anexo

II (IF-2019- 26640003-GCABA-DGDCIV) y Anexo III (IF-2019- 26642819-GCABA-

DGDCIV ) forman parte de la presente disposición.

Artículo 2.- Derógase la Disposición N° 4171/DGDCIV/2019.

Artículo 3.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires. Cumplido, archívese. Garnica


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5687- Anexo I

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5687- Anexo II

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5687- Anexo III

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGA
<p>Art. 2 de la Disposición 4455-DGDCIV-19 deroga la Disposición 4171-DGDCIV-19</p>
COMPLEMENTA
<p>Art. 1 de la Disposición 4455-DGDCIV-19 aprueba los procedimientos administrativos internos para la evaluación de sistemas de autoprotección presentados a través de la Plataforma de Trámites a distancia, sistema de autoprotección creado por la Ley 5920 </p>