DISPOSICIÓN 4200 2019 DIRECCIÓN GENERAL DE DEFENSA CIVIL
Síntesis:
SE APRUEBA - PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO INTERNO - EVALUACIÓN DE LOS SISTEMAS DE AUTOPROTECCIÓN - DIRECCIÓN GENERAL DE DEFENSA CIVIL - SIMULACROS DE INCENDIO
Publicación:
22/08/2019
Sanción:
16/08/2019
Organismo:
DIRECCIÓN GENERAL DE DEFENSA CIVIL
Estado:
No vigente
VISTO: La Ley N° 5.920, los Decretos N° 482/17, N° 51/18, la Disposición
1358/DGDCIV/2018, la Disposición N° 5223/DGDCIV/18 y
CONSIDERANDO:
Que, la Ley 5920 creó el Sistema de Autoprotección de aplicación obligatoria en el
ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, el Decreto Reglamentario N° 51 designó como autoridad de aplicación de la Ley
5920 a la Dirección General de Defensa Civil;
Que, por Disposición N° 1358/DGDCIV/2018, Anexo IV, se han establecido los
requisitos exigibles e indispensables para la presentación de los Sistemas de
Autoprotección;
Que, la Disposición N° 5223/DGDCIV/2019, estatuye en el artículo 1° que las
Disposiciones de Aprobación de los Sistemas de Autoprotección según la Ley N°
5.920 tendrán una validez de dos (2) años a partir de la fecha de su aprobación,
siempre que no existan modificaciones en el sistema presentado y cumplan con las
exigencias anuales establecidas en la Disposición Reglamentaria 1358 /DGDCIV/18;
Que, por cuestiones operativas es menester determinar cuales van a ser los pasos
que deben seguirse, relacionados con los aspectos vinculados con la vigencia de los
sistemas de autoprotección, tanto en forma interna para la evaluación, como para los
ciudadanos;
Que, en consecuencia resulta necesario indicar las normas procedimentales a las que
deberán ajustarse los particulares administrados a través de los profesionales
intervinientes y nuestros evaluadores, para asegurar una óptima y efectiva evaluación
de los Sistemas de Autoprotección.
Por ello, en uso de las facultades que le fueran conferidas,
Artículo 1.- Apruébanse el procedimientos administrativos internos para la evaluación
de los Sistemas de Autoprotección, en relación a la vigencia de las disposiciones
aprobatorias, que como Anexo I (IF-2019-25642999-GCABA-DGDCIV), forma parte de
la presente disposición.
Articulo 2.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires. Cumplido archívese. Garnica